El Supremo declara ilegal un complejo hotelero construido en una zona protegida de Extremadura

EUROPA PRESS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado este jueves los recursos presentados por la Junta de Extremadura, la entidad Marina Isla Valdecañas S.A. y los ayuntamientos cacereños de El Gordo y Berrocalejo, contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) que declararon nulos el decreto y el Proyecto de Interés Regional (PIR) que dio lugar al complejo turístico extremeño Marina Isla de Valdecañas. De este modo, la decisión del Supremo confirma las resoluciones del TSJE que ordenaron la “reposición de los terrenos a que se refieren las mencionadas actuaciones a la situación anterior a la aprobación de dicho Proyecto y los actos que se hubieran ejecutado con fundamento en el mismo”.

El TSJE dió en su día la razón a la Asociación para la Protección de los Recursos Naturales de Extremadura (ADENEX) y Ecologistas en Acción-CODA, que habían impugnado el decreto que aprobó dicho Plan de Interés Regional.

Ahora, en dos sentencias de contenido similar, el Supremo valida todos los argumentos empleados por el TSJ de Extremadura, al subrayar que “explica pormenorizadamente por qué debe considerarse insuficiente la motivación del decreto de aprobación del Proyecto de Interés Regional”. En ese sentido, destacó la falta de motivación en lo relativo a la incidencia socioeconómica del PIR, y al cambio de clasificación de terrenos que son suelo no urbanizable especialmente protegido.

Suelo no urbanizable de la Red Natura 2000

Los terrenos donde se ha construido el complejo urbanístico están incluidos en la Red Natura 2000. La sentencia del Supremo recuerda que la jurisprudencia, puesta en relación con la normativa comunitaria europea sobre protección ambiental, “deja claramente establecido que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial de protección sectorial, lo mismo que cuando concurren en ellos valores de los que la legislación urbanística considera merecedores de protección, resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección”.

El decreto impugnado fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en fecha 10 de abril de 2007. Supuso la aprobación definitiva del PIR, que dio lugar a la reclasificación y ordenación de terrenos situados en el embalse de Valdecañas, en términos municipales de El Gordo y Berrocalejo. El destino era la construcción del 'Complejo Turístico, de Salud, Paisajístico y de Servicios Marina Isla de Valdecañas'.