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El Consejo de Estado cree que los planes hidrológicos “pueden ser aprobados” pero pide “más claridad” sobre el caudal del Tajo

Canal del trasvase Tajo-Segura.
Europa Press —

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El Consejo de Estado considera que el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos para el periodo 2023-2027 “puede ser aprobado” aunque pide al Gobierno que introduzca “más claridad” en su redacción, integre la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la preservación de los caudales ecológicos y solvente “en especial” la falta de coordinación entre los planes hidrológicos del Tajo y del Segura.

El dictamen del Consejo de Estado, al que ha tenido acceso Europa Press, fue aprobado por unanimidad y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica este jueves. El informe estima que “no hay obstáculos” de índole procedimental para aprobar la norma propuesta, pero avisa al Ejecutivo de que algunas de las valoraciones y observaciones realizadas por este órgano consultivo durante todo el proceso de tramitación que “no han sido actualizadas tras la última redacción del Real Decreto”.

Así, el órgano consultivo recuerda la necesidad de revisar estos aspectos en la redacción final del documento. Del mismo modo, estima que “debe hacerse una completa revisión” del documento para actualizar su contenido en distintos puntos.

“Falta de coordinación” entre los planes de cuenca del Tajo y el Segura que afecta al trasvase

En cuanto a los planes hidrológicos del Tajo y del Segura, el dictamen del Consejo de Estado aprecia una “falta de coordinación” que el Real Decreto “no solventa” y avisa de que esto puede provocar no solamente una falta de coherencia entre los planes de cada confederación hidrográfica, sino también a “una afección relevante a un elemento de la planificación hidrológica nacional como es el trasvase del Tajo-Segura”.

De ese modo, observa que la “falta de coherencia” entre planes deriva de la circunstancia de que las confederaciones hidrográficas del Tajo y del Segura han confeccionado sus respectivos planes hidrológicos partiendo de escenarios diversos.

Por ello, añade que esa evaluación de resultados no se sigue “ninguna consecuencia” o efecto para las cuencas receptoras del trasvase del Tajo-Segura (al menos en el ciclo de planificación al que el proyecto se refiere).

Además, advierte de que la disposición adicional novena --en la que se determinan los caudales ecológicos del Tajo-- no cumple “adecuadamente” la función coordinadora para la que fue concebida en origen.

“Este Consejo considera que resulta necesario arbitrar un mecanismo eficaz para la coordinación de los planes hidrológicos de las cuencas del Tajo y del Segura, entre sí y en relación con la normativa reguladora del trasvase. Esta coordinación le corresponde, en último término, al Gobierno de la nación, que debe aprobar los planes hidrológicos en los términos que estime procedentes en función del interés general”, subraya.

La satisfacción del interés general demanda que el régimen de caudales ecológicos, completo y vinculante, que el plan del Tajo tiene necesariamente que establecer, sea compatible con un elemento de planificación hidrológica nacional como el del trasvase

Para la institución consultiva, la “satisfacción del interés general demanda que el régimen de caudales ecológicos, completo y vinculante, que el plan del Tajo tiene necesariamente que establecer, se haga compatible con un elemento de la planificación hidrológica nacional como el del trasvase mediante el acueducto del Tajo-Segura”.

En ese sentido, considera que en la redacción actual, dicha disposición adicional carece de la funcionalidad suficiente para lograr esa coordinación y cohonestar las necesarias exigencias de contar con caudales ecológicos en el plan del Tajo con el funcionamiento del trasvase del Tajo-Segura.

Como posibles soluciones a la falta de coordinación, el Consejo de Estado propone, en primer lugar, llevar a cabo previamente una revisión del grupo normativo específico que regula este trasvase y sus reglas de explotación. En segundo lugar, plantea que debiera considerarse también la procedencia de establecer criterios técnicos y metodologías más detalladas para la determinación de los caudales ecológicos, fijándose por vía normativa criterios comunes para todas las demarcaciones hidrográficas, aplicables en todas las cuencas para la fijación de esos caudales.

Pide “evitar el abuso de las consultas urgentes”

Por otro lado, el dictamen del Consejo de Estado, “llama la atención” al Gobierno sobre la necesidad de “evitar el abuso de las consultas urgentes”, en particular en relación con las normas que --como la ahora consultada-- que presentan además de una “gran complejidad” una importancia “fundamental” desde el punto de vista económico, social y ambiental y son además “susceptibles” de provocar, como ha ocurrido con los planes correspondientes a los anteriores ciclos, una “amplia litigiosidad”.

Asimismo, incide en la importancia de no redundar este abuso máxime cuando el proceso previo se ha retrasado un año, incumpliéndose lo plazos de derecho de la Unión Europea, ya que la planificación debía haberse remitido antes del 1 de enero de 2022.

También afea al Gobierno cómo transcurrió la votación en el Consejo Nacional del Agua ya que del expediente remitido se desprende que el debate y votación no se desarrollaron con la claridad y la transparencia con las que debieran haber transcurrido.

Así, deduce de las explicaciones adjuntadas al informe del Consejo Nacional del Agua que existió “cierta confusión” acerca de si el texto de la disposición adicional novena que se votaba era el original o el propuesto in voce por el secretario de Estado de Medio Ambiente, por lo que algunos de los votos se emitieron condicionadamente a que la redacción fuera una u otra.

Con ello, a juicio del Consejo de Estado “habría sido deseable” que la votación en el Consejo Nacional del Agua se hubiera producido sobre “una propuesta clara y concreta” del texto, preferentemente por escrito y de modo especial en relación con un aspecto tan relevante como el tratado en la disposición adicional novena --que incluye los caudales ecológicos del Tajo--, que afecta a varias cuencas hidrográficas y del que se derivan “notables efectos socioeconómicos y medioambientales”.

Sin embargo, el dictamen no considera que en el trámite del informe se haya incurrido en una vulneración de la formación de la voluntad del órgano colegiado determinante de una nulidad de pleno derecho.

Aunque insiste en que el debate y la votación debieron ofrecer mayor certidumbre, opina el Consejo de Estado que la opinión del Consejo Nacional del Agua fue “válidamente formulada” a efectos de integrar la participación y consulta que el ordenamiento le encomienda.

Otro aspecto que parece haber incomodado al Consejo de Estado y que motiva una consideración “adicional” se refiere a que estando ya el expediente en avanzado estado de consulta, se han recibido informes de diversos Ministerios que debe analizar el departamento consultante y, en particular las que plantean cuestiones susceptibles de afectar a competencias de otros departamentos.

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico han confirmado que han recibido el dictamen que “avala por unanimidad” los doce planes hidrológicos y el proyecto de Real Decreto y añade que ahora los servicios jurídicos del departamento que dirige Teresa Ribera analizan su contenido antes de su remisión al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva y ulterior envío a la Comisión Europea.

Fuentes conocedoras de la tramitación señalan que con gran probabilidad, los planes de cuenca serán analizados y aprobados el próximo martes en la reunión del Ejecutivo.

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