La portada de mañana
Acceder
Lobato determinará si el correo de la pareja de Ayuso escala hasta la Moncloa
Un mes después en la 'zona cero' de la DANA: drama de puertas para dentro
Opinión - ¡Nos comerán! Por Esther Palomera

CLAVES

Preguntas y respuestas del nuevo complemento de maternidad de las pensiones de 378 euros anuales por hijo

Laura Olías

2 de febrero de 2021 18:04 h

0

El Gobierno ha aprobado este martes el nuevo complemento de maternidad de las pensiones, de una cuantía fija de 378 euros anuales por hijo. Su objetivo es reducir la brecha de género en las prestaciones que reciben hombres y mujeres, que ahora se sitúa en el 30% de media. El mecanismo aprobado modifica sustancialmente el complemento de maternidad vigente hasta el momento, aprobado por el Gobierno de Rajoy y que la justicia europea consideró que discriminaba a los hombres.

Aunque ya se puede consultar en el BOE la letra pequeña del decreto que regula el complemento, a continuación se recogen algunas claves de la medida.

¿Qué da derecho a recibir este complemento?

Tener hijos. Desde el primer hijo biológico o adoptado (y hasta un máximo de cuatro), uno de sus progenitores tendrá derecho a percibir una compensación en sus pensiones. Esta es una novedad respecto al actual complemento de maternidad, que solo podían percibir las madres a partir del segundo hijo.

¿Quién percibirá el complemento?

En general, mujeres. Pero no necesariamente y esta es otra modificación respecto al anterior modelo: podrán percibirlo hombres si cumplen los requisitos y lo piden.

El complemento está pensado para compensar la alteración en las carreras profesionales que suelen sufrir las mujeres tras tener o adoptar hijos y que, a la larga, se traduce en pensiones más bajas. Así, lo percibirá el progenitor que acredite un mayor perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija. En una amplia mayoría, estas personas serán mujeres, pero si lo fuera un hombre, él recibiría el complemento en su pensión. Eso sí, “siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer”.

Y, ojo, si el hombre no lo solicita, se reconocerá a la mujer: “El derecho al complemento por cada hijo o hija se reconocerá o mantendrá a la mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor”, reza el decreto.

¿Qué pasa si el perjuicio es el mismo entre los progenitores?

“Si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre, contribuyendo así a la reducción de la brecha de género”, explica en una nota la Seguridad Social.

¿Cómo se asigna si los progenitores son dos hombres o dos mujeres?

En el caso de que las dos progenitoras sean mujeres, el complemento “se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía”, añade.

Si los dos progenitores son hombres, se asignará al que cumpla los requisitos de afectación en la carrera laboral requeridos en el decreto (aquí descargable en PDF). Si los cumplen ambos, “se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía”.

¿Cuánto dinero supone el complemento?

La compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales por cada hijo. Se traduce en 27 euros mensuales por hijo, en 14 pagas. Hay un máximo: “La cuantía a percibir estará limitada a cuatro veces el importe mensual fijado por hijo o hija”. Es decir, 108 euros al mes.

De nuevo, este sistema supone un cambio sustancial respecto al modelo actual, en el que el complemento de maternidad suponía un incremento porcentual en la pensión de las mujeres, que aumentaba con el número de hijos. El complemento incrementaba un 5% la pensión para las madres con dos hijos, un 10% en el caso de que tuviera tres hijos y un 15% para las madres con cuatro o más hijos.

¿Se gana o pierde dinero con el nuevo mecanismo?

Si solo se tiene un hijo, se gana siempre con el nuevo complemento de maternidad, porque el anterior no daba derecho a cobrar nada.

Con dos o más hijos, dependerá del caso. El ministro José Luis Escrivá ha explicado que el mecanismo se ha hecho “más redistributivo” y que beneficiará más a las personas que perciban pensiones más bajas. Al contrario, perjudicará a las beneficiarias de pensiones elevadas, que percibirían un complemento mayor con la anterior legislación. Y también puede perjudicar en los casos de un mayor número de hijos, aquellos en los que el porcentaje de incremento que se aplicaba en el anterior mecanismo era del 15%.

Según los cálculos difundidos por la Seguridad Social, en el caso de tener dos hijos, el nuevo sistema será en general beneficioso: para la pensión mínima supone un incremento del 8% y para la pensión media, un aumento del 6%.

¿En qué pensiones se aplicará este complemento?

Se reconocerá en todas las modalidades de pensión (jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad), salvo la jubilación parcial. En el modelo anterior de complemento, no lo percibían las mujeres que se hubieran jubilado de manera anticipada.

¿Qué ocurre con las pensiones que ya tienen el anterior complemento de maternidad?

Que se continúa aplicando la legislación anterior, según ha explicado José Luis Escrivá. Así, el nuevo complemento se aplicará para las pensiones que se causen a partir de su entrada en vigor, este jueves 4 de febrero.

¿Cómo se actualizará este 'plus' por hijo?

En los Presupuestos Generales del Estado. La cuantía de 378 euros por hijo “se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones”, explica la Seguridad Social. Es decir, que si hubiera estado vigente el año pasado, este 2021 el complemento hubiera aumentado un 0,9%.

¿Se puede recibir si se tiene derecho a la pensión máxima?

Sí, la Seguridad Social informa en un comunicado que el complemento “no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión”.

¿Hasta cuándo estará vigente el complemento?

La regulación establece que la medida estará en vigor mientras la brecha de género de las pensiones sea superior al 5%.