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Un juez exonera de pagar 145.000 euros de deuda acumulada a un trabajador autónomo

Ciudad de la Justicia

Redacción Cordópolis

26 de marzo de 2025 20:16 h

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha dictado una sentencia en la que, en aplicación de las conocida como Ley de la Segunda Oportunidad, exonera de pagar 145.000 euros de deuda acumulada a un trabajador autónomo.

El trabajador ha logrado la cancelación del 100 % de su deuda, que ascendía a 145.165,56 euros, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta sentencia, emitida el pasado 29 de noviembre de 2024, le permite empezar de cero tras años de asfixia financiera, según señala en un comunicado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento

El afectado tuvo que solicitar varios préstamos para mantener su actividad como autónomo. Sin embargo, la acumulación de intereses excesivos de una póliza de crédito terminó por hacer insostenible su situación. A pesar de sus esfuerzos por cumplir con los pagos, la deuda se disparó hasta volverse inabordable, llevándolo a una crisis económica que afectó su bienestar personal y familiar.

Cómo logró la exoneración total de su deuda

El proceso de cancelación fue gestionado por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, cuyo equipo legal, liderado por el abogado José Domínguez, tramitó la solicitud ante los tribunales.

“El primer paso fue presentar el preconcurso de acreedores, lo que permitió frenar los embargos y suspender cualquier pago a los acreedores. Después, demostramos ante el juzgado la insolvencia total del cliente, cumpliendo con los requisitos legales para acogerse a la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI)”, explica Domínguez.

El juez dictaminó que el autónomo no contaba con bienes para liquidar su deuda, debido a que solo contaba con un vehículo financiado al cual iba al día de pagos, lo que permitió que la sentencia de cancelación fuese favorable.

Requisitos clave para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad

La normativa establece tres criterios esenciales para acceder a la exoneración de deudas: demostrar insolvencia real, no haber sido beneficiario de esta ley en los últimos cinco años y no contar con antecedentes por delitos socioeconómicos.

Tras comprobar que el solicitante cumplía con todas las condiciones, el Juzgado de lo Mercantil N.º1 de Córdoba falló a su favor, liberándolo de cualquier obligación de pago. A partir de ahora, los bancos acreedores, como BBVA y Nuevo Micro Bank, no podrán reclamar ninguna cantidad ni incluirlo en registros de morosidad.

La Ley de la Segunda Oportunidad, cada vez más efectiva en los tribunales

Este caso se suma a las numerosas sentencias favorables obtenidas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en 2024, consolidando la tendencia positiva de esta ley en España.

“Cada vez más personas consiguen reiniciar su vida sin deudas, gracias a una normativa que, aunque desconocida para muchos, está cambiando la vida de miles de familias”, concluyen desde la Asociación.

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