Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Tribunal de Estrasburgo avala que el Gobierno limitase el derecho de manifestación sindical en pandemia

Manifestación de la CUT el Primero de Mayo de 2021

Daniel Salgado

17 de octubre de 2024 11:57 h

0

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado la razón al Estado español y dictaminado que no violó el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la libertad de reunión y asociación al prohibir la celebración, promovida por el sindicato gallego Central Unitaria de Traballadores (CUT), del Primero de Mayo en 2020. Ante la pandemia de coronavirus, detectada en marzo de aquel año, la CUT había planteado una marcha en vehículos y con extremas medidas de protección -máscaras, solo una persona por coche- en Vigo. Pero ni la Delegación del Gobierno, ni el Tribunal -Superior de Xustiza de Galicia, ni el Constitucional lo permitieron. Y eso que, a finales de abril, habían comenzado la primera, y tímida, desescalada de las iniciativas gubernamentales para frenar la expansión del virus. Esas instancias políticas y judiciales se aferraron a una argumentación análoga a la que ahora dictamina el organismo comunitario en respuesta a la denuncia del sindicato: hubo equilibrio entre la “protección de la salud, los derechos y libertades de los otros” y los “requisitos de la libertad de reunión”.

Las autoridades, asegura la sentencia, “basaron sus decisiones en una evaluación aceptable de los hechos y con razones pertinentes y suficientes”. La interferencia en el derecho de reunión fue, añade, “necesaria en una sociedad democrática” y “no hubo violación” del mencionado artículo 11. El dictamen del tribunal con sede en Estrasburgo contiene, no obstante, un voto discrepante, redactado por el magistrado Mourou-Vikström. “La proporcionalidad de la prohibición fue en este caso problemática”, asegura, “en el que una prohibición general, sin considerar alternativas, se privilegió sobre la preservación de la libertad de reunión”.

La demanda presentada por la CUT exponía en los hechos de la denuncia que, por primera vez en sus entonces más de 20 años de historia “en un contexto de clara oposición al gobierno por la destrucción de puestos de trabajo, no pudo realizar su manifestación por haber sido declarada prohibida por dicho Gobierno”. Y durante la rueda de prensa en la que publicitó la admisión a trámite de la denuncia en Estrasburgo -algo no muy habitual- calificó de “farsa institucional” el poder judicial del Estado español.

Etiquetas
stats