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El Supremo de El Salvador ordena reabrir el caso del asesinato de los jesuitas españoles

Documentos desclasificados implicarían al alto mando en la muerte de Ellacuría

Jesús Bastante

en religiondigital.com —
8 de enero de 2022 22:15 h

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El 16 de noviembre de 1989, un escuadrón de militares entró en la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) de San Salvador y asesinó a seis jesuitas españoles y a dos mujeres. Ellos eran Ignacio Ellacuría –uno de los máximos exponentes de la Teología de la Liberación–, Ignacio Martín-Baró, Segundo Montes, Juan Ramón Moreno, Joaquín López y López y Amando López. Ellas, Elba y Celina, madre e hija, trabajaban en la casa donde vivían los religiosos.

En los años 90, un tribunal del país juzgó a una decena de militares como autores materiales, pero la ley de amnistía impidió juzgar a los señalados como autores intelectuales. Entre ellos, el expresidente Alfredo Cristiani, los generales Humberto Larios, Juan Bustillo, Francisco Fuentes, Rafael Zepeda, el fallecido René Emilio Ponce y el coronel Inocente Montano. Este último fue condenado en España en noviembre de 2020 a 133 años de prisión por estos asesinatos, después de que la Audiencia Nacional los calificara como crímenes contra la Humanidad.

“Justicia y verdad”

No era el primer asesinato rodeado de impunidad en El Salvador. Ya había ocurrido a finales de los años setenta con el crimen de Rutilio Grande, que será beatificado este mes en una ceremonia frente a miles de personas. O en 1980, tras el martirio del arzobispo Óscar Romero, que fue beatificado por el Papa Francisco en 2015 y canonizado años después.

Pero si el reconocimiento católico con la llegada de Bergoglio marcó un claro distanciamiento del poder político local, la sentencia en España supuso un punto de inflexión en el ámbito penal: a partir de ella, la Justicia salvadoreña recibió una nueva petición para reabrir el caso, que en un primer momento fue denegada por la Sala de lo Penal. Ahora, el Tribunal Constitucional ha ordenado que el proceso se reabra, después de admitir un recurso de amparo presentado por el fiscal general, Rodolfo Delgado. El Constitucional ha dado 10 días a la Sala de lo Penal para que “modifique” una resolución de 2020 en la que cerraba el caso, señalando en un texto dado a conocer el pasado miércoles que se “violó el derecho de acceso a la Justicia de las víctimas”.

“La decisión la recibimos con agrado porque responde a una demanda de justicia y de verdad, que tanto la Compañía de Jesús como la UCA y los familiares de las víctimas han reclamado desde que ocurrió la masacre”, manifestó el rector de la UCA, Andreu Oliva, quien resaltó un punto a favor de este posible nuevo proceso judicial: “La Audiencia Nacional española ya ha hecho casi toda la investigación necesaria”.

¿Qué decía la sentencia de la Audiencia Nacional ? El fallo, que llegó 31 años después de la matanza, estimó probado que los asesinatos fueron urdidos, planeados, acordados y ordenados por los miembros del Alto Mando de las Fuerzas Armadas salvadoreñas, del que formaba parte no solo Inocente Montano, sino también el entonces presidente de la República, Alfredo Cristiani, a quien la justicia salvadoreña se negó a entregar a España.

“Sin dejar testigos vivos”

Al ver amenazada su situación de poder y de control ante la ofensiva desarrollada en noviembre de 1989 por el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FLMN), el Alto Mando decidió ejecutar a Ignacio Ellacuría, rector de la Universidad y quien de forma más intensa intentaba llevar a las dos partes en conflicto a la paz, mediante el diálogo y la negociación.

Siguiendo un plan preconcebido, dieron la orden directa, personal y ejecutiva al coronel Guillermo Benavides –único condenado, hasta la fecha, en El Salvador– de ejecutar al jesuita “sin dejar testigos vivos de ello”, y pusieron bajo su mando a 40 soldados del batallón de élite Atlacatl, entrenados por el ejército de los Estados Unidos, fuertemente armados y equipados, por orden del mismo Alto Mando, a través del Jefe de Estado Mayor.

Fue una decisión “tan grave” como la de “ejecutar con el propio instrumento de seguridad del Estado”, deja claro el Supremo. Es decir, se adoptó “desde el poder establecido y utilizando las armas del poder frente a unas víctimas absolutamente indefensas a las que matan por unos teóricos ideales que tenían, y/o relacionándolos con movimientos de resistencia pública” y que “nada pudieron hacer para defenderse”.

En el fondo subyacía el papel de la Iglesia como mediadora para tratar de acabar con la sangrienta guerra civil salvadoreña, que les granjeó la enemistad de la extrema derecha, quien temía que en la negociación se les privase de sus privilegios, y dentro de la Iglesia se enfocó especialmente en la figura de Ellacuría.

Fue “un acto alevoso tendente a asegurar el crimen y a evitar cualquier opción de defensa” desde el mismo momento en que el Alto Mando de las Fuerzas Armadas “participó en la decisión de ordenar” asesinar tanto a Ellacuría como a los que se encontrasen allí, sin importar quienes, para que no hubiera testigos.

Las víctimas, que se encontraban durmiendo cuando fueron asesinadas, no tuvieron ninguna capacidad de defensa. No eran parte del conflicto armado, subraya el Supremo, de modo que el crimen “fue más allá de la gravedad y consecuencias del atentado” contra su vida, “pues pretendía aniquilar las esperanzas de paz de toda una sociedad, hostigada después de diez años de guerra interna”. Ahora, 32 años después, la memoria de Ellacuría y los mártires de la UCA puede fructificar, también, en un acto de justicia y reparación en El Salvador.

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