Con apenas dos frases rechaza la magistrada titular del Juzgado de lo Penal 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Mónica Oliva, las últimas alegaciones presentadas por los abogados de Gloria Esther Sánchez para intentar evitar el derribo de la casa de esta ciudadana grancanaria de 56 años, que padece enfermedades graves y que, según su defensa, no tiene medios para acceder a otra vivienda. “La edificación sigue a día de hoy teniendo el uso ilegal fijado en la sentencia y debe dar fiel cumplimiento a lo acordado. Hasta la fecha no hay legalización alguna”, resume la jueza.
Esa sentencia a la que alude la magistrada declaró ilegal la construcción, levantada en suelo rústico de protección agraria en la zona rural de La Berlanga, en el municipio de Ingenio. Sin embargo, sus abogados sostienen que la vivienda es legalizable y por este motivo y por el delicado estado de salud de la mujer, que califican de “crítico”, solicitaron la suspensión del derribo que debía ejecutar, en cumplimiento de esa resolución judicial firme, antes del 22 de noviembre.
Dos son los motivos que blandían para defender la posibilidad de legalizar la vivienda. Por un lado, sostienen que la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Ingenio, que comenzó su tramitación en 2017 y que sigue pendiente de aprobación, categoriza la zona donde se ubica la casa de Gloria como asentamiento rural y, por tanto, permite el uso residencial. Por otra parte, inciden en que el plan vigente admite la implantación en esa finca de una almazara (molino de aceite) y almacén agrícola y Gloria ya ha solicitado al Ayuntamiento la licencia para este uso, lo que, a juicio de sus letrados, permitiría regularizar la construcción.
Sin embargo, en su reciente resolución, fechada el 4 de diciembre, la magistrada no sólo deniega la petición para aplazar el derribo. Además, advierte de que, una vez cumplido el plazo otorgado para la demolición, procede revocar “el beneficio de suspensión” que se le concedió para evitar que tuviera que ingresar en prisión para cumplir la pena de dos años impuesta por el delito urbanístico.
Frente a este última decisión judicial, los abogados de Gloria han presentado un nuevo recurso de reforma porque entienden que la resolución “no es ajustada a derecho” y que, además, no resuelve “ninguna de las cuestiones planteadas” por la defensa en su anterior escrito para tratar de salvar esa casa del derribo.
Al margen de las cuestiones urbanísticas, el recurso pone de relieve que la providencia de la magistrada titular del Juzgado de lo Penal 2 de Las Palmas de Gran Canaria no entra a valorar otras circunstancias esgrimidas por la defensa, como el delicado estado de salud de Gloria, calificado de “crítico” por sus abogados, puesto que padece dos procesos oncológicos en avanzado estado, fibrosis pulmonar grave y EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica), o la carencia de medios para acceder a otra vivienda.
Los letrados inciden en que el pronóstico de esta ciudadana es “muy desfavorable”, un estado que también asocian a problemas de salud mental originados por el hecho de que “su única vivienda lleve años siendo objeto de litigio mientras que las construcciones de su alrededor (ubicadas en el mismo tipo de suelo) ni siquiera hayan sido denunciadas”.
“El derecho penal debe huir de lo formal”
Como contó Canarias Ahora hace unas semanas, Gloria compró la parcela en diciembre de 2013. En aquel momento había una nave y una pequeña casa que la vecina amplió con unas obras, ejecutadas entre 2014 y 2017, que fueron declaradas ilegales.
La defensa de esta vecina ha mantenido a lo largo de todo el procedimiento que el proyecto de modificación del PGOU de Ingenio “tiene previsto consolidar una situación de hecho” y declarar esa zona de La Berlanga como asentamiento rural y, por tanto, residenciable. A su juicio, cumple con los requisitos exigidos en la Ley del Suelo de Canarias para tener esa consideración. Esto es, se trata de un conjunto de al menos “diez edificaciones que están formando calles, plazas o caminos, incluyendo los espacios vacantes intermedios”.
Por otra parte, el pasado 31 de octubre la vecina solicitó la licencia para almazara y almacén agricola. Tal y como explica el último recurso, un informe del área de Urbanismo del Ayuntamiento de Ingenio admite que este uso es compatible con el planeamiento vigente en el municipio, lo que, a juicio de la defensa, permite “dejar sin efecto” la demolición.
Al igual que en el anterior escrito, los letrados hacen referencia a una línea jurisprudencial favorable a su tesis. “La reposición -deshacer lo ejecutado- sólo procede cuando no resulta legalizable la obra al ser incompatible con el planeamiento”, recoge una sentencia de 2018 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Otro auto del mismo órgano jurisdiccional determina que “carece de sentido la demolición de algo que puede ser inmediatamente construido al amparo de una nueva licencia”.
En definitiva, los abogados de Gloria sostienen que “las construcciones ejecutadas en la parcela no pueden ni deben ser demolidas si se convierten en una almazara y almacén agrícola, para lo cual ha presentado el proyecto correspondiente en el Ayuntamiento de Ingenio”, por lo que vuelven a solicitar que se prorrogue el plazo de derribo con la finalidad de que se pueda aprobar y ejecutar esa adaptación, “que sería conforme a la legalidad urbanística vigente”.
En escritos anteriores, la defensa de Gloria señalaba que “el derecho penal debe huir de lo formal y centrarse en la esencialidad y materialidad de las cosas” y concretaba que “las obras ejecutadas” por Gloria Sánchez “no incumplieron la normativa administrativa urbanística vigente” y que “cabe su legalización, bien instando directamente al Ayuntamiento (de Ingenio) a que aplique la legislación del suelo (acciones que ya ha iniciado), bien esperando a que el Ayuntamiento apruebe la modificación del Plan General de Ordenación, algo que es próximo, cierto y tangible, no un futurible, porque existe una voluntad expresamente declarada por el Ayuntamiento de actualizar su PGO para decuarlo a la legislación y realidad urbanística y de regular, en este proceso, el número y la delimitación de los asentamientos rurales existentes de facto, como el de La Berlanga”.