Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El horizonte judicial de Mazón por la gestión de la DANA: los delitos de los que se le acusa
Más de la mitad de centros de crisis de violencia sexual no ha abierto a días del plazo
Opinión - Los Ayuso Amador y el poder. Por Rosa María Artal

El Constitucional ordena investigar si una fotoperiodista recibió un pelotazo de los Mossos en las protestas de 2019

Los Mossos contienen la protesta en la plaza Urquinaona

Alberto Pozas

10 de octubre de 2022 16:04 h

1

El Tribunal Constitucional ha obligado a un juzgado de Barcelona a reabrir la investigación en torno a si una fotoperiodista sufrió un pelotazo de 'foam' de los Mossos d'Esquadra en la capital catalana durante las protestas posteriores a la sentencia del procés. Los magistrados entienden que las decisiones de los jueces catalanes que llevaron al archivo del caso vulneraron su derecho a no ser sometida a torturas y también su libertad de información y obligan a reabrir el caso.

Todo parte de una denuncia de la fotoperiodista Sira Esclasans, que en octubre de 2019 trabajaba en las calles de Barcelona cubriendo las manifestaciones masivas en protesta contra la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los líderes independentistas catalanes por delitos de desobediencia, sedición y malversación. Unas concentraciones repartidas en varios puntos de la ciudad que se tradujeron en graves disturbios, sobre todo en las inmediaciones de la Plaça Urquinaona y la Jefatura Superior de Policía en la cercana vía Laietana.

La propia Esclasans tuiteó fotografías en las que denunciaba haber sufrido lesiones por balas de foam de los Mossos y terminó denunciando un fuerte impacto de uno de estos proyectiles en el gemelo izquierdo. Primero un juzgado de Barcelona y después la Audiencia Provincial, sin embargo, archivaron el caso. Los jueces entendieron que no hay pruebas suficientes para afirmar que esos disparos procedieran de la policía autonómica, que alegó no haber hecho ningún disparo, o de la Policía Nacional.

“En su informe se sostiene que ese día no se efectuó ni un solo disparo con las lanzadoras por parte de dicho cuerpo policial”, dijo la Audiencia de Barcelona. El proyectil que impactó en su pierna, explicaron los jueces, “necesariamente no tenía que proceder del grupo de agentes señalado por la recurrente, y que los equipos de protección de los agentes dificultan distinguir su identidad”. Procedía archivar el caso, dijeron, hasta que aparecieran nuevas pruebas y las diligencias que pedía la fotoperiodista, añadieron, “no lograrían el objetivo de toda instrucción penal que es la de averiguar el autor del hecho que podría ser constitutivo de infracción penal”.

Es una decisión que ahora ha revocado el Tribunal Constitucional. Los magistrados han decidido estimar su recurso y, con ponencia de María Luisa Balaguer, anulan tanto los autos de la Audiencia Provincial como los del juzgado que cerraron el caso. Reconoce el Constitucional que “se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva en relación con su derecho a no ser sometido ni a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes y el derecho a la libertad de información”.

El Constitucional también explica que la causa en torno a estos pelotazos de foam debe volver al punto anterior al dictado del archivo.

Etiquetas
stats