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El Constitucional rechaza suspender la inhabilitación de Quim Torra

El expresidente de la Generalitat, Quim Torra.

Elena Herrera

6 de octubre de 2020 13:33 h

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El Tribunal Constitucional mantiene la inhabilitación de Quim Torra como president de la Generalitat de Catalunya avalada la semana pasada por el Tribunal Supremo. Los magistrados han rechazado por unanimidad la medida cautelarísima solicitada por su defensa, que había pedido su restitución inmediata tras ejecutarse el fallo del Alto Tribunal, informan a elDiario.es fuentes jurídicas.

El Pleno del Constitucional sí ha acordado admitir a trámite su recurso, pero el expresident seguirá inhabilitado mientras el tribunal de garantías estudia si le da amparo en relación a la condena a un año y medio de inhabilitación y multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por desoír la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos amarillos de la Generalitat en la precampaña de las generales de 2019. 

El Constitucional ha admitido el recurso al entender que el asunto “trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”, según la resolución.

Los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal habían solicitado que el Constitucional suspendiera de manera cautelar su inhabilitación para evitar la pérdida de la finalidad de su recurso y “el daño irreparable continuado” que, según la defensa del expresident, “se viene produciendo” contra él y contra “los ciudadanos de Catalunya que lo eligieron como diputado en las pasadas elecciones al Parlament”.

El Tribunal, sin embargo no aprecia una “urgencia excepcional” y, en consecuencia, determina que no procede resolver inaudita parte, es decir, sin escuchar las alegaciones de la otra parte. Los magistrados argumentan que la inhabilitación especial ya “se ha hecho efectiva” y que el asunto requiere un estudio “meditado y contradictorio” de la medida solicitada.

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