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Anticorrupción insiste en dividir el caso de los ERE por la presencia de aforados

La Dirección de Seguros detecta en los ERE sobrecomisiones de 66 millones de euros

Javier Ramajo

“Esta Fiscalía entendía y entiende ya agotada la investigación en esta sede judicial en todo lo que es posible sin dirigir el procedimiento contra alguna de las personas que gozan de fuero”. Anticorrupción insiste en elevar el caso de los ERE al Supremo. La gota que ha colmado el vaso de la paciencia del Ministerio Público es el calendario de declaraciones que la jueza Alaya ha dispuesto para la semana que viene en la parte de la causa relativa al “entramado societario” de la Sierra Norte de Sevilla, en la que aparecen implicados varios aforados, principalmente el exconsejero de Empleo y ahora diputado José Antonio Viera, “preimputado” por Alaya junto a los expresidentes Chaves y Griñán y otros exconsejeros.

Se apoya la Fiscalía en el amplio atestado de la Guardia Civil conocido recientemente para solicitar la suspensión de la toma de declaración a personas no aforadas “en tanto en cuanto no se resuelva expresamente” su petición de despiezar el caso. Alaya ha citado el próximo martes 29 de abril, entre otros, al denominado “tándem” formado por José Enrique Rosendo y José María Sayago, cuyo “entramado societario” en una comarca sevillana recibió más de 34 millones de euros en subvenciones excepcionales,

El hecho de que la jueza haya decidido llamar a los no aforados a declarar “no es procedente y por el contrario causa un efecto dilatorio”, interesando la Fiscalía que se suspendan tales declaraciones. El objetivo paralelo es que “a la mayor brevedad se debe proceder a elevar el conocimiento de esta pieza al órgano superior competente atendiendo a la calidad del fuero de alguna de las personas reseñadas en el atestado”, según señala Anticorrupción en una nota informativa.

La suspensión de las comparecencias judiciales ante Alaya afectaría tanto a Sayago y Rosendo como a Eduardo Manuel Lora, quien “habría participado directamente en la concesión de determinadas ayudas” como administrador “de hecho” de Virgen del Espino, y a Manuel Valdecantos y Pascual Capputo, ambos vinculados al Grupo Barbadillo y que fueron consejeros de Matadero de la Sierra Morena desde 2003.

Dos exaltos cargos también recurren la no división del caso

Por su parte, la defensa de los exdirectores de Presupuestos de la Junta, cuya imputación acaba de anular la Audiencia Provincial, han interpuesto recurso de apelación contra el “silencio” del juzgado de Alaya “por no pronunciarse respecto a la petición del fiscal de elevar la causa” al Tribunal Supremo. Entiende esta parte que Alaya, en el auto en el que rechazaba “por ahora” dividir el caso no se contienen argumentos ni se responden a las cuestiones ya recurridas por la Fiscalía. “Lo que en los diplomáticos es signo de perspicacia (eludir respuestas incómodas) en el caso de los órganos judiciales es un vicio procesal denominado incongruencia omisiva”, señala el recurso del abogado José María Mohedano.

Se refiere el recurso ya no a la parte relativa a la Sierra Norte sino a la del denominado “procedimiento específico”, en la que más exaltos cargos de la Junta están implicados y en la que están señalados hasta siete personas aforadas con los conocidos autos de septiembre y diciembre en los que les “preimputaba” (una figura que no existe) y les volvía a “preimputar”.

El interés del recurso reside en que es el único que se presenta, junto con el del fiscal, contra el auto denegatorio de la jueza Alaya. El primer motivo de impugnación es el vicio denominado por la jurisprudencia “incongruencia omisiva”, al “haber omitido” la jueza “cualquier declaración o razonamiento sobre la solicitud del fiscal en relación con la pérdida de competencia del juzgado”.

También señala el recurso que “cabría plantearse, por una parte, si se pueden separar o escindir a efectos de investigación y enjuiciamiento las conductas relacionadas con la ideación y aplicación de un sistema presupuestario al que en parte se le quiere dar rasgos de ilicitud penal – aunque no se olvide de que incluso las transferencias de financiación son normas jurídicas de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía – en virtud de una confabulación o conspiración ilegal por parte del Gobierno de Andalucía y, por lo que ya se ve, también de los diputados del Parlamento de Andalucía. O si, por el contrario, las conductas de todos los supuestos autores de esta confabulación serían inescindibles y deberían valorarse en su conjunto”.

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