La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por Endesa y ha confirmado la orden que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio adoptó en 2009, por la que se sancionó a la compañía a abonar 15,3 millones de euros por la emisión de partículas radiactivas en la central nuclear de Ascó I.
En una sentencia del pasado viernes, ponencia del magistrado Fernando de Mateo, la Sección Primera ratifica las cuatro infracciones graves de la Ley sobre Seguridad Nuclear a Endesa como explotador responsable del centro ubicado en la provincia de Tarragona, por los sucesos acontecidos el 26 de noviembre de 2007 y en fechas posteriores.
Por dichos hechos, recuerda el fallo, se incoaron diligencias penales contra varios directivos de la central nuclear, que concluyeron con el auto de sobreseimiento provisional de 13 de marzo de 2020 de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona, quedando suspendida la tramitación del recurso contencioso-administrativo por este hecho.
La primera sanción, que asciende hasta los 7.500.000 euros, es por la emisión de partículas radiactivas con potencial de superación de los límites de dosis normativamente establecidos, además de por no haberse establecido el control de contaminación externa del personal una vez descubierta la contaminación del emplazamiento. Esta multa también se impuso a Endesa por no haber clasificado, señalizado y delimitado radiológicamente las zonas de libre acceso de la central nuclear tras la detección de partículas radiactivas en dichas zonas.
Con información de Europa Press.