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El Supremo rechaza que Junqueras salga de la cárcel para recoger el acta de eurodiputado

Los acusados piden al Supremo que la cuestión catalana vuelva a la política

Oriol Solé Altimira

El Tribunal Supremo ha impedido por primera vez a un líder del procés tomar posesión de un cargo político ganado en las urnas. El Alto Tribunal ha rechazado que Oriol Junqueras asista al Congreso de los Diputados el próximo lunes para jurar o prometer el cargo de eurodiputado, el último trámite necesario en España para recoger el acta y poder acudir el 2 de julio al pleno de constitución de la Eurocámara.

En un auto, los magistrados reconocen que restringen los derechos políticos del exvicepresident al denegarle el permiso para recoger el acta, pero argumentan que se trata de una “limitación temporal” condicionada al “pronto desenlace” de la causa del procés. Esto es, que la sentencia no se demorará muchos meses, tal y como explicó este diario. “De hecho, la deliberación se encuentra en su fase inicial”, avanza el auto redactado por el presidente del tribunal del procés y de la Sala Penal, Manuel Marchena.

Los togados señalan que asegurar la sentencia de un proceso penal, en este caso de la causa del procés, es un objetivo “constitucionalmente legítimo y propio de una sociedad democrática” que debe preservarse. Y según los magistrados, permitir a Junqueras obtener el acta y acudir a Bruselas no solo pondría en peligro la emisión de la sentencia, sino que dejaría “irremediablemente menoscabada la realidad del proceso penal”.

En este sentido, los magistrados exponen que el trámite de jura o promesa del cargo del próximo lunes en el Congreso es la primera parte de un único proceso para ser eurodiputado, que culmina el 2 de julio en el pleno de constitución de la Eurocámara. Si se le deja prometer el cargo en Madrid, Junqueras ya podría ir a Bruselas. Y es este viaje el que el Supremo quiere evitar.

“El desplazamiento a Bruselas del Sr. Junqueras pondría en un irreversible peligro los fines del proceso”, advierten los magistrados, que fundamentan el veto en dos motivos. Por un lado, porque desde el momento en que Junqueras abandonara España el Supremo perdería el control sobre la medida cautelar de prisión provisional que pesa sobre el exvicepresident. Pero además, Bruselas “es el lugar en que uno de los procesados en rebeldía dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidencia él encarnaría”, aseveran los magistrados en referencia a Carles Puigdemont.

El tribunal ha tomado esta decisión después de la discrepancia entre la Fiscalía –que pidió denegar la salida de la cárcel– y la Abogacía del Estado –quien apoyó la excarcelación–. El Ministerio Público argumentó que con la obtención del acta Junqueras adquiría el derecho a la inmunidad parlamentaria, y ello obligaría a paralizar la emisión de la sentencia del juicio del procés hasta que el Parlamento Europeo diera el visto bueno a retirarle la inmunidad.

“La posibilidad de acordar la suspensión de este proceso penal no constituiría un ejercicio razonable y proporcional de las prerrogativas parlamentarias”, indicó el fiscal. Por contra, la Abogacía del Estado consideró que sí debía autorizarse su salida de prisión para jurar o prometer la Constitución ante la Junta Electoral Central para “no menoscabar la titularidad del derecho de participación política” del exvicepresident de la Generalitat.

Hasta este viernes el Supremo no había tomado una decisión de tanta relevancia. Cabe recordar que en fase de instrucción el juez Llarena había permitido tomar posesión de sus cargos a los diputados electos en el Parlament, que permanecieron en prisión provisional delegando el voto en otros parlamentarios. Y hace tan solo un mes, Marchena permitió a Junqueras y al resto de diputados electos de JxCat y ERC acudir a la sesión de Constitución del Congreso para tomar posesión de sus cargos. Tres días después fueron suspendidos como diputados.

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