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Cuáles son los nuevos requisitos sanitarios para entrar en España desde este lunes

Terminal de llegadas del aeropuerto de Barajas, en Madrid.

elDiario.es

6 de junio de 2021 17:42 h

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A partir del lunes 7 de junio, “todas las personas vacunadas son bienvenidas en nuestro país”, tal y como anunciaba Pedro Sánchez en la feria internacional de turismo, Fitur. Se pretende empezar a restablecer así un flujo de personas, si bien todavía limitado, más parecido al que vivía España en otros veranos en los que podía llegar a acoger hasta 25 millones de turistas de distintas nacionalidades. Este año, los viajes internacionales estarán marcados por requisitos como el pasaporte COVID, pruebas PCR, de antígenos o de recuperación y controles sanitarios en las fronteras para tratar de evitar una nueva ola de contagios. El BOE publicó este sábado las normas que regirán desde ahora la entrada de viajeros internacionales.

Estos son las claves que deberá tener en cuenta quien quiera viajar a España este verano:

Formulario sanitario

Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán completar antes de la salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health. Una vez realizado el formulario, se generará un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada.

Vacuna con pauta completa

Las personas que hayan sido vacunadas podrán acceder sin problemas a España siempre y cuando hayan recibido la pauta completa y hayan pasado como mínimo dos semanas desde la última dosis. Se aceptarán los certificados de vacunación de todos los medicamentos que han sido aprobados por la Agencia Europea del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud, es decir, Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac.

Esta decisión responde a la recomendación de la Unión Europea de evitar imponer restricciones adicionales a aquellas personas con vacunación completa “salvo que sea necesario y proporcionado”.

Prueba PCR o de antígenos negativa realizada en las 48 horas anteriores

En caso de no haber recibido todavía la vacuna, existe la posibilidad de viajar si se presenta una prueba PCR o de antígenos negativa realizada menos de 48 horas antes de la llegada a España. Anteriormente tan solo se aceptaban las pruebas PCR, pero los tests de antígenos se convirtieron en una de las principales reclamaciones de las aerolíneas por tratarse de un examen más rápido y barato.

Este cambio facilitará considerablemente la llegada de turistas, pero ha sido criticado desde la Unión Europea, donde la recomendación general sigue siendo la exigencia de PCR negativas.

Certificado de recuperación

Este certificado acredita que la persona que lo recibe ya se ha recuperado de la infección COVID-19 y por lo tanto podrá viajar como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT —prueba de amplificación de ácido nucleico— con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

Cumplir con los controles sanitarios

Todos los pasajeros que lleguen a España como destino final deberán someterse a la llegada a un control sanitario en el primer punto de entrada. Este incluirá la toma de temperatura, un control de los documentos requeridos para viajar —certificado COVID, certificado de vacunación o pruebas PCR, de antígenos o de recuperación— y un control visual sobre el estado del pasajero.

Con respecto al control de temperatura, este se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5°C. 

En caso de que durante el control visual se detecte a un pasajero sospechoso de padecer COVID-19, se realizará una evaluación médica en la que se valorarán los aspectos epidemiológicos y clínicos del pasajero en el que se le podrá realizar una prueba diagnóstica para comprobar si está contagiado.

De modo excepcional, a determinados pasajeros se les podrá exigir la realización una prueba diagnóstica en las cuarenta y ocho horas siguientes a la llegada, cuyo resultado deberá comunicar a los Servicios de Sanidad Exterior. Si tras esta valoración se confirma o mantiene la sospecha de que el pasajero padece COVID-19, se activarán los protocolos sanitarios de cada comunidad autónoma para su derivación y seguimiento.

Países de riesgo

La lista de países o zonas de riesgo, así como los criterios de inclusión en la misma, se encuentra publicada en la página web del Ministerio de Sanidad y en la web Spain Travel Health. Como norma general, las listas se revisarán cada siete días.

¿Qué ocurre con los niños?

Los pasajeros menores de seis años no deberán presentar ningún tipo de certificado pero sí deberán cumplimentar el formulario sanitario antes de viajar.

Estas medidas comienzan el lunes 7 de junio y seguirán vigentes hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. El presidente Pedro Sánchez señalaba que de esta forma se espera recuperar entre el 60% y el 70% de los turistas foráneos de 2019 para finales de este año y puntualizaba que este verano se prevé la llegada de entre el 30% y 40% de los turistas internacionales de 2019, una horquilla de entre 8,5 y 10 millones de turistas.

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