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Quince menores han sido asesinados en casos de violencia machista en cuatro años

La estadística oficial contabiliza los menores asesinados por violencia de género desde 2013

Marta Borraz

Un hombre ha matado este jueves a su hija de un año al arrojarse con ella desde una ventana del Hospital La Paz de Madrid. Según han asegurado fuentes policiales, previamente se había producido una discusión entre ambos y el hombre le habría dicho a tu mujer: “Te voy a dar donde más te duele”, como ha relatado un sanitario que ha acudido a la habitación al oír los gritos. 

Si se confirma que el bebé ha sido asesinado en un caso de violencia de género entraría a formar parte de las estadísticas que desde 2013 recoge el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre menores. Las cifras arrojan una realidad que ya reconoce la Ley de Infancia desde agosto de 2015: los hijos e hijas de mujeres maltratadas son víctimas directas de la violencia.

Quince menores han sido asesinados en casos de violencia de género desde hace cuatro años –por hombres con los que su madre mantenía o había mantenido una relación sentimental, sean sus padres o no–. Una cifra que podría elevarse a 22 de confirmarse los siete casos que todavía se mantienen en investigación. “Hasta el final de la investigación policial y judicial no se puede incorporar”, aseguran fuentes del ministerio.

Por años, seis menores fueron asesinados en 2013, cuatro en 2014, cuatro en 2015 y uno en 2016. En algunos de estos casos incluso la madre había interpuesto una denuncia contra su pareja o expareja. Los fallos de un sistema que todavía está empezando a dar sus primeros pasos deja en ocasiones desprotegidos a los hijos e hijas de las víctimas.

La labor estadística que ahora realizan las administraciones públicas lleva siendo uno de los objetivos de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas desde 1999, año en el que peleaba intensamente porque las cifras reconocieran la realidad. Desde entonces y hasta 2012 –periodo que no cubre el ministerio– han sido asesinados 72 menores.

Según la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2015, el 63,6% de las mujeres que sufren violencia machista asegura que sus hijos e hijas han presenciado alguna situación de maltrato. De ellos, un 64,2% también la sufren. 

El paso dado en 2013 de comenzar a contabilizar a los menores pone sobre la mesa el debate sobre el alcance de la violencia de género. Hay víctimas de violencia machista, llamadas en ocasiones “colaterales”, más allá de las mujeres que acaban siendo asesinadas y son invisibles para los datos oficiales. Es el caso de familiares o de nuevas parejas. 

La ley integral de 2004 contempla como violencia machista la perpetrada por parejas o exparejas de las mujeres. Pero tal y como recomienda el Convenio de Estambul, ratificado por España, el concepto debe ampliarse a otros tipos de violencia que sufren las mujeres, entre los que se incluirían los asesinatos de prostitutas a manos de sus clientes. La ampliación es uno de los puntos clave del debate sobre el futuro pacto de Estado de Violencia de Género.

Tener en cuenta a los menores

Las expertas apuntan a la necesidad de tener en cuenta a los menores expuestos a la violencia cuando se abren procedimientos contra los presuntos agresores y cuando se determinan las medidas civiles –visitas, patria potestad...–. Una batalla que ha llevado a Ángela González, cuyo maltratador asesinó a su hija en un régimen de visitas sin supervisión, hasta la ONU.

El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer (CEDAW) ha recomendado al Gobierno español indemnizar a la mujer y reparar lo sucedido porque entiende que el Estado tiene responsabilidad en la muerte de su hija. Ángela había denunciado más de 30 veces el peligro que corría la menor en las visitas con su padre, pero el Ejecutivo se niega a acatar la recomendación de la ONU.

Tener en cuenta a los menores es también, según las expertas, dejar de pedir la autorización a los padres maltratadores para que sean atendidos psicológicamente. Es decir, aquel que genera el daño y el trauma debe consentir su curación. Algo que ocurre incluso en aquellos casos en los que el padre ha sido condenado por violencia de género o existe un procedimiento abierto contra él, pero no ha sido privado de la patria potestad. 

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