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El Ayuntamiento de Toledo rebaja el cupo de pisos turísticos al 12% del total de las viviendas de toda la ciudad

El próximo mes de marzo expirará la moratoria de licencias a apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en Toledo que se puso en marcha para frenar la proliferación de este tipo de alojamientos, a la vez que se aprobaba una normativa para regularlos que no terminó de ver la luz en la anterior legislatura. Sí parece que la va a haber en este tras recibir el visto bueno el renovado texto de la modificación puntual 32 del Plan General de Ordenación Urbana de Toledo que regulará el uso extrahotelero de las viviendas.

La Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Toledo celebrada este martes ha dado el visto bueno, con los votos a favor de PP, PSOE y Vox, y el voto en contra de IU-Podemos, la nueva normativa para que se apruebe inicialmente en el próximo Pleno municipal que se celebra este viernes, 22 de noviembre.

El documento es similar al que se presentó en marzo de 2023 a información pública, pero recoge algunas novedades como la rebaja del cupo de este tipo de alojamientos turísticos en el Casco Histórico del 20 al 12% que se aplicará también al resto de la ciudad, “sin perjuicio de su actualización, incluso por áreas concretas, según la disposición adicional de esta ordenanza”, precisa el documento.

Con este porcentaje, explica el Ayuntamiento gobernado por PP y Vox, “se pretende preservar el carácter residencial de la ciudad, evitar problemas de convivencia y frenar procesos de gentrificación en las zonas más afectadas”.

El barrio antiguo continuará dividido por secciones censales, algunas de las cuales rozan ya ese 12% con los datos de los que dispone el Consistorio. Las zonas cercanas al principal eje turístico, con Zocodover como punto neurálgico, superaban ya el 11% del total de vivienda según los datos del Ayuntamiento en febrero de 2023. Desde entonces no han comenzado a tramitarse nuevas licencias, pero sí las que ya se habían registrado.

Planta baja o primera y apartamentos turísticos

El documento diferencia que las viviendas de uso turístico solo podrán ubicarse en plantas bajas -excepto en las zonas comerciales del Casco Histórico- y primeras, con la finalidad de que las plantas superiores se destinen a viviendas tradicionales, de larga estancia.

Los apartamentos turísticos se ubicarán en edificios completos, tal y como recoge la normativa sectorial para estos inmuebles. En este sentido, el texto presentado ahora modifica la justificación del anterior para limitar los apartamentos a zonas del Casco Histórico con dos plantas de altura permitida. De esta manera, ahora se podrá estimular la conversión de edificios completos de mayor altura en apartamentos turísticos.

La ordenanza que se incluye en esta modificación puntual 32, que introduce también una mención a Puy du Fou como elemento que ha contribuido a que la demanda de plazas hoteleras sea muy superior a la oferta, específica que fuera del Casco Histórico se permite el uso extrahotelero, pero siempre que se permita el uso terciario en el inmueble, mientras que en Los Cigarrales solo se permitirán viviendas turísticas, excluyendo apartamentos turísticos, que sí recogía la anterior normativa.

Otra de las novedades es que en el artículo 7 se suprime la referencia a la prohibición, por normativa sectorial, de que estos alojamientos se conviertan en residencia permanente. También se añade que las viviendas de uso turístico se pueden ubicar también en inmuebles de uso terciario, no solo residencial.

Además, para el cálculo del número de viviendas que se dedican a este tipo de alojamientos turísticos, se incluye una disposición adicional que indica que para los informes de actualización anuales de cada área “se podrán tener en cuenta el resto de edificios de servicio al público que se destinan a alojamiento temporal regulado como uso hotelero, con el objeto de justificar el nuevo porcentaje en relación con la percepción de la población por escasez de viviendas de larga estancia, sin que ello suponga que se computen este tipo de plazas de alojamiento en la fórmula del cálculo de saturación”.

Sanciones

Entre los requisitos técnicos que se citan todas las viviendas y apartamentos turísticos deberán cumplir normas de accesibilidad, habitabilidad y superficies mínimas para permitir su eventual reversión a uso residencial. Se incluyen medidas para gestionar adecuadamente residuos y limitar molestias como ruidos, en beneficio de los vecinos, y el uso clandestino o actividades no comunicadas estarán sujetas a sanciones, y no podrán regularizarse aquellos inmuebles que no cumplan los requisitos técnicos.

La ordenanza indica el Ayuntamiento, “busca equilibrar el desarrollo económico impulsado por el turismo con la protección del derecho a la vivienda de los residentes”. “También pretende dinamizar el mercado inmobiliario mediante la rehabilitación de edificios, incentivando tanto el uso residencial como el turístico, pero siempre bajo un marco normativo claro que será actualizado periódicamente para evaluar su efectividad y adaptarla a nuevas necesidades”, agregan.