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El Supremo exculpa a la exalcaldesa de Jerez (PP) alegando que no sabía lo que firmaba con la Gürtel

El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra la exalcaldesa de Jerez y diputada del PP, María José García-Pelayo, a la que investigaba por haber concedido contratos a tres empresas de la trama Gürtel antes de que se redactaran los pliegos del concurso. El argumento del magistrado Antonio del Moral es que la antigua edil no benefició a la red de corrupción de forma consciente.

Los hechos investigados se remontan al año 2004, en relación con determinados contratos administrativos para el desarrollo de FITUR de aquel año, así como otros expedientes  para llevar a cabo actos en la Plaza Mayor de Madrid.

Del Moral dice que hay indicios de delito porque se trató de una decisión “arbitraria” que fue adoptada  “al margen de todo  procedimiento legal, beneficiando a unas concretas empresas – tres- que resultaron adjudicatarias en virtud de una decisión tomada, sin respeto a los procedimientos y garantías administrativas”.

También dice en su auto el juez que para que se pudieran hacer efectivos esos contratos tenían que llevar la firma del alcaldesa, pero concluye que la político del PP lo hizo sin saber que aquello era arbitrario.  Sin embargo, exculpa a la exalcaldesa de cualquier responsabilidad.

“No es exigible que el alcalde presidente de un ayuntamiento como el de la ciudad de Jerez contraste y coteje con cada expediente todas y cada una de las decisiones o acuerdos que firma”, afirma el magistrado Del Moral.

El auto cita  dos sentencias de la Sala de lo Penal que establecen que el delito de prevaricación exige probatoriamente algo más que la pura constatación de la firma en una resolución objetivamente arbitraria e injusta.

El fiscal considera que García-Pelayo cometió un delito continuado de prevaricación y falsedad de documento público, ya que los pliegos de adjudicación se elaboraron con posterioridad a que se hubieran amañado. La senadora del PP, mantuvo en su informe, impuso sus criterios y abusó de su “posición de autoridad” para conseguirlo, con lo que perjudicó los intereses generales y dictó resoluciones “para las que no carecía de competencia”. El fiscal calificó los expedientes administrativos de “mera ficción al servicio de la prevaricación”.

El juez, sin embargo, considera obvio que en determinados ámbitos tanto administrativos como empresariales se ha de operar con un principio de confianza en la labor de los escalones previos al ámbito estrictamente decisional.

En definitiva, el auto califica de “creíble” el testimonio de la investigada sobre su desconocimiento de “toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y, dicho castizamente,  caciquiles, resultan no sólo muy verosímiles sino además sugestivas de acomodarse a lo más probable”.