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Espacio de opinión de Tenerife Ahora

Ir por lana y salir trasquilados

Julián Ayala

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El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado la sanción que me impuso el Ayuntamiento de esta ciudad, bajo la acusación infundada de haber colocado en lugares no autorizados carteles convocando la manifestación contra la Ley del Suelo que tuvo lugar el sábado 26 de noviembre de 2016.

La sentencia emitida estima el recurso contencioso-administrativo que interpuse, declara que el acto administrativo impugnado no es conforme a derecho, anula le resolución recurrida y condena al Ayuntamiento al pago de las costas con el límite máximo de 300 euros.

Contra la sentencia no cabe recurso de apelación.

UN MONTAJE. Aunque el fallo judicial se basa en la concurrencia de una serie de irregularidades en la tramitación del expediente que afectan directamente al derecho de defensa del recurrente, sin entrar a valorar las alegaciones de este, considero que aquel es el resultado lógico de todo un montaje en el que están implicados como autores directos los policías locales 10137 y 12173, que firman tres actas de infracción manifiestamente falsas fechadas el 15 de diciembre de 2016; la comisaria de la Policía Municipal, Carmen Delia González Martín, que traslada dichas actas al Área de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y, especialmente, el concejal delegado de dicho área, Dámaso Arteaga Suárez, que ordena iniciar el expediente sancionador y nombra instructor del mismo al jefe de la Sección de Soporte Administrativo y Control de Servicios Públicos, Pablo López Armas.

El problema empieza –tal vez casualmente, pues igual podían habérselo endosado a otro– con mi identificación por dos policías locales el 19 de diciembre de 2016, cuando, en unión del profesor universitario Santiago Pérez García, acababa de dar una rueda de prensa a las puertas del Parlamento de Canarias, donde criticamos el proyecto de Ley del Suelo que en esos momentos se tramitaba en la Cámara autonómica. Además de los datos del DNI, los agentes me pidieron un teléfono de contacto y yo, que en ese momento carecía de móvil, les di el fijo de mi domicilio, que no figura en el listín telefónico. Cito este dato, porque aparece en las actas de infracción, lo que me reafirma en la creencia de que los autores de estas actas falsas fueron los policías que me identificaron.

Casi un año después de este hecho, el 23 de octubre de 2017, recibí la notificación del decreto de incoación de expediente sancionador por haber fijado carteles de propaganda (la convocatoria de la manifestación contra la Ley del Suelo que tuvo lugar el 26 de noviembre de 2016) en tres vías de la ciudad donde, según el artículo 7 de la Ordenanza de Paisaje Urbano, está prohibido hacerlo. El decreto establecía como propuesta de sanción una multa de 60 euros por considerar la infracción como leve.

CONTRADICCIÓN EN LAS ACTAS. En las alegaciones siguientes hice constar la existencia de contradicción en las tres actas de infracción levantadas por los agentes; contradicción consistente en que en ellas se consignaba simultáneamente que fui identificado y que estaba ausente, por lo que no pudo dárseme a firmar ninguna.

¿Cómo llegaron a la conclusión de que fui yo quien colocó los carteles, si no me sorprendieron colocándolos? Misterio. La única prueba de mi autoría es lo que dicen los propios agentes actuantes en un informe que dirigen a la comisaria del cuerpo: “Los policías que suscriben informan a usted que en funciones propias del servicio y al observar publicidad en mobiliario urbano en diferentes zonas del centro se comunican con responsable de la manifestación para que retirara dicha publicidad, bajo apercibimiento de levantar acta por las infracciones observadas, pasado quince días, se procede al no ser retirada la publicidad en lugares no autorizados, se levanta actas según Ordenanza de Paisaje Urbano”.

Mentira evidente, pues aparte de que yo no fui el “responsable de la manifestación”, que fue convocada por la Plataforma Canarias por un Desarrollo Sostenible, integrada por más de doscientas personas pertenecientes a organizaciones ecologistas, sindicatos y partidos políticos, así como ciudadanos y ciudadanas a título individual, ningún policía se puso en contacto conmigo para indicarme nada referente a dicha publicidad.

La realidad fue, como he indicado más arriba y así hice constar en las alegaciones, que se me identificó cuando realizaba un acto legal, el 19 de diciembre de 2016, y se utilizó esa identificación para achacarme una serie de acciones ilegales, de las que, supuestamente, los policías habían levantado actas cuatro días antes. Todo un montaje para reprimir la legítima protesta ciudadana contra una ley que va a convertir el territorio de las islas en materia de especulación y negocio inmobiliario. Abunda en esta certeza el hecho de que el informe policial y las actas fechadas el 15 de diciembre no fueron enviadas al concejal responsable por la comisaria de la Policía hasta el 19 del mismo mes, exactamente a las 14 horas y 12 minutos, como consta en el expediente; es decir, dos horas después de mi identificación a las puertas del Parlamento. En la fase probatoria, quizá hubiera solicitado que alguien explicara esta falta de diligencia, que de todas maneras no es lo más importante en el embrollo fraudulento del expediente sancionador.

Por todo ello solicité el archivo del expediente y, en caso de que la solicitud fuera desestimada, la apertura de una fase probatoria para ejercer mis derechos de defensa.

CATÁLOGO DE DESAFUEROS. Sin embargo, el funcionario instructor del expediente y el concejal responsable no se dieron por aludidos, pues ni trasladaron a los agentes denunciantes mis alegaciones, para que emitieran el obligatorio informe de ratificación, ni se pronunciaron formalmente sobre la admisión o no de la prueba presentada, ni procedieron a la apertura de la fase probatoria.

Todo ello debió haberse efectuado, según la ley, antes de la propuesta de resolución, que recibí el 1 de diciembre de 2017. Esta propuesta, naturalmente, no tuvo en cuenta para nada las alegaciones presentadas, pues se limitó a citar como único fundamento de la sanción el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 52 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, que en ambos casos recoge, la presunción legal de las denuncias, atestados o actas formuladas por los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones. “De lo que se deduce que dicho acta tiene presunción de veracidad”.

Todos estos desafueros me colocaron en la situación de indefensión a la que se refiere el juzgado, que, por ello, estimó el recurso y dictó la nulidad del procedimiento administrativo.

RIZAR EL RIZO DEL ESPERPENTO. Pero hay más. Mis alegaciones a la propuesta de resolución les hicieron caer en la cuenta del patinazo cometido al no haber recabado la ratificación de los agentes ni realizado prueba alguna, especialmente sobre los extremos que, según los policías denunciantes, me fueron informados telefónicamente.

Para intentar tapar la chapuza solicitaron –fuera ya del tiempo habilitado para ello– un informe de la Policía Local, que me fue comunicado el 7 de marzo de 2018. Dicho informe riza el rizo del esperpento, pues los policías denunciantes, verdaderos émulos de Torrente, el brazo tonto de la ley, que popularizó hace unos años el cineasta español Santiago Segura, afirmaron lo que copio textualmente, respetando incluso las incorrecciones gramaticales:

“Nos ratificamos en los hechos denunciados, lugar y hora.

Para la localización e identificación del denunciado y adjudicarle la autoría se realizan varias gestiones para llegar a esta conclusión.

Nos comunica la Subdelegación del Gobierno que el responsable como organizador de la manifestación y presidente de dicha organización es el que nos refiere.

Puestos en contacto telefónico con el mismo e informarle de la prohibición de colocar publicidad en mobiliario urbano y tratándose de un acto sin ánimo de lucro, se le da un plazo de diez días para que retire la publicidad que se ha observado en varios puntos de la capital en mobiliario urbano y fachadas no autorizadas. Comunicándonos que efectivamente él es el responsable, pero que hasta que no retiren las microalgas o pague algún responsable él no va a hacer nada.

Transcurrido el plazo establecido se procede a levantar acta“.

Y se quedaron tan panchos, sin caer en la cuenta de que esta supuesta conversación era imposible que se hubiera producido en diciembre de 2016, pues el fenómeno de las microalgas, que también fue causa de una gran manifestación ciudadana, se produjo durante el verano de 2017.

No obstante, Dámaso Arteaga, igual de velillo y mentiroso que los dos “brazos tontos de la ley”, no tuvo el menor reparo en firmar el decreto de resolución y concluyó multando a un ciudadano inocente con 60 euros. Sin cortarse y por la jeta, que para eso es el concejal delegado del Área de Gobierno de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos. El puto amo, vamos. (¡Dios nos coja confesados!)

PINCHAR EN HUESO. Pero esta vez el ilustrísimo señor pinchó en hueso. Quizá tuvo la idea de que darle un pequeño escarmiento a un perroflauta o “terrorista social de los que se oponen a todo” nunca está de más y la ocasión la pintan calva. A mí los 60 euros me la traen al pairo; si don Dámaso los necesitara para sus tareas de Bienestar Comunitario no me hubiera importado donárselos (y más incluso). Lo que me repateó el ánimo y me hizo perder mi tiempo, refutando los enredos y faramallas de estos badulaques, hasta el punto de presentar un recurso contencioso contra la sanción, no fue la cuantía de esta, sino el atropello y abuso de poder de que hicieron gala unos responsables municipales, que confunden el Ayuntamiento con su finca privada y la política municipal, que debe estar al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, con la represión de las personas que, legítimamente, pueden no estar de acuerdo con algún proyecto emanado de los poderes públicos afines a quienes gobiernan la corporación.

CODA PARA GENERAL CONOCIMIENTO. Ingresé en la honorable cofradía de perroflautas cuando el viejo genocida estaba todavía pescando salmones y firmando sentencias de muerte, y si entonces no me resigné a las arbitrariedades del poder, mucho menos lo voy a hacer ahora, viejo, peleón y con el colmillo más retorcido que un jabalí asilvestrado. Que lo tengan en cuenta los mandamases y caciquillos de tres al cuarto, como estos que fueron por lana y salieron trasquilados. Es un aviso.

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