La exdelegada del Gobierno en Ceuta y la vicepresidenta de la ciudad autónoma, a juicio por la deportación “grosera” de 55 menores a Marruecos

Gonzalo Testa

25 de noviembre de 2022 16:11 h

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La exdelegada del Gobierno en Ceuta destituida el 31 de octubre, Salvadora Mateos, y la vicepresidenta del Ejecutivo regional, Mabel Deu (PP), serán juzgadas por la vía penal por un presunto delito de prevaricación continuada en la expulsión de 55 niños migrantes marroquíes solos, a los que se devolvió a su país en agosto de 2021. La jueza instructora de la causa, abierta a instancias de la Fiscalía, ha concluido que ambas obviaron de manera “flagrante” y “grosera” la aplicación de la Ley de Extranjería y violaron la Constitución Española, la Convención de los Derechos del Niño de la ONU y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

La magistrada ha dado diez días al Ministerio Público y las acusaciones populares para que soliciten la apertura de juicio oral, el sobreseimiento de la causa o la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular acusación. Las defensas podrán, por su parte, presentar recurso de reforma en el plazo de tres días hábiles.

Durante los últimos cinco meses la instructora de la causa ha oído a las dos procesadas argüir en calidad de investigadas que en connivencia con distintos ministerios creyeron aplicar correctamente en un contexto de “emergencia” y mirando por el interés de los menores un Acuerdo bilateral de 2007 que exige “observancia estricta” de la legislación española.

También ha tomado declaración como testigos, entre otros, a la jefa de Menores de Ceuta, Toñi Palomo, que advirtió verbalmente y por escrito de que se estaba vulnerando la normativa nacional e internacional; a los asesores jurídicos de Mateos que no fueron consultados y a dos de los niños expulsados que han reiterado que ni quería irse ni fueron informados de sus derechos por “nadie”.

Tras rechazar la práctica de más testificales como las del ministro del Interior o el secretario de Estado de Seguridad, la jueza ha concluido que la exdelegada “prescindió absolutamente” como autora material “del procedimiento establecido aprovechando la disponibilidad que las autoridades marroquíes mostraban excepcionalmente para recibir” a al menos parte de los menores que habían accedido irregularmente a la localidad española en mayo del año pasado y continuaban en ella.

Como “cooperadora necesaria”, Deu, que renunció a las competencias de Menores en julio tras ser imputada, “se hallaba de acuerdo” en “proceder a entregar a Marruecos a los menores bajo su guarda, prescindiendo, a sabiendas, de cualquier procedimiento y del dictado de la preceptiva resolución individualizada acorde con la legalidad nacional e internacional de protección de los derechos de los menores”, cuya vulnerabilidad ve probada por su condición de migrantes solos.

La magistrada considera indiciariamente constatado que las dos políticas ya encausadas “desoyeron la prohibición de repatriaciones colectivas, prescindieron en absoluto del procedimiento administrativo, en especial de la audiencia del menor, su derecho a la asistencia letrada y de intérprete, se prescindió del trámite previo de audiencia del Ministerio Fiscal y del deber de dictar resolución motivada en que se pondere el interés del menor, conculcando igualmente el derecho al recurso contra la decisión de repatriación, porque lo que ocurrió es que directamente se pasó a la fase de ejecución, que era la finalidad perseguida”.

Además, explica que “como tampoco se constituyó el Comité de Seguimiento al que se refiere el artículo 6 del Acuerdo hispano marroquí de 2007, se carece de información oficial de la situación y medidas adoptadas con cada uno de los menores afectados, ignorándose si efectivamente han retornado con sus familias o quién se ha hecho cargo de ellos en cada caso, habiéndose producido en algunos casos el nuevo acceso subrepticio a nuestro país de menores”.

Al menos seis de los 55 niños deportados han logrado regresar a España y a dos se les ha ofrecido ejercer la acusación particular tras declarar como testigos que ni querían ser retornados ni nadie les informó de sus derechos.

“Con su arbitrario proceder, las investigadas hicieron absoluta dejación del deber de protección de los menores afectados que la legislación les atribuía en sus respectivas competencias, poniendo en riesgo su integridad física y moral, ocasionando un resultado materialmente injusto, sin que exista justificación para ello, ni siquiera la situación de excepcionalidad”, ya que “ni tan siquiera han acreditado que, ante la disponibilidad de Marruecos de recibir a los menores, se arbitraran mecanismos para acelerar los trámites legales”, asevera la magistrada.