Que haya botellones no es un motivo por sí mismo para aplicar toques de queda. Debe haber muy alta incidencia de contagios para que esta medida esté justificada. Esta es la idea que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha acabado sacralizando en sus últimos dos autos, en los que rechaza sendas peticiones de la Generalitat de imponer restricciones a la movilidad nocturna a la mayoría de la población catalana, incluyendo zonas que están por debajo del umbral de incidencia que ella misma marcó, de 125 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos siete días. Una pretensión que los jueces consideran que no es sanitaria sino de control del orden público y para la que, sostienen, no puede utilizarse una medida tan restrictiva de derechos como el toque de queda.
Escribe Arturo Puente.