El alcalde de Córdoba celebra que se fije un criterio “objetivo” que mida el ruido de los veladores

El alcalde de Córdoba, José María Bellido, ha valorado positivamente el nuevo Reglamento de Calidad Acústica de Andalucía, que se aprobó la semana pasada y entrará en vigor el 6 de marzo, y que establece la obligatoriedad de medir el ruido generado por los veladores. Según Bellido, esta medida introduce “un criterio objetivo” para regular el sonido en las terrazas de los establecimientos hosteleros, facilitando la conciliación entre el derecho al descanso de los vecinos y el ocio de los ciudadanos.
“Es algo nuevo, pero ya el año pasado se avanzó que se iban a regular los veladores. Es un debate eterno entre el descanso de los vecinos y el derecho al ocio de los propios cordobeses”, ha indicado el regidor, quien ha subrayado que la norma establece un periodo de adaptación de un año para que los locales puedan cumplir con los requisitos exigidos. Lo que no ha sabido precisar el alcalde es si serán los establecimientos los que tendrán que dotarse de sonómetros o realizar estudios de ruido para adecuarse a los nuevos límites establecidos.
A pesar de que el sector no parece muy contento con la medida, Bellido ha defendido que es “acertada” porque introduce “un indicador objetivo” para determinar hasta qué nivel de ruido puede alcanzar una terraza sin perturbar el descanso de los ciudadanos. Asimismo, ha garantizado que el Ayuntamiento colaborará con el sector de la hostelería para que la adaptación sea “lo más llevadera posible”.
En este sentido, el alcalde ha recordado casos anteriores en los que normativas inicialmente controvertidas acabaron integrándose sin problemas en la vida cotidiana, como la prohibición de fumar en terrazas. “Acordaos cuando se habló de la prohibición del tabaco y parecía que iba a ser el fin de las terrazas. Nos hemos habituado y funcionan mejor incluso. Aquí pasará algo parecido”, ha vaticinado.
El nuevo reglamento reclama una evaluación previa al inicio de la actividad en los establecimientos para garantizar desde el primer momento que estos espacios cumplen con los objetivos de calidad acústica en el interior de las viviendas colindantes. Además, establece nuevas exigencias en el uso de limitadores en establecimientos con equipos de reproducción o amplificación audiovisual.
En este sentido, el limitador será obligatorio en todos aquellos locales donde el nivel de emisión sonora pueda superar los 85 decibelios (con la actual normativa, los bares y pubs con música están obligados a tener un controlador acústico si sobrepasan los 90 db).
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