El tribunal de Estrasburgo pide a España y a los exconsellers confirmar que el Supremo ha rechazado la amnistía
Novedades desde Estrasburgo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha reclamado información sobre las “consecuencias” de la ley de amnistía sobre los líderes independentistas que demandaron a España por la vulneración de derechos fundamentales que, a su juicio, realizó el Tribunal Supremo en la causa del procés.
El escrito del TEDH, fechado el 18 de octubre, implica que los jueces de Estrasburgo quieren una corroboración oficial de algo que ya es público y ampliamente relatado por la prensa española y europea, esto es, el rechazo del Supremo a amnistiar a los exconsellers.
La solicitud de los jueces llega después de que España, a través de la Abogacía del Estado, respaldara por completo la actuación del Supremo en un escrito en el que se mencionaba la aprobación de la ley de amnistía, pero se obviaba por completo la negativa del Alto Tribunal a aplicar la ley a los dirigentes soberanistas.
En un escrito, adelantado por El Nacional y al que ha tenido acceso elDiario.es, el TEDH reclama tanto a la Abogacía del Estado como a los dirigentes soberanistas que le informen sobre la “aplicación” de la ley de amnistía así como sus “consecuencias” en cada uno de los nueve líderes soberanistas que fueron condenados por el Supremo y que demandaron a España por varias vulneraciones de derechos fundamentales.
Los jueces han dado de plazo a las partes hasta el próximo 15 de noviembre para responder. El TEDH es la instancia europea ante la que los presos indultados del procés tienen las esperanzas puestas para que se acojan sus denuncias de vulneración de derechos fundamentales que una mayoría de jueces del Supremo y el Constitucional han desestimado.
Tras mostrar interés en el caso, el TEDH admitió a trámite las demandas independentistas el año pasado y dio un plazo de alegaciones a España. Entre otras cuestiones, los jueces europeos a España preguntaron a España si el Supremo aplicó de forma “expansiva” el delito de sedición o si los líderes del procés fueron condenados por un “ejercicio legítimo” de sus derechos a la libertad de asociación y expresión.
La Abogacía del Estado, en su escrito de alegaciones del pasado mes de agosto, omitió el hecho de que el Tribunal Supremo se negó a aplicar la amnistía, lo que fue aprovechado por Jordi Pina, abogado de Jordi Turull, para recordar al TEDH que el Supremo no había aplicado la ley de amnistía a su cliente.
En su requerimiento, el TEDH recuerda a las partes su deber de informar de “cualquier desarrollo ulterior” relativo a las demandas que están en curso. En su escrito de respuesta al TEDH, el abogado Jordi Pina sostiene que la ley de amnistía “no ha producido ningún efecto” sobre su cliente, por lo que continúa inhabilitado para ejercer cualquier cargo público hasta 2030.
El convenio y la jurisprudencia del TEDH exigen que los demandantes puedan acreditar a lo largo de todo el procedimiento su condición de víctimas de vulneraciones de derechos.
De haberse aplicado la amnistía, las demandas de los dirigentes del procés hubieran tenido más opciones para archivarse, aunque el TEDH podría haber decidido igualmente estudiar las vulneraciones de derechos denunciadas durante la instrucción del caso, como la competencia del Supremo o la prisión preventiva. La negativa del Supremo a amnistiar a los líderes del procés, sin embargo, hace que el TEDH no pueda archivar la causa directamente y tenga que estudiarla a fondo.
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