Nota de rectificación remitida por Beatriz Rodríguez Villar

0

La regularidad de mi nombramiento no fue en ningún momento cuestionada y no fue objeto de impugnación alguna. La única actuación que el Sr. Tebas llevó a cabo en relación con mi condición de miembro del TAD fue el planteamiento de una solicitud de recusación que no se refería al nombramiento como tal, sino a mi intervención en “determinados procedimientos”. Dicha solicitud fue inadmitida en virtud de la Resolución del TAD 82-2020, de 7 de mayo, por lo que en ningún momento fui apartada de ninguno de los procedimientos seguidos ante el TAD en los que debía intervenir como vocal de dicho órgano. Jamás se apreció la existencia de conflicto de interés de ningún tipo que me impidiera ejercer mis funciones con plena objetividad e independencia.

Mi renuncia fue voluntaria y se produjo varios meses después del incidente de recusación mencionado, concretamente, el 10 de agosto de 2020, como consta en la carta que adjunto. Fue una decisión que adopté de forma libre y por motivos personales, sin la existencia de ningún tipo de presión; antes bien, todos los miembros del TAD a los que comuniqué mi renuncia expresaron su contrariedad por mi decisión y su deseo de que permaneciera en el cargo. Pese a ello, la renuncia fue aceptada con fecha 14 de agosto de 2024, tanto por el presidente del TAD como por la presidente del CSD.