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El Supremo pregunta a la Fiscalía si debe imputar al fiscal general por la querella de la pareja de Ayuso

Alberto Pozas

9 de septiembre de 2024 14:39 h

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El Tribunal Supremo ha preguntado a la Fiscalía si debe abrir una causa penal contra Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, por revelación de secretos en las diligencias abiertas contra la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Los jueces unifican las querellas y denuncias que han recibido contra él, no solo la exposición razonada del Tribunal Superior de Madrid a raíz de la querella del propio Alberto González Amador, y pide un informe a la Fiscalía, que en los últimos meses se ha mostrado en contra de que existiera revelación de secretos en un comunicado con el que pretendía desmentir diversos bulos sobre el caso.

La decisión sobre imputar o no al fiscal general estará en manos de un tribunal de cinco magistrados presidido por Manuel Marchena y con Susana Polo como ponente, además de Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela. Además de la exposición razonada procedente del TSJM los jueces también estudiarán una querella de Manos Limpias y de la Fundación Foro Libertad y Alternativa, de la que forman parte entre otros Alejo Vidal-Quadras, el diputado del PP en Madrid Daniel Portero, el exministro Jaime Mayor Oreja y Fernando Savater.

El Tribunal Superior de Madrid dejó la causa en manos de la Sala de lo Penal del Supremo el pasado mes de julio, cuando el juez instructor elevó una exposición razonada apuntando a la necesidad de imputar a García Ortiz como máximo responsable del comunicado. “La cabal prosecución de las presentes diligencias, haría, a nuestro juicio, necesario su contrastación con la versión de los hechos que pudiera dar el fiscal general del Estado”, explicaba el auto con el que el TSJM dejaba el futuro procesal del fiscal general en manos de la sala que preside Manuel Marchena en el Supremo.

La causa arrancó en el tribunal madrileño después de que Alberto González Amador denunciara que un comunicado emitido por la Fiscalía de Madrid en torno a su caso había revelado datos confidenciales de las conversaciones que su defensa y el Ministerio Público habían mantenido para llegar a un posible pacto. El Ministerio Público siempre ha defendido que el comunicado no reveló ningún dato desconocido para la opinión pública y que su objetivo era desmentir bulos e informaciones falsas que varios medios habían difundido en horas anteriores, dando a entender que el posible pacto entre González Amador y la Fiscalía se había truncado por órdenes de la cúpula fiscal.

La causa que llevó el juez Francisco Goyena en el Tribunal Superior de Madrid se dirigió, en un primer momento, contra el fiscal Julián Salto y también contra Pilar Rodríguez, ambos como imputados. El primero es el fiscal de delitos económicos que investigó y denunció a Alberto González Amador por fraude fiscal y falsedad documental, también quien habló con el abogado del empresario para un hipotético pacto. La segunda es su superior, fiscal jefe del Ministerio Público en Madrid.

El primero explicó al juez que cumplió las órdenes que le dieron para aportar los correos que había cruzado con el abogado de Alberto González. La segunda explicó que la orden de emitir el comunicado llegó desde la Fiscalía General del Estado. A lo largo de las diligencias también compareció como testigo Almudena Lastra, fiscal superior de Madrid, y el jefe de prensa del organismo en la capital. Ante el juez, Lastra también explicó que la orden de desmentir los bulos difundidos, entre otros, por Miguel Ángel Rodríguez, vino directamente y por escrito del fiscal general.

A lo largo del caso la Fiscalía presentó varios recursos y escritos solicitando el archivo del caso o la inadmisión de la querella de la pareja de Isabel Díaz Ayuso y el propio fiscal general se dirigió por escrito al juez para explicar, como ya había hecho en público, que la orden y la iniciativa de emitir el comunicado había sido suya, aunque defendiendo que el objetivo no era revelar datos confidenciales del caso sino desmentir bulos publicados en horas anteriores.