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Las migraciones, una cuestión de derechos humanos

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El fenómeno migratorio provoca controversias enconadas en los países receptores, tanto de la Unión Europea como de otros, no necesariamente gobernados por la extrema derecha. Los gobiernos responden con políticas cada vez más restrictivas y en ocasiones con prácticas que vulneran derechos fundamentales y disposiciones legales de la propia U.E. en nuestra región y el derecho internacional de los derechos humanos en otros lugares de este nuestro mundo. 

El apasionamiento con el que se discute los temas relativos a la emigración aleja de un acercamiento racional y, lo que es más peligroso, se hace desde afirmaciones erróneas cargadas de xenofobia que ignoran que, las personas en situación de desplazamiento forzado son titulares de derechos y obligaciones, aún más cuando procediendo de países europeos pertenecen a una misma comunidad regional.

Estas breves consideraciones que a continuación expongo no pretenden agotar el tema sino más bien partir de ellas para un debate abierto que se puede extender, siempre teniendo en cuenta que el marco en donde nos movemos es la consideración del respeto a los Derechos Humanos de todas las personas sin distinción de raza, sexo, religión procedencia o cualquier otra diferencia. Todas las personas nacemos libres y nos iguala la dignidad que como seres humanos poseemos y los derechos que se corresponden con esta condición. El resto es diversidad que enriquece, diferencias que cuando son compartidas lejos del miedo y el odio nos fortalecen.  

Desde la perspectiva de los Derechos Humanos, y teniendo en cuenta tan sólo algunos de los artículos de la Declaración Universal que luego se desarrollan más en pactos, convenios y convenciones regionales existen obligaciones que no se pueden esquivar.

(Art. 1º) Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. De lo que se deduce inequívocamente que compartimos una misma condición que nos hace poseedores de unos derechos universales.

(Art. 6º) Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica Es por tanto de obligado cumplimiento que cualquier regulación, sea el que sea el ámbito de aplicación que contemple deberá reconocer esta personalidad jurídica y en ningún caso negarla. ¿Cómo conciliar la existencia de los “sin papeles” o las restricciones para el empadronamiento de inmigrantes planteadas en algunos municipios con este derecho universal?

(Art. 13º 1) Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia en el territorio de un estado Nunca como ahora se ha restringido la libertad de movimiento para las personas venidas del sur. Las trabas burocráticas se extienden, incluso más allá de la emigración, a quienes ocasionalmente deben o quieren viajar a los países del norte. 

(Art.14º 1) En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país El refugiado o refugiada política no es un emigrante en sentido económico, pero se encuentra con no pocas dificultades para acceder a esta figura. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 de la que 142 países son parte es de obligado cumplimiento para sus firmantes. Los 114 millones de refugiados y refugiadas que existen hoy en el mundo la justifican.

Según datos de CEAR, durante el año 2022 el Estado Español ha sido el tercer país con más solicitudes de asilo y a la vez el tercero que menos reconoció la protección internacional a las personas que huyen. En otras palabras, España es el tercer país con la tasa de reconocimiento de asilo más baja de toda la UE.

(Art. 29º 1) Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad Y si esta no es la comunidad de nacimiento existe una reciprocidad entre los derechos y deberes, entre lo que se recibe y se aporta. 

Ni se pueden justificar conductas inaceptables por el hecho de ser alguien de otra cultura, otro país u otra forma de ver las cosas ni se puede cargar sobre la población migrante sólo los problemas que existen en la sociedad construyendo estereotipos tan falsos como perversos.

Cualquiera de las dos actitudes es injusta además de ineficaz para resolver las dificultades que conlleva el fenómeno migratorio, tanto para el que viene de fuera como para la sociedad en donde se asienta. El fenómeno migratorio es consustancial al ser humano y a la formación de los países. 

Desde nuestro pasado más remoto de nómadas hasta los desplazamientos políticos, bélicos o económicos siempre se ha dado. No es raro encontrar en nuestra genealogía algún migrante y es casi imposible encontrar en las poblaciones modernas una que no sufriera la necesidad de salir de su tierra empujada por circunstancias adversas.

La identidad de países y naciones se ha conformado, no sólo por la de las poblaciones originarias sino por una interrelación entre estas y otras culturas venidas de fuera. 

Este proceso conlleva para el conjunto de las poblaciones derechos y también obligaciones que posibiliten una integración respetuosa y armónica que acepte la nueva situación no como una amenaza sino como una oportunidad. El papel de los poderes públicos en este proceso es fundamental pero también de otros como los medios de comunicación y todo el tejido social que se ve interpelado por procesos migratorios.

Cambiar el temor por la confianza es una necesidad que, con una perspectiva histórica, nos muestra como el primer sentimiento es generador de inseguridad y destructivo y el segundo generador de esperanza en la construcción de un camino futuro que irremediablemente tendremos que recorrer juntos.

La emigración es siempre forzada y corresponde a situaciones de violación de los Derechos Humanos. Quienes las sufren de manera más grave son los propios migrantes. Las responsabilidades de estas violaciones de derechos suelen estar ocultas por intereses políticos o económicos y se sitúan lejos de los países de mayor migración.

Un orden internacional injusto arroja a grandes masas de población a la búsqueda de un falso futuro mejor o a huir de su lugar de origen por una amenaza a su vida o libertad. Contemplar el desarrollo como una forma de cumplimiento de los Derechos Humanos es el camino para solucionar las situaciones que impulsan a las personas a desplazarse de sus países forzadamente. 

Por muchas vidas que se pierdan en el Mediterráneo o en la frontera mejicana, por muchas vallas y muros que se levanten no impedirán a las personas que huyen de una realidad que les empuja al norte seguir acercándose a nuestros países. La solución está en el Sur empobrecido y en los conflictos que provocan la ambición y la soberbia. 

Tampoco es solución criminalizar la solidaridad, impidiendo los rescates en el mar y llenando de multas y juicios a quienes hacen lo que los países de la Unión Europea no hacen: salvar vidas.  

La condición de ciudadano o ciudadana es un derecho que va más allá de las fronteras del estado-nación la ciudadanía se construye en base a derechos y a las obligaciones que emanan de ellos y no a circunstancias del azar y el nacimiento. Los extranjeros en Europa son ciudadanos europeos de origen diverso.

Con un número estimado de 281 millones de personas, los migrantes constituirían el cuarto país más poblado del mundo, sumando el 3,6 % de la población mundial. De su potencial económico puede dar idea la cifra de remesas que envían a sus países de origen, estimada por el Banco Mundial para el 2023 de 656 000 millones de dólares.

Este hipotético país de la diáspora está constituido por ciudadanos y ciudadanas de una doble pertenencia y múltiples identidades que les da un carácter de ciudadanía universal. Emigración, ciudadanía y democracia son términos unidos estrechamente que implican desafíos y desenmascaran los discursos cuando se pasan por el cedazo de la realidad. 

Toda persona migrante tiene un rostro humano, una circunstancia vital, una historia y, más allá de una cifra, es el reflejo de un mundo injusto que le niega su condición de sujeto de derechos y dignidad. Acercarnos a esta realidad nos permitirá conocer mejor al emigrante o la emigrante y por ende a la emigración.

Es de personas en definitiva de quienes estamos hablando. Consideradas como iguales en su individualidad y parte de nuestra sociedad en su conjunto. Compartir con ellas problemas, sueños y formas de ser y creer nos hace mirarnos en nuestra condición de seres humanos con más puntos vitales de encuentro que de conflicto.

El fenómeno migratorio provoca controversias enconadas en los países receptores, tanto de la Unión Europea como de otros, no necesariamente gobernados por la extrema derecha. Los gobiernos responden con políticas cada vez más restrictivas y en ocasiones con prácticas que vulneran derechos fundamentales y disposiciones legales de la propia U.E. en nuestra región y el derecho internacional de los derechos humanos en otros lugares de este nuestro mundo. 

El apasionamiento con el que se discute los temas relativos a la emigración aleja de un acercamiento racional y, lo que es más peligroso, se hace desde afirmaciones erróneas cargadas de xenofobia que ignoran que, las personas en situación de desplazamiento forzado son titulares de derechos y obligaciones, aún más cuando procediendo de países europeos pertenecen a una misma comunidad regional.