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Por qué Osasuna puede quedarse sin jugar competición europea por corrupción deportiva, en cinco claves

Osasuna logró clasificarse esta temporada para jugar la próxima campaña competición europea, en concreto la Conference League, torneo del que tan solo se han disputado dos ediciones. Han pasado 16 años después de la anterior aventura continental. La alegría por el hito logrado en una temporada en la que también disputaron la final de la Copa del Rey, sin embargo duró poco. El miércoles llegó a las oficinas del club navarro una notificación de la UEFA -organismo que organiza las distintas competiciones continentales- en el que se informaba que Osasuna estaba siendo investigado por el caso de amaño de partidos en la temporada 2013/2014 por el que varios exdirectivos del equipo fueron condenados por corrupción deportiva en una sentencia que es firme en el Tribunal Supremo, lo que podría dejarles excluidos de la competición. elDiario.es/Navarra recoge cinco claves sobre esta investigación y sus posibles consecuencias.

1 - ¿Por qué la UEFA investiga a Osasuna?

El origen de la investigación está en una sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2023 en la que se dio por probado lo que antes ya había juzgado y condenado la Audiencia de Navarra: que en la temporada 2013/2014 dos directivos de Osasuna, así como un gerente, se pusieron de acuerdo con dos jugadores del Betis para pagarles 650.000 euros a cambio de que ganasen al Valladolid -equipo con el que Osasuna peleaba para lograr la permanencia en Primera División- en la penúltima jornada de liga y se dejasen ganar contra el equipo navarro en la última jornada de competición. Por estos hechos, el Alto Tribunal condenó a estos exdirigentes, entre otros delitos, por corrupción deportiva.

2 - ¿Qué dice el reglamento de la UEFA acerca de este delito?

El artículo 4.1/g del Reglamento de la UEFA Europa Conference League, competición para la que se ha clasificado Osasuna, sobre los supuestos en los que un equipo podría ser expulsado de la competición es claro: “No haber estado directa y/o indirectamente involucrado, desde la entrada en vigor del Artículo 50(3) de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en ninguna actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido”.

3 - ¿Existen precedentes de sanción?

Sí. Son varios los equipos que en las últimas décadas han sido sancionados por la UEFA sin jugar competición europea por casos similares por el que se investiga a Osasuna, el amaño de partidos. En concreto, entre otros equipos, el Fenerbahçe turco fue sancionado en 2013 durante dos años sin jugar competición europea por amaños en la competición de su país. Antes, otros equipos recibieron el mismo castigo, como el Olympique de Marsella en la temporada 1993/1994.

4 - Osasuna argumenta que el equipo no fue condenado. ¿Le puede salvar?

Tras conocerse que estaba siendo investigado, Osasuna emitió un comunicado en el que destacaba que la condena del Supremo recoge claramente que el club navarro no fue condenado, ni siquiera investigado, y que participó en el juicio como acusación particular. “Osasuna se personó como acusación particular, es decir, como perjudicado, en el proceso judicial que concluyó con la condena de dichas personas y con una sentencia que les ha obligado a pagar al club una indemnización económica cuantiosa que ha derivado en el embargo de propiedades y bienes de dichas personas por parte de la entidad”, recoge el escrito.

Sin embargo, según explica Natasha Vergara, abogada experta en derecho deportivo en conversación con elDiario.es, este argumento no tiene validez ante la UEFA, dado que esta organización es una sociedad civil del ámbito privado, sujeta al derecho privado y que cuenta con su propio reglamento y estatutos. “La jurisdicción ordinaria no tiene nada que ver con la deportiva y, aunque Osasuna no haya sido condenado por la Justicia ordinaria, si la UEFA entiende que hay causa y que el equipo estuvo directa y/o indirectamente involucrado en un caso de amaño de partidos, puede sancionarle porque como sociedad privada tiene legitimidad para aplicar un régimen sancionador”, apunta.

5 - Plazos

“Los plazos benefician a Osasuna”, sostiene Vergara. El equipo tiene en agosto los primeros partidos de esta competición, una ronda previa en la que se jugará clasificarse para la fase final de torneo. Si antes de que se juegue esos partidos, Osasuna no ha sido sancionado, ya no podría ser expulsado de la competición, la sanción en todo caso sería para los siguientes años. “A hechos consumados no podría ser sancionado”, sostiene la experta en derecho deportivo, que advierte que al contrario de la Justicia ordinaria, agosto sí es un mes hábil en la deportiva.

En caso de ser sancionado con anterioridad al inicio del torneo, Osasuna podría recurrir la decisión ante el Tribunal Arbitral del Deporte, lo que alargaría los plazos y le podría permitir jugar esta temporada.