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El Supremo da argumentos para investigar las 'black': el mero uso indebido de la tarjeta ya es delito

El expresidente de Caja Madrid y Bankia Rodrigo Rato.

Pedro Águeda

Los jueces de instrucción que tienen entre sus manos casos de delitos económicos deberán leer con atención el fallo que este martes ha hecho público el Tribunal Supremo y que establece que el gasto injustificado y prolongado con las tarjetas de crédito de una empresa constituye un delito de apropiación indebida. El fallo del Tribunal Supremo se refiere a una empresa de venta y alquiler de coches pero, según fuentes jurídicas, establece un criterio que debe ser utilizado en casos como el de las tarjetas 'black' de Bankia y Caja Madrid.

La sentencia dice que el delito de apropiación indebida emerge cuando el gasto irregular se ha realizado “con vocación de apropiación permanente”. ¿Y cómo se establece que el gasto no corresponde con el fin con el que se facilitó a un empleado o directivo la tarjeta de crédito? El Tribunal Supremo señala que hay que realizar un análisis de la “naturaleza particular” de dicho gasto. En el caso sobre el que falla, el condenado utilizó la tarjeta de crédito para pagar la instalación del aire acondicionado en su domicilio, entre otros costes. Además, influirá que el afectado no haya hecho nada que invite a pensar que va a devolver el dinero.

Para fijar que un gasto es inapropiado no hay más que aplicar “el más elemental sentido común que impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales”. La investigación del caso Bankia señala que directivos y consejeros de Caja Madrid y Bankia gastaron al menos 15,2 millones de euros con una tarjeta cuya existencia era ocultada por la entidad y con la que efectuaban unos gastos que ellos no declaraban a Hacienda como remuneración.

Algunos de los exconsejeros y antiguos directivos han excusado la utilización de las tarjetas 'black' en la supuesta creencia de que se trataba de una segunda tarjeta de empresa para gastos de representación; pero el análisis detallado de su uso revela que ellos y su entorno eran los únicos destinatarios de pagos por alcohol, cenas o viajes. Uno de ellos, José Antonio Moral Santín, acudía con regularidad a sacar dinero del cajero en lugar de pagar directamente con la tarjeta.

UPyD, que ejerce la acusación popular, ha pedido recientemente al juez Fernando Andreu que cite a declarar como imputados a los 81 beneficiarios de las tarjetas 'black'. Hasta ahora, Anticorrupción y el juez se han inclinado por investigar a los presuntos responsables de la existencia y funcionamiento de las tarjetas y rechazó, por el momento, dirigirse contra aquellos que disfrutaron del plástico.

UPyD cree que es el momento de que el juez les tome declaración por el delito de apropiación indebida de los fondos de la caja que gastaron en secreto y sin declarar a Hacienda, una vez que los peritos del Banco de España han ratificado sus conclusiones en sede judicial.

El condenado por el Supremo era administrador de tres empresas y su esposa trabajaba en ellas como administrativa. Ambos cargaron en las cuentas de las sociedades comidas de fines de semana, muebles, viajes y el citado sistema de aire acondicionado para su casa, por el que pagaron 450.000 euros.

El Tribunal Supremo les ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a cada uno por un delito continuado de falsedad como medio para cometer otro también continuado de apropiación indebida, donde integra el uso delictivo de las tarjetas junto a otras prácticas. El hombre ha sido condenado a otros cuatro años y 8 meses por otros delitos no relacionados con el uso de las tarjetas.

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