Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El 'caso Koldo' atrapa a Ábalos tras meses de huida
Macron dejó su Gobierno en manos de Le Pen, y ella ha decidido dejarlo caer ahora
'Aló Isabel', por Esther Palomera
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Constitucional suspende la ley catalana que grava la contaminación industrial y la energía nuclear

El Constitucional suspende la ley catalana que grava la contaminación industrial y la energía nuclear

EFE

Madrid —

0

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido la ley catalana que grava las emisiones contaminantes de los vuelos comerciales y la industria y la producción de energía eléctrica de carácter nuclear.

El tribunal de garantías ha adoptado esta decisión al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra varios preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera.

Esta ley se refiere expresamente a la contaminación producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de carácter nuclear.

La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que se resolverá próximamente.

El Constitucional ha acordado la suspensión automática de la vigencia y aplicación de los preceptos catalanes impugnados porque así lo ha solicitado en su recurso el Gobierno en aplicación del artículo 161.2 de la Constitución.

Dicho precepto establece que la impugnación del Gobierno ante el TC producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, que el tribunal deberá ratificar o levantar en un plazo no superior a cinco meses.

El Constitucional ha dado traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Govern catalán y al Parlamento de Cataluña, para que en el plazo de 15 días puedan personarse en el procedimiento y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Etiquetas
stats