La Fiscalía apoya que Laura Borràs no entre en prisión por corrupción mientras se tramita su indulto

La Fiscalía se ha mostrado partidaria de que Laura Borràs no entre en prisión por corrupción mientras se tramita su indulto propuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en el caso de los contratos troceados en la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).
En un escrito, la Fiscalía se muestra partidaria de suspender el ingreso en prisión de Borràs “para evitarle perjuicios en caso que se resolviera favorablemente la petición de indulto”, pero pide que la expresidenta del Parlament y de Junts empieza a cumplir ya su pena de inhabilitación y pague ya su multa de 36.000 euros a la que fue condenada.
En su sentencia, el TSJC ya adelantó que era partidario de enviar una solicitud parcial de indulto al Gobierno al entender que no era necesario que Borràs entrara en prisión. Su inhabilitación durante 13 años para gestionar dinero público, argumentaron los jueces, era castigo suficiente y garantía de que no repetiría el delito.
Borràs fue condenada en marzo de 2023 por adjudicar contratos a dedo a un amigo por valor de 335.700 euros en la ILC, que dirigió entre los años 2013 y 2018, en una sentencia en la que el TSJC proponía al Gobierno su indulto parcial para librarla de entrar en prisión.
Tras confirmar el Supremo la sentencia, a finales de febrero, el TSJC emplazó a las defensas y a la Fiscalía para que expusieran si la entrada en prisión de Borràs debía suspenderse mientras se tramitaba el indulto, así como el resto de extremos para ejecutar la condena.
En un breve escrito, la defensa de Borràs no mencionó en ningún momento la palabra indulto, pero pidió al tribunal que formalizara su petición de perdón y que suspendiera su ingreso en prisión mientras el Gobierno tramitaba la medida de gracia.
El ministerio público no ve inconveniente en suspenderla, siempre que el tribunal “eleve al Gobierno la petición de indulto acordada”, aunque solicita que se ejecuten la pena de 13 años de inhabilitación y la multa de 36.000 euros que se le impusieron en sentencia.
La sentencia del TSJC reconocía que la pena que correspondía a Borràs por el delito de falsedad documental, castigado con cuatro años y medio de cárcel como mínimo, era “desproporcionada y excesiva” para los hechos cometidos por la exdirigente de Junts, teniendo en cuenta que si fraccionó los contratos de la ILC fue para adjudicarlos de forma “arbitraria” a su amigo, no para obtener con ello un “lucro personal”.
En la vista de apelación celebrada en el Tribunal Supremo por la sentencia, la Fiscalía, que no la recurrió, ya sostuvo que el indulto planteado por la sala era “pertinente” por tratarse de una pena “excesiva”.
La Fiscalía también es favorable a la suspensión de las penas de dos años y un año y dos meses de cárcel que el TSJC impuso a los otros dos condenados: Isaías H., el amigo de Borràs adjudicatario de los contratos, y Andreu P., quien se prestó a hacer facturas falsas para encubrir las irregularidades. Ambos condenados negociaron con la Fiscalía un acuerdo, antes del juicio, para delatar a Borràs a cambio de una rebaja de condena.
En el caso de Isaías H., el ministerio público apoya la suspensión de la pena dada la “colaboración y arrepentimiento” mostrados en el juicio y una vez acreditado que ha superado su adicción a las drogas y ha abonado la multa impuesta.
Respecto a Andreu P., tampoco se opone a la suspensión de la pena ni a que se le amplíe el plazo para pagar la multa fijada en sentencia, dado que la empresa que tenía ha sido declarada en concurso de acreedores y disuelta, lo que le ha supuesto una pérdida de ingresos.
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