La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La fiscala del caso de 'la manada': “Pensaban que gozaban de cierta impunidad”

La primera fiscala del caso de 'la manada' en la Audiencia de Navarra, Elena Sarasate, ha sostenido que el fallo del Supremo que condena a quince años a 'la manada' por violación “fue una satisfacción para la Fiscalía porque suponía refrendar las tesis que habíamos mantenido, tanto en la agresión sexual como en los dos agravantes que veníamos defendiendo”.

En una entrevista en el programa de LaSexta 'El Objetivo', la fiscala ha mantenido que los miembros de 'la manada' “pensaban que gozaban de cierta impunidad”: “No parece que tuviesen la sensación de verse implicados en esta situación. Siguieron de fiesta en Pamplona. Pensaban que tenían cierta impunidad en una ciudad en la que había un millón de personas vestidas de blanco y la posibilidad de que fueran localizados no se les venía a la cabeza. Mantuvieron los vídeos en sus teléfonos y no se desprendieron del de la víctima hasta que lo arrojaron cerca de unos contenedores una vez fueron identificados por la policía”.

Sobre el cuestionamiento al que fue sometida la víctima a la hora de declarar en el juicio, la fiscala es clara: “Ella hizo un relato absolutamente veraz de lo que pasó”. “Partimos de prejuicios cuando hablamos sobre cómo deben ser prestados los testimonios. Cada víctima es distinta. Cuando para unos puede parecer que declara con tranquilidad, quizás sea su manera de defenderse ante una situación muy hostil, sometida a preguntas duras y difíciles que afectan a su dignidad”, ha sostenido Sarasate.

La fiscala también ha mostrado su desaprobación sobre la estrategia de la defensa, que llegó a presentar un informe encargado a unos detectives privados sobre la vida posterior de la víctima y su actividad en redes sociales: “No me gustó. Respeto el derecho a la defensa, pero no comparto lo que se hizo. La vida posterior y anterior de esa víctima no se está juzgando, se juzga a los acusados. La víctima se ha visto en una situación no buscada por ella. La única conducta que se trata de enjuiciar en un procedimiento penal es, lógicamente, la de los acusados”.

El presidente de Vox en el Parlamento de Andalucía, Francisco Serrano, criticó la sentencia y llegó a sostener que está “cargada de condicionantes mediáticos y políticos”, culpando del fallo del Supremo a la “turba feminista supremacista”. Por su parte, la fiscala Sarasate afirma que “cada magistrado ha dictado la sentencia según su valoración de la prueba. No creo que se haya dictado una sentencia en base a la presión social”. “Entiendo las manifestaciones y que la gente no comprenda determinadas decisiones judiciales, pero lo importante es que la gente tenga claro que tenemos un sistema de garantías de doble instancia. Hay que confiar en los tribunales”, ha mantenido.

“No hubiera modificado nada el criterio de la Fiscalía que la víctima fuese un hombre. Lo que se persigue es el hecho delictivo, no el género de la persona que comete el hecho delictivo”, ha concluido.

Fue violación

El Tribunal Supremo condenó este viernes por unanimidad a los cinco miembros de 'la manada' a quince años de cárcel por un delito continuado de “violación”, desdiciendo las sentencias de la Audiencia de Navarra y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que consideraba a todos ellos culpables de un delito de abuso sexual con prevalimiento penado con nueve años de prisión.

“Situación intimidante que hizo que la misma adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducido a la fuerza, y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”, describe el fallo.

El Supremo aplicó dos agravantes: el de trato vejatorio o degradante a la víctima por las prácticas que llevan a cabo los condenados y por “el alarde que aquellos hacen” en los vídeos grabados, “jactándose de su obrar”, y otro por cometer los hechos de forma grupal. El fallo sostiene que su superioridad numérica “fue aprovechada por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido”.