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Los requisitos que impedirán el ‘fracking’ en Castilla-La Mancha, al detalle

En el Gobierno de Castilla-La Mancha son conscientes de la imposibilidad de prohibir, vía legislativa, el ‘fracking’ en la comunidad autónoma, pese a que Emiliano García-Page se comprometió con las plataformas a impedir esta práctica en la región. Por eso han buscado una fórmula que les ayude a esquivar lo ocurrido en La Rioja, Navarra y Cantabria, cuyas iniciativas en este sentido han sido declaradas inconstitucionales por invadir competencias del Gobierno central. Se han fijado para ello no solo en las medidas puestas en marcha en Euskadi, región declarada ‘libre de fracking’, sino en las recomendaciones de la Agencia Internacional de la Energía y de la Comisión Europea. La idea no es prohibir este método de extracción de hidrocarburos, sino restringir las medidas de prevención de tal manera que su práctica sea casi imposible.

Para ello, la Junta ha elaborado junto con las Plataformas Antifracking de Castilla-La Mancha una ley donde se establecen medidas adicionales (que sí son competencia autonómica) de protección de la salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica. En el borrador, al que ha tenido acceso eldiario.es/clm, se parte del hecho de que dicha técnica plantea problemas específicos como el riesgo de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por los productos químicos utilizados, la emisiones de gas metano y la sismicidad.

Todos los requisitos estarán precedidos de un Plan Estratégico de la utilización de la fractura hidráulica, que debe incluir cuestiones como la expedición previa de autorizaciones para esta actividad, la evaluación de los riesgos por fugas o migraciones, una zonificación del territorio que diferencie las zonas donde quede restringida la fractura y un detalle de distancias mínimas de profundidad y de exclusión.

Para conseguir esa autorización previa, todas las operaciones de ‘fracking’ deben cumplir numerosos requisitos. El primero de ellos es un estudio pormenorizado del emplazamiento, con información geológica del mismo en cuanto a la calidad del agua, del aire y del suelo, la presencia de metano, la sismicidad, la biodiversidad y los pozos existentes. De hecho, se debe garantizar la integridad de los pozos mediante un diseño y una construcción correcta. Estos además serán revidados por un tercero independiente y cualificado para determinar su rendimiento.

Planes de gestión, garantía financiera y carácter retroactivo

Otra obligación será presentar planes de gestión, en los que deben incorporarse los recursos hídricos específicos para el proyecto, el transporte para minimizar las emisiones atmosféricas, y los gases para su captura y utilización posterior. Y ahí no terminan las medidas de prevención. El borrador establece específicamente que los operadores encargados de estas prácticas estarán obligados a paralizar las operaciones y tomar medidas correctoras en caso de problemas de integridad del pozo o vertidos en las aguas subterráneas. A estas empresas también impone la Junta el seguimiento periódico de la instalación y una garantía financiera que cubra las condiciones de la autorización y las responsabilidades por daños al medio ambiente.

Un dato destacable es que este proyecto de ley tiene carácter retroactivo en lo referente a las condiciones del plan estrátegico (zonificación y evaluación de riesgos). Es decir, se aplicará a los permisos ya concedidos o en tramitación referentes a fractura hidráulica. En Castilla-La Mancha, actualmente se realizan estas prácticas en el Campo de Montiel (zona limítrofe entre las provincias de Albacete y Ciudad Real) y en el norte de Guadalajara (Proyecto Cronos autorizado por el Ministerio de Medio Ambiente). Ningún permiso nuevo, concluye el borrador, se otorgará en la región mientras no se apruebe el plan estratégico mencionado.