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El TC declara inconstitucional la modificación de la Ley del Suelo que dio vía libre a Valdecañas

Vista de la urbanización de Valdecañas

J.C.D.

  • En un auto previo el TSJEX señalaba que la norma regional, que permitió la homologación del proyecto de Valdecañas, contradice la Ley estatal del Suelo y pretendía eludir el cumplimiento de las sentencias previas

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la modificación realizada en 2011 a la Ley del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (LSOTEX), que respaldó legalmente al complejo turístico Marina Isla Valdecañas. Se trata de un fallo que emite tras la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el TSJEX en torno a este asunto.

El TSJEX planteaba en su escrito previo que la norma regional contradice la Ley estatal, porque permite que suelos clasificados como no urbanizables, incluidos en la Red Natura 2000, sean objeto de transformación urbanística, “vulnerando la normativa básica del Estado que prohíbe este tipo de desarrollo en el suelo no urbanizable”. A ello añade en su auto previo que la Ley 9/2011 tiene la finalidad de “eludir el cumplimiento de las sentencias” emitidas por el TSJ de Extremadura y del Supremo.

Precedentes

El precedente se encuentra en el Proyecto de Interés Regional (PIR) “Marina Isla de Valdecañas”, aprobado por el Gobierno regional en 2007. Fue declarado nulo a través de dos sentencias (una del TSJEX en 2011 y otra en 2014 desde el Supremo, que lo ratificó).

Tras la primera sentencia contraria salía adelante en sede parlamentaria en 2011 la modificación del artículo 11 de la Ley extremeña del suelo, que permitió la homologación del proyecto urbanístico. El nuevo texto establecía que “la mera inclusión de unos terrenos en la Red Natura 2000 no determinará, por sí sola, su clasificación como suelo no urbanizable”.

Apuntaba igualmente que pueden ser objeto de una transformación urbanística compatible con la preservación de los valores ambientales necesarios “para garantizar la integridad del área, ”y comprendiendo únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que expresamente se autoricen en el correspondiente procedimiento de evaluación ambiental“.

“Respeto a la sentencia”

Las sentencias emitidas hasta el momento obligan al Ejecutivo extremeño a demoler lo construido y a restituir los terrenos a su estado original. La Junta presentó ante el TSJEx un escrito en el que exponía la “inejecución de la sentencia”, de modo que queda pendiente de resolverse el principal debate en torno a Valdecañas.

El presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, ha mostrado su respeto al fallo del Constitucional. Cabe recordar que el Constitucional ha declarado inconstitucional la reforma de la Ley del Suelo aprobada por la Asamblea en el año 2011, con los votos de PSOE y PP.

Vara señala que, de la misma manera que cuando hace unos meses el Tribunal Constitucional avaló el impuesto a las eléctricas, respetó lo que dijo el Constitucional, también lo respeta ahora.

Ha mostrado su deseo de que finalice todo el proceso cuando la sala del TSJEX resuelva definitivamente el incidente de inejecución, recoge Canal Extremadura Radio.

“Hay que derribarlo”

Ecologistas en Acción ha emitido un comunicado en muestra su deseo de que se cierre el debate sobre la imposibilidad legal de ejecutar las sentencias sobre Valdecañas “y la pretensión de la Junta de Extremadura de seguir urbanizando espacios protegidos de la Red Natura 2000”.

Las organizaciones ecologistas entienden que, con este pronunciamiento del Tribunal Constitucional, se cierra el debate sobre la imposibilidad legal de ejecutar las sentencias sobre Valdecañas. “Al mismo tiempo debilita los argumentos planteados por la Junta de Extremadura respecto a la imposibilidad material, al entender el TC que la urbanización supone la desprotección y destrucción de facto del espacio afectado”.

De este modo Ecologistas en Acción y Adenex trasladan su satisfacción tras más de doce años de procedimiento y tres sentencias favorables. Instan a los responsables de este ‘desatino’ que asuman su responsabilidad “aceptando y ayudando a ejecutar las sentencias de restauración del espacio”. “Lo paradójico de esta situación es que sean las organizaciones ambientales las que sean objeto de una intensa campaña de desprestigio por defender la legalidad urbanística, el desarrollo sostenible y el medio ambiente en Extremadura”.

Recuerdan que la homologación por parte de la Junta de Extremadura del PIR Marina - Isla de Valdecañas fue recurrida tanto por ADENEX como por Ecologistas en Acción. Solicitaron que se plantease una Cuestión de Inconstitucionalidad porque “se trataba de una ley singular dictada para evitar los efectos de la sentencia y además contradecía la legislación básica estatal al permitir urbanizar suelo no urbanizable (en la actualidad suelo rústico) integrado dentro de la Red Natura 2000”.

Celebran que esta cuestión haya sido planteada finalmente por el TSJEX y haya sido estimada parcialmente por el Tribunal Constitucional (TC) en la cuestión planteada en dicho procedimiento por parte de ADENEX, por lo que es esperable que ocurra lo mismo con el resto de procedimientos pendientes de resolverse, como el de Ecologistas en Acción.

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