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El Congreso pone fin al “error” que desprotegió a trabajadores que adaptan su jornada para cuidar frente al despido

La ministra de Igualdad, Ana Redondo. EFE/ Daniel González

Laura Olías

19 de diciembre de 2024 15:58 h

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El Congreso de los Diputados ha eliminado el “error” del Ministerio de Igualdad que desprotegió los despidos de trabajadores que adaptan su jornada para cuidar, que se detectó el pasado agosto. Cuatro meses después, el Parlamento ha aprobado este jueves definitivamente la Ley Orgánica de eficiencia del Servicio Público de Justicia, la vía que eligió el Gobierno de coalición para eliminar este “error” vía enmienda. No obstante, el error se mantendrá tres meses más, dado que es el plazo para la entrada en vigor de la ley de eficiencia procesal.

La legislación ha sido ratificada este jueves, cuando se ha rechazado el veto presentado por el Partido Popular en el Senado, aunque había muchas dudas de que así fuera.

La votación sobre la ley de eficiencia procesal, clave en muchas materias para el Ministerio de Félix Bolaños, ha estado peligrando durante los últimos días por el aviso de Podemos de un posible apoyo del veto del PP si no se arreglaba una enmienda del PNV que, según la formación morada, permitirá “agilizar los desahucios”.

Finalmente, el veto ha sido rechazado y la ley ha salido adelante en el Congreso para su entrada en vigor, que incluye una enmienda con la eliminación de este “error” que desprotegía los despidos de trabajadores y trabajadoras que tienen una adaptación de sus jornadas laborales para cuidar.

Qué se ha eliminado

En concreto, la ley aprobada este jueves volvió a incluir en el artículo 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores, en sus apartado que recogen varias situaciones expresamente reconocidas como despidos nulos, la extinción de contratos de personas trabajadoras que “hayan solicitado o estén disfrutando de las adaptaciones de jornada previstas en el artículo 34.8”.

El artículo 34.8 regula el derecho de los trabajadores “a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”.

Así, el despido de estos trabajadores y trabajadoras con adaptaciones de jornada para cuidar vuelve a estar blindada con la nulidad.

El Ministerio de Igualdad eliminó por “error” esta protección especial en las adaptaciones de jornada cuando incluyó otras nuevas, la nulidad del despido de víctimas de violencia de género, a través de la Ley de Paridad, que entró en vigor a finales de agosto.

Tres meses más para su entrada en vigor

El Ministerio de Yolanda Díaz habló de un “error técnico desafortunado” del departamento de Igualdad, cuando al incluir a las víctimas de violencia de género eliminó del redactado a las acogidas a las adaptaciones de jornada. El Ministerio de Ana Redondo se comprometió a subsanarlo “tan pronto como fuera posible”.

Con la Ley de Paridad ya publicada en el BOE, la intención de Igualdad fue corregirlo “vía enmienda tan pronto se reinicie la actividad parlamentaria”, apuntaron a este medio.

Finalmente, el error se ha subsanado este jueves, cuatro meses después, una vez la ley de eficiencia procesal ha regresado en segunda vuelta al Congreso y ha sido ratificada por la mayoría parlamentaria. Ahora, la ley queda lista para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor, que se contempla de manera mayoritaria –incluida esta cuestión– “a los tres meses de su publicación” en el BOE. Es decir, para marzo.

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