Hasta qué día puedes presentar la declaración de la Renta 2024-2025: esta es la fecha límite para hacerla

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 arranca oficialmente el 2 de abril de 2025 y se prolongará hasta el 30 de junio del mismo año. Es el plazo general establecido por la Agencia Tributaria para presentar, por Internet, tanto la declaración de la Renta como la de Patrimonio. No obstante, si el contribuyente opta por el pago mediante domiciliación bancaria, deberá presentarla antes del 25 de junio, ya que es el último día para autorizar el cargo en cuenta.
Atención telefónica y presencial: cuándo empieza
A partir del 6 de mayo Hacienda comenzará a prestar asistencia telefónica a quienes lo soliciten a través de una cita previa. Este servicio se extenderá hasta el final de la campaña, el 30 de junio. Para quienes prefieran la atención presencial, podrán acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria entre el 2 y el 30 de junio, también con cita previa. Las solicitudes para ambos tipos de atención —telefónica y presencial— podrán realizarse desde el 29 de abril (en el primer caso) o desde el 29 de mayo (en el segundo).

Cómo presentar la declaración
El proceso para presentar la declaración puede realizarse por tres vías: Internet, por teléfono o presencialmente. La vía telemática es la más rápida y directa, gracias al servicio Renta Web. Para acceder al borrador, el usuario puede identificarse mediante certificado electrónico o DNIe, número de referencia o Cl@ve PIN. Además, este año Hacienda ha lanzado un asistente virtual de Renta que permite consultar dudas frecuentes y acceder a respuestas personalizadas, además de un chat con especialistas dentro de su plataforma digital.
Cambios en los límites para estar obligado a declarar
Una de las novedades de esta campaña es la ampliación del umbral de ingresos para estar exento de declarar. Desde el 1 de enero de 2024, los contribuyentes con rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros anuales estarán exentos de presentar la declaración en determinadas condiciones, como cuando los ingresos provengan de más de un pagador o se reciban pensiones compensatorias. Para el resto, el límite se mantiene en 22.000 euros anuales. Quienes perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) siguen obligados a declarar, mientras que los perceptores del subsidio por desempleo solo deberán hacerlo si superan esos mínimos.

Reducciones por alquiler de vivienda
También hay cambios en materia de deducciones por alquiler. Para los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, se aplican nuevas reducciones de entre el 50% y el 90%, dependiendo de factores como si el inmueble está en una zona tensionada, si se alquila a jóvenes o si se han realizado obras de rehabilitación. Los contratos anteriores a esa fecha mantienen una reducción del 60%, según la disposición transitoria incluida en la normativa.
Obras de eficiencia energética y coches eléctricos
Por otro lado, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 la posibilidad de aplicar deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, que pueden llegar al 60% del coste en función del tipo de intervención. También siguen en vigor las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables (hasta 3.000 euros) y por la instalación de puntos de recarga (hasta el 15% del gasto).

Nuevas obligaciones y rentas exentas
La campaña también introduce nuevas obligaciones y exenciones. Por ejemplo, los contribuyentes deberán declarar las ventas en plataformas de segunda mano si superan los 2.000 euros anuales o realizan más de 30 operaciones en un año. En cambio, estarán exentas del IRPF determinadas ayudas relacionadas con la DANA de 2024, tanto para personas físicas como para empresarios y profesionales afectados por sus consecuencias.
Cambios en el modelo y nuevas formas de pago
Por último, el modelo de declaración incorpora este año una opción para presentar una autoliquidación rectificativa de forma más sencilla, con nuevas casillas específicas para justificar errores o discrepancias con la administración. Además, como novedad, Hacienda permitirá realizar el pago a través de Bizum o tarjeta bancaria, facilitando el proceso para quienes opten por abonar el importe resultante de su declaración.
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