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La Justicia concluye que la Ley Celaá no blinda la inmersión en catalán: “El castellano es lengua vehicular”

Escuela en Catalunya

Oriol Solé Altimira

29 de marzo de 2021 19:17 h

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La ley educativa aprobada finales del año pasado no blinda la inmersión lingüística en Catalunya. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en una reciente sentencia en la que los magistrados anulan el proyecto lingüístico de dos centros de Barcelona y Abrera y les obligan a que un mínimo del 25% de sus clases sean en castellano.

Por primera vez los jueces se expresan sobre la nueva ley educativa del Gobierno, conocida como 'Ley Celaá', que recibió el apoyo de ERC porque, según los republicanos, se protegía la inmersión lingüística en catalán. Los magistrados niegan la mayor y concluyen que la norma “no cambia las cosas”, pues la obligación de que el castellano sea lengua vehicular en las escuelas catalanas “deriva directamente de la Constitución”. La nueva normativa está en vigor desde diciembre del año pasado y el PP llegó a acusarla de “atacar al castellano”, algo que también desmiente la resolución del TJSC.

Los magistrados recuerdan que la nueva norma asegura que pretende “revertir los cambios promovidos” por la denominada 'ley Wert' del Gobierno del PP, pero matizan que estas modificaciones no afectan a la inmersión: “Los cambios no se refieren a la utilización del castellano como lengua vehicular, al menos en la larga y extensa exposición de motivos ninguna referencia se hace al régimen de las lenguas vehiculares”.

“La mención de que el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado” que sí contenía 'la ley Wert', abundan los jueces, “no altera” ese estatus que ya le dio la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, y las que, en aplicación de ese fallo, realizaron el Tribunal Supremo y el propio TSJC. La última, precisamente, fue la de la sección 5a de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC que el pasado mes de diciembre acabó con la inmersión lingüística y obligó a que un mínimo del 25% de clases fueran en castellano.

En aplicación de toda la jurisprudencia y tal y como le habían pedido dos familias, el TSJC anula el proyecto educativo de dos escuelas de Barcelona y Abrera. En su resolución del pasado 23 de marzo, los magistrados de la sección 5a de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC obligan a las dos escuelas públicas a garantizar el 25% de clases en castellano para todos los alumnos, no solo para los hijos de los padres que recurrieron.

Para la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB), que ha asesorado a las familias recurrente, la sentencia del TSJC es un éxito y tiene “trascendencia histórica” pues no solo empieza a aplicar en casos concretos la doctrina del 25% en las dos escuelas concretas, sino que abre la puerta a cambiar “todos los proyectos lingüísticos de los centros educativos públicos de Catalunya”. La AEB ha anunciado que en los próximos días solicitará formalmente al departamento de Educación que dicte instrucciones para que todos los proyectos lingüísticos reconozcan el castellano y el catalán como lengua vehiculares de enseñanza.

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