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El exconseller Blasco se salva de pagar responsabilidad civil por el saqueo a las ONG y provoca una pugna legal entre el Gobierno valenciano y la Audiencia

El exconseller de Solidaridad en la época del PP Rafael Blasco se ha salvado de afrontar de su bolsillo una nueva responsabilidad civil, según la sentencia de las piezas 2 y 3 del caso Cooperación que certifica su condena a un año de cárcel. La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia se da por satisfecha con la entrega de un bajo comercial de su hijastra Déborah Salom Císcar que valoró en 600.000 euros, pero que compraron por 400.000.

El siete veces conseller y todopoderoso ideólogo de los gobiernos del PP de Zaplana y Camps abonó -lo hizo su mujer Consuelo Císcar- 200.000 euros de fianza y tiene embargado su lujoso chalé, donde albergaba decenas de obras de arte que no se han reclamado nunca para hacer frente a los delitos por los que fue condenado en la pieza separada número 1 del caso Cooperación en 2014. En este caso, es el Tribunal de Cuentas el que intenta recuperar el dinero.

La sentencia hecha pública el pasado viernes salva de la responsabilidad civil a Blasco, pero también al que fuera su mano derecha Marc Llinares y ha encendido a la Generalitat y a la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD. En el caso de la Abogacía de la Generalitat porque el tribunal de la sección quinta de la Audiencia de Valencia asegura que existe un procedimiento en el Tribunal de Cuentas que desconoce y por no fijar una responsabilidad civil.

“Dado que en este caso hay una responsabilidad solidaria de todos los condenados, la Abogacía defiende que el órgano judicial (la Audiencia Provincial) sí es competente para cuantificar ahora la responsabilidad de los cuentadantes en ejecución de sentencia. Además, se da la circunstancia de que, como sucede con los condenados Blasco y Llinares, en el fallo ni siquiera se explicita que la cuantificación queda pendiente del Tribunal de Cuentas y, por consiguiente, se ha interpretado que no se les piden responsabilidades económicas en ningún caso”, ha explicado la Generalitat Valenciana en un comunicado.

Por ello, la Abogacía de la Generalitat Valenciana ha pedido un escrito de aclaración y advierte que podría presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por no estar de acuerdo con las atenuantes aplicadas a determinados condenados y la repercusión sobre las condenas. “En concreto, se han aplicado tres atenuantes (confesión tardía, reparación del daño y dilaciones indebidas) a Marc Llinares y a Augusto César Tauroni, y dos a Blasco (reparación del daño y dilaciones indebidas)”, ha explicado.

La Coordinadora Valenciana de ONGD también ha mostrado su disconformidad con los atenuantes que considera “un despropósito” porque “para cualquier mortal” la sentencia hubiera sido de unos siete años. “Los hechos probados validan todos los delitos de los que se les acusan, pero luego no se les condena en todos”, explica Raúl Vidal, letrado de la entidad que ha ejercido la acusación popular.

En la sentencia, entiende el tribunal que “existe un obstáculo” a la petición de 4,7 millones de euros de la Generalitat en concepto de responsabilidad civil. “Ya constaban los procesos contables abiertos y algunos terminados, a cuyas conclusiones no ha tenido acceso la Sala, así como los expedientes de reintegro, que también desconoce este Tribunal el resultado de los mismos”, afirma el fallo.

Además, añade como principal argumento: “la cuantificación del perjuicio se hace harto difícil, cuando no se ha aportado a juicio un informe pericial que justifique realmente dicho perjuicio, puesto que sólo en fase de conclusiones, sin que hubiera habido traslado a los acusados se cuantificó por la Generalitat los mismos, distinguiendo tanto los trabajos realmente realizados, e incluso los gastos indirectos sufridos con ocasión de ello”.

Entiende la sala y lo plantea como una reprimenda, que las cifras a las que llega la Generalitat Valenciana “están muy lejanas de las relatadas por el perito Sr. Falomir que aclaró en juicio que él entiende que el total desviado asciende a 3.221.287,92 euros, pero que en todo caso esa cifra no implica ninguna cuantificación”. “Deberá ser, pues, en ejecución de sentencia, cuando se determine atendidas estas circunstancias y teniendo en cuenta tanto las resoluciones contables que se aporten, como los expedientes administrativos y los bienes decomisados, y principalmente las periciales que puedan determinar el montante de los perjuicios reales alcanzados, que se pueda determinar la cantidad de la que deban responder los citados responsables civiles”, añade el tribunal, decisión a la que se oponen tanto la Abogacía como la Coordinadora.

Los que sí que tendrán que pagar en estas dos piezas una responsabilidad civil que la mayoría ya han consignado son los empresarios Carlos Andrés Chust, Miguel Ángel Climent Estruch, Rosa María Castelo Otero, Luis Freire Oleas, Alberto Pampín Bueno, Jesús Urquiza Delgado y Fernando Cañete Blanco; los miembros de la Fundación Hemisferio María Isabel Castillo López, José Bollaín y Alfonso Navarro Torres; el cooperante Fernando Darder Flores y el exdirector general de Cooperación José Maria Felip Sardà. “El total de lo consignado en metálico en la cuenta de este tribunal asciende a 392.287,48 euros”, concluye.

Así, los únicos deudores civiles – y por tanto no afectos a la responsabilidad contable- que faltan por determinar serían los señores Félix Sanz Pardo, Rafael Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcáñiz, Arturo Ignacio Tauroni Masià y Augusto César Tauroni Masià, el empresario cerebro de la trama, a quien le han embargado dos apartamentos en Miami, un yate y el dinero que había conseguido desviar a sus empresas. Ni Blasco ni Marc Llinares están contemplados como deudores.