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El decreto de reconstrucción tras la DANA considera “no vinculantes” las directrices del vicepresidente Gan Pampols

El vicepresidente segundo de la Generalitat Valenciana, Francisco José Gan Pampols.

Carlos Navarro Castelló

2 de enero de 2025 22:24 h

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El Gobierno valenciano que preside Carlos Mazón anunció el pasado 30 de diciembre la aprobación de un decreto ley que contempla medidas urbanísticas urgentes para facilitar las tareas de reconstrucción tras la riada.

Según informaron desde el Consell, mediante este decreto ley, la Generalitat podrá tramitar planes especiales urbanísticos de reconstrucción dirigidos a crear y ordenar suelos para construir viviendas, así como reubicar polígonos industriales o terciarios, integrar las infraestructuras que resulten necesarias y, a todos los efectos, facilitar las tareas de reconstrucción.

Como novedad, comentaron que la nueva normativa introduce la figura del plan especial urbanístico de reconstrucción como un instrumento de planeamiento flexible y de urgente tramitación dirigido a favorecer la obtención de suelo finalista para construir viviendas o polígonos industriales e impulsar, con las determinaciones urbanísticas que resultan necesarias, las tareas de reconstrucción.

El decreto se publicó este jueves en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y es de aplicación en exclusiva en los municipios afectados por la DANA. El documento incluye otras cuestiones que arrojan dudas sobre su utilidad real para mejorar los tiempos de las tramitaciones urbanísticas y sobre todo sobre el necesario cambio de paradigma al que obligaría en materia urbanística un desastre de la magnitud de la DANA que causó 223 fallecidos en Valencia.

Para empezar, afirma que los informes del fichaje estrella de Mazón para dirigir la reconstrucción, el vicepresidente José Gan Pampols, no serán definitivos. En concreto, según el punto cuatro del artículo dos del decreto que regula los mencionados planes especiales de reconstrucción, “el plazo de emisión de los informes sectoriales autonómicos y locales será de 10 días hábiles, incluido un informe preceptivo y no vinculante de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria para la Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana”.

Además, el artículo cuatro permite a los ayuntamientos de los municipios afectados por la DANA “la implantación de viviendas residenciales de nueva construcción en solares municipales vacantes no ejecutados, calificados como equipamiento”. El Ayuntamiento dispondrá luego de un plazo de tres años para habilitar el suelo dotacional perdido en otra zona a modo de compensación.

Según el artículo seis de 'Reglas especiales en relación con la reparación, restitución o reconstrucción de edificaciones', en los suelos en situación básica urbanizado “se podrá reparar, restituir o reconstruir, incluso con alteraciones estructurales, las edificaciones y construcciones legalmente implantadas dañadas por la DANA, aunque estén en situación de fuera de ordenación en el planeamiento urbanístico municipal”. De esta forma, mientras en condiciones normales los edificios que están en situación de fuera de ordenación no se pueden someter a reformas estructurales y solo se les puede aplicar pequeñas reparaciones de mantenimiento, en este caso sí se podrán rehabilitar.

Por otra parte, añade que “cuando hubiera de procederse a la completa reconstrucción de la edificación, serán de aplicación a la misma las condiciones de adecuación de las edificaciones y la urbanización establecidas en el Anexo I del Decreto 201/2015, del Consell, Plan de Acción Territorial de Prevención del Riesgo de Inundación de la Comunitat Valenciana (Patricova)”.

Por último, las disposiciones transitorias suspenden cualquier tramitación urbanística en los municipios afectados por la DANA en los suelos considerados inundables por el Patricova, algo que de facto ya impedía el propio Patricova. Además, prolonga esta suspensión “hasta el momento en que se incorpore a dichos procedimientos un informe de escorrentías emitido por el organismo de cuenca sobre el riesgo de inundación, valoradas las consecuencias de dichas escorrentías”.

Esta medida choca con el decreto de simplificación administrativa aprobado por el PP y Vox un mes después de la DANA, por el cual, los informes sectoriales, como lo son por ejemplo los de inundabilidad, quedan aprobados de forma automática por silencio administrativo, es decir, siempre que la administración emita expresamente un informe negativo.

Críticas del PSPV

Para la diputada del PSPV en las Corts, María José Salvador, el texto legal no supone en la práctica grandes novedades y deja muchas lagunas, además lamentar que en todo el documento no aparece el término “cambio climático”.

Según Salvador, se trata de un decreto primero, que “solo sistematiza normativa ya existente y no entra en el fondo de lo que ha de ser la reconstrucción que no es otra cosa que la resiliencia urbanística y territorial”. Además, afirma: “Es como correr para volver a la foto del 29 de octubre. No se plantean cómo proteger el territorio y a las personas afectadas por la DANA para dar mayor seguridad en las viviendas y en los polígonos donde trabajan. Es un parche , no se hace un planteamiento estructural supramunicpal. Al final es volver a una realidad no resiliente. Vivimos en zona cero del cambio climático, y por tanto hay que tomar medidas especialmente en los municipios afectados por la DANA, y no se abordan en este decreto”.

Para la diputada socialista no queda claro si los edificios a rehabilitar se deben someter a las directrices del Patricova que entre otras cuestiones establecen que las plantas bajas deben estar conectadas en su interior con las escaleras que suben a los pisos superiores.

Además, denuncia “la contradicción que se da entre este decreto que tan solo se circunscribe a los municipios afectados por la DANA y el decreto de simplificación que desprotege todo el territorio valenciano, facilita informes sectoriales como el de inundabilidad y permite las construcciones a 200 metros de la costa” y añade: “Lo peor de todo es que no aborda lo principal que es plantearse dar más seguridad a las viviendas y polígonos. ¿Para qué sirve reubicar si quizás acabará en un suelo tan inundable como el que estaba?”.

Según Salvador, “se puede reconstruir igualmente sin esta ley, puesto que los planes especiales ya se han utilizado para construir vivienda, por ejemplo en Sociópolis, y para construir polígonos como el Juan Carlos I en Almussafes”. Sobre la supuesta agilización de los plazos asegura que “un plan urbanístico por muy rápido que sea son tres años de plazo”.

El PP destaca que el decreto es clave para la sostenibilidad

El portavoz de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Grupo Popular en Les Corts, Jesús Lecha, ha valorado el Decreto Ley de Reconstrucción, aprobado por el Consell y publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, como un elemento “clave para la seguridad y la sostenibilidad” de la vivienda en la Comunitat Valenciana tras las riadas del pasado mes de octubre. Lecha ha destacado que este decreto ofrece “herramientas para una reconstrucción eficiente que respete los criterios técnicos y medioambientales”. 

“El Consell de Carlos Mazón está comprometido con la reconstrucción de los municipios afectados, pero también con evitar que tragedias como esta se repitan. Algo que no se consiguió durante el Gobierno del Botànic, que prefirió aplicar leyes supuestamente proteccionistas en lugar de abordar obras necesarias para prevenir inundaciones”, ha afirmado Lecha.

En palabras de Lecha, “es imprescindible que el Ejecutivo de Sánchez asuma su responsabilidad y garantice estas infraestructuras. No podemos permitir que la pasividad y retrasos que caracterizaron los mandatos socialistas sigan afectando a la Comunitat Valenciana”.

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