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CV Opinión cintillo

Pasado y futuro del diálogo social

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En un reciente Seminario organizado por la Cátedra Interuniversitaria de Diálogo Social de la Universidad de Alicante, con participación de varios expertos en la materia, se han analizado los referentes teóricos, históricos y prácticos del sistema de concertación social e institucional (sindicatos, patronales y Gobierno) desarrollado en nuestro país en las últimas cuatro décadas y que ha operado, en muchas ocasiones, como contrapunto a la polarización y crispación en el ámbito político.

Algunas precisiones conceptuales

El sintagma diálogo social y los derivados incluidos en su mismo campo semántico resulta altamente polisémico y de difícil delimitación conceptual, en su doble dimensión de proceso (concertación, negociación) y producto (contrato, pacto, convenio).

Conectado, en origen, con una larga tradición en el campo de la filosofía política y la sociología (desde Hobbes, Locke y Rousseau hasta Ralws), en su más amplia acepción la noción de contrato social ha operado como clave de bóveda en la construcción de las modernas sociedades democráticas.

En términos más estrictos se utiliza la definición de diálogo social de la OIT, institución que por su origen y composición tripartita mejor representa la implementación práctica de dicho concepto, entendido como “la interacción del Gobierno, empleadores y trabajadores (a través de sus representantes) como organizaciones autónomas para buscar soluciones a asuntos de interés común”.

Si bien el concepto se refiere preferentemente a las relaciones de comunicación, consulta, negociación y participación de los agentes sociales para la regulación de las relaciones laborales, en los últimos tiempos el modelo de diálogo social trasciende dicho espacio y resulta funcional para la formulación y desarrollo de políticas públicas en otros ámbitos (educación, sanidad, vivienda…) y, de manera más general, para el fortalecimiento de la convivencia ciudadana y la calidad democrática.

Y es que el diálogo social no opera sólo como método de interlocución e intermediación de intereses entre organizaciones representativas del capital y el trabajo para la articulación de acuerdos socio-económicos, lo que se ha definido también como corporatismo, sino que contribuye al desarrollo de una nueva cultura cívica, a la expansión de lo que Coleman y Putnam definen como capital social, es decir un conjunto de normas, asociaciones y redes de la sociedad civil constituidas sobre relaciones de confianza (horizontal/vertical), reciprocidad y legitimidad compartida.

Un poco de historia

La primera configuración institucional del Diálogo Social fue la creación de la OIT en el marco del Tratado de Versalles (1919) que se consolidaría, progresivamente, como la agencia internacional de composición tripartita y dedicada a la codificación de normas reguladoras (Convenios y Recomendaciones) de la negociación entre las partes (Gobiernos, sindicatos y patronales) para la promoción del trabajo decente en el marco de unas relaciones laborales que permitan compatibilizar el desarrollo económico y la cohesión social.

Tras la crisis financiera de 1929 se registraron las primeras concreciones prácticas de diálogo social: New Deal roosveltiano (1933), Acuerdo de Paz Laboral (Suiza, 1937), Acuerdo Básico de Saltsjöbaden (Suecia, 1938)…, si bien su mayor y mejor expansión tuvo lugar tras la IIª Guerra Mundial a los largo de los siguientes Treinta Gloriosos (1945-1975) durante los que el acuerdo y la convergencia entre gobiernos y agentes sociales fueron pilares consustanciales en el diseño y desarrollo del Estado de Bienestar en los principales países democráticos desarrollados.

El modelo corporatista de diálogo y concertación social, de orientación mayoritariamente socialdemócrata (aunque defendido también por algunos gobiernos demócrata-cristianos) de aplicación en la Europa continental, comenzó a entrar en crisis a partir de la segunda mitad de los años setenta cuando la hegemonía keynesiana fue impugnada por las nuevas corrientes neoliberales procedentes del área anglosajona (Reagan, Thacher), que reivindicaban la autorregulación del mercado y rechazaban como disfuncionales tanto la intervención normativa y reguladora de los Estados como los acuerdos entre sindicatos y empresarios de cobertura colectiva y objetivos re-distributivos.

El diálogo social en España: de los Pactos de la Moncloa a los ERTEs

Habida cuenta de que el diálogo social requiere como condición sine qua non la existencia en libertad, autonomía y capacidad de interlocución de las partes potencialmente participantes (sindicatos, patronales) y, en su dimensión tripartita de los Gobiernos democráticos, sus primeros ensayos en nuestro país sólo pudieron iniciarse, no sin dificultades, tras la recuperación de la democracia y el reconocimiento de los derechos de asociación, negociación y huelga, con la aprobación de la Ley de Asociación Sindical (abril de 1977) y la ratificación gubernamental de los Convenios fundamentales de la OIT, lo que suponía el reconocimiento de dos condiciones básicas e imprescindibles: la existencia de un conflicto de intereses capital/trabajo y la capacidad de sindicatos y asociaciones empresariales para agregar, representar y defender dichos intereses, desde la autonomía colectiva y su regulación normativa a través de los convenios colectivos de ámbito general, sectorial y de empresa.

De entonces a hoy el diálogo social ha pasado en nuestro país por diferentes etapas con formatos, cobertura y resultados desiguales. Pese a iniciarse en las peores condiciones (transición política, crisis económica, fragilidad social) y cuando el modelo corporatista europeo presentaba síntomas de agotamiento, la cultura del diálogo y la concertación social ha alcanzado un alto grado de aceptación y legitimidad.

El ciclo se inició con los Pactos de la Moncloa (octubre de 1977) como un acuerdo político con apoyo sindical que sentó las bases de la nueva política económica (fiscalidad, Seguridad Social, inversión pública en sanidad, educación, infraestructuras…) y el consenso parlamentario que haría posible la Constitución de 1978 que confirió especial relevancia a la intervención de los agentes sociales, posteriormente desarrollada en el Estatuto de los Trabajadores (1980) y la Ley Orgánica de Libertad Sindical (1985).

La década de los ochenta fue la de los grandes acuerdos (macro-concertación) que contribuyeron a paliar los efectos de la grave crisis económica y consolidaron el nuevo modelo de relaciones laborales (elecciones sindicales, negociación colectiva, regulación salarial…).

Desde entonces el modelo de diálogo social pasó por diferentes fases de crisis y recuperación, derivados tanto del ciclo económico y la evolución del mercado de trabajo como de la gestión política de los sucesivos gobiernos, con importantes episodios de conflictividad laboral (huelga general del 14 de diciembre de 1988).

A partir de los años noventa se abandona el modelo de pactos globales casi de suma cero y se ensayan otras formas, ámbitos y contenidos definidos como meso-concertación: acuerdos sociales de nivel autonómico (como los PEV de la Generalitat Valenciana presidida por Joan Lerma), sectorial (Convenios generales de Química, Construcción…) y/o temático (formación profesional, salud laboral, igualdad de género…) que trataron de hace frente, con resultados desiguales, a la creciente precarización del mercado de trabajo. En este punto, fueron especialmente significativos los llamados acuerdos de abril de 1997 en materia de estabilidad en el empleo, derogación de las viejas Ordenanzas Laborales y nueva articulación de la negociación colectiva.

Igualmente importante fue el Acuerdo para la Solución Extrajudicial de los Conflictos Colectivos (ASEC) firmado por sindicatos, patronal y gobierno en enero de 1996, y renovado regularmente desde entonces, por el que en el ejercicio de la autonomía de los agentes sociales se desarrollaba el artículo 37,2 de la Constitución y se creaban instancias para la mediación, arbitraje y conciliación en el ámbito de las relaciones laborales. Se trata de un ejemplo claro de lo que se denominará legislación negociada, resultante de la traslación a rango de Ley, a instancias del Gobierno, de los acuerdos negociados entre los agentes sociales.

En las dos últimas décadas se sucedieron períodos de crecimiento y grandes crisis de alcance global que hicieron tambalear las bases económicas, sociales, institucionales e, incluso, civiles del sistema…, aunque los modelos de gestión aplicados en cada caso han sido muy diferentes, lo que explica asimismo el impacto resultante.

Mientras que la crisis financiera se gestionó de forma unilateral por el Gobierno conservador, tanto en su regulación legal (reforma laboral de 2012) como económica (recortes, congelación salarial) y social (despidos, debilitamiento de la negociación colectiva y ofensiva anti-sindical), la gobernanza de la crisis provocada por la COVID impulsada por el gobierno progresista representa un auténtico cambio de paradigma, tanto por la metodología utilizada (diálogo social e institucional) como por las estrategias desarrolladas de carácter legal (reforma laboral negociada, de 2021) y socioeconómico (inversión pública, incremento del SMI, ayudas a trabajadores y empresas, reforzamiento de la negociación colectiva).

Desde entonces, y hasta la declaración oficial del fin de la pandemia (4 de julio de 2023) se negociaron más de 20 acuerdos sociales, desde los referidos estrictamente a la prórroga de los ERTEs y la defensa del empleo a los dedicados a regular el teletrabajo, los riders, los aumentos del SMI (hasta un 47% más), el IMV (que reciben ya más de dos millones de beneficiarios) y, sobre todo, la Reforma Laboral (RD-L 32/2021) que ha contribuido, decisivamente, a a la creación de empleo pese a la crisis (21,2 millones, según la última EPA) y a la reducción, prácticamente a la mitad, de la tasa de precariedad contractual hasta situarse actualmente en el 17,3%.

Durante todo el proceso se habrían salvado medio millón de empresas y más de una cuarta parte del empleo cubierto por las prestaciones gestionadas por el SEPE o, dicho de otro modo: si no se hubieran activado los ERTE se estima que el paro habría alcanzado el 32,8%.

Se trata, sin duda, de un balance positivo que cabe imputar, por igual, al compromiso del Gobierno y a la responsabilidad de los agentes sociales que, además de participar en el diseño e implementación de los grandes acuerdos han seguido desarrollando una amplia red de micro-concertación a través de la negociación colectiva (alrededor de 4.000 convenio anuales que regulan las condiciones laborales de más de 12 millones de asalariados) para lo que, con periodicidad plurianual, patronal y sindicatos adoptan los Acuerdos para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), el último de los cuales se firmó el pasado 10 de mayo y permitirá articular las relaciones laborales de nuestro país durante los dos próximos años y que, de momento, ha permitido ya recuperar parte del poder adquisitivo perdido por los salarios ante el incremento de la inflación provocada por la guerra de Ucrania.

En definitiva, durante estas cuatro décadas y, muy especialmente, en los últimos años, España se ha convertido en un referente del Diálogo Social a nivel internacional, como se ha constatado en las recientes cumbres de la OCDE y la UE sobre la materia (octubre’2023).

Se trata, finalmente, de un modelo con voluntad de continuidad, como acredita el acuerdo programático (España avanza) del nuevo Gobierno de coalición en el que se declara, formalmente, que:

“El diálogo social seguirá siendo una herramienta fundamental en el ámbito laboral, abriendo a la participación de las organizaciones empresariales y sindicales los procesos de toma de decisión sobre las materias que conforman el sistema de relaciones laborales de nuestro país”

para seguidamente presentar un total de 24 medidas que deberán ser objeto de negociación, entre las que cabe destacar la aprobación de un nuevo Estatuto del Trabajo del siglo XXI, la reducción de la jornada laboral, un pacto de rentas por la estabilidad de los precios y la recuperación salarial, el incremento del SMI hasta alcanzar el 60% del salario medio, como establece la Carta Social Europea, un plan de choque frente al paro de larga duración, avanzar en materia de democracia industrial mediante la regulación de la participación de los trabajadores en las empresas…

Son, sin duda, objetivos ambiciosos que pueden, y deben, convertir al diálogo social en el contrapunto necesario al exceso de crispación que se está instalando en al ámbito político, al tiempo que permitirán avanzar hacia mayores cotas de crecimiento económico y equidad social. 

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