La Justicia canaria falla a favor de las familias monomarentales: una profesora podrá partir y ampliar su permiso de maternidad

Una profesora en una imagen de archivo.

Jennifer Jiménez

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Las Palmas de Gran canaria ha dado la razón a una docente canaria, cabeza de una familia monomarental y que podrá partir su permiso de maternidad y ampliarlo, de manera que podrá disfrutar de la parte voluntaria del permiso de forma interrumpida como ella pedía. No obstante, el fallo también recuerda una sentencia de finales de 2024 que declaró inconstitucional no permitir a las familias monoparentales ampliar el permiso de nacimiento y cuidado por hijo por el período correspondiente al otro progenitor.

Por tanto, la profesora podrá ampliar su permiso con la parte voluntaria (10 semanas) que corresponderían si hubiera otro progenitor. El Tribunal Constitucional destacó en su fallo que la ley no prevenía la posibilidad de que en circunstancias como la que nos encontramos: madres de familias monoparentales trabajadoras por cuenta ajena puedan ampliar su permiso más allá de las 16 semanas, algo que sí se reconoce cuando existe otro progenitor.

Esto, apuntaba la sentencia, “genera una discriminación por razón de nacimiento de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales”, ya que “estos menores podrán disfrutar de un período de cuidado de sus progenitores significativamente inferior a los nacidos en familias biparentales”.

La profesora había pedido el disfrute de manera interrumpida del permiso, algo que se le había negado desde la Dirección General de Personal alegando que “tal opción solo existe en el caso de que ambos progenitores trabajen, siendo este un requisito para que se pueda optar por esta modalidad de disfrute”.

No obstante, esa resolución de la dirección general es anterior a la sentencia del Tribunal Constitucional. La Consejería de Educación se encuentra analizando y estudiando esta sentencia que se puede recurrir.

Elisabeth Hernández Falcón, miembro del Secretariado Nacional del STEC-IC, celebra que los servicios jurídicos del sindicato hayan tenido esta sentencia favorable. Insiste en que “este fallo viene a decir que las familias monoparentales o las docentes, en este caso esta docente que ha querido ser madre sola, siendo madre y padre a la vez, de ahí lo de la familia monoparental, pues solicita la prestación o el permiso, además de la prestación, el permiso de paternidad correspondiente puesto que sus hijos y sus hijas tienen el mismo derecho que el resto de hijos e hijas del resto de personas a tener el cuidado y la atención de ambos progenitores”.

En este caso, “al ser familias monoparentales, pues lo que se presenta es una discriminación y por ello es que se ha conseguido a través de este juzgado que se reconozca a la docente el disfrute de la parte voluntaria del permiso de paternidad, además de la prestación económica de la seguridad social”, destaca Hernández.

“Esta sentencia sienta un precedente inestimable para la consecución del reconocimiento de la maternidad-paternidad para todo el profesorado interino o funcionario en similar circunstancia. Apelamos al reconocimiento de la legalidad vigente por parte de la Administración y el inmediato reconocimiento de los permisos de maternidad-paternidad para las familias monoparentales. Creemos vital que ya se avance en el reconocimiento de estas familias monoparentales porque tienen el mismo derecho que el resto de familias”, apunta.

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