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Las cuatro preguntas con las que Madrid empieza a esquivar la sentencia contra las Zonas de Bajas Emisiones

Cartel indicando la entrada a la zona de bajas emisiones de distrito Centro

Somos Madrid

3 de octubre de 2024 15:08 h

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El Ayuntamiento de Madrid ha comenzado este jueves su plan para mantener las restricciones a los coches más contaminantes a través de la modificación de la actual Ordenanza de Movilidad Sostenible. Lo ha hecho en tiempo récord, tres semanas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tumbara el texto actual por una denuncia de Vox.

Aunque la sentencia está actualmente recurrida, el equipo de Almeida va a aprobar un cambio en la normativa para asegurarse de que, en el caso de que el Tribunal Supremo ratifique la anulación, las restricciones actuales sigan vigentes en todo momento, al igual que las multas por los accesos indebidos.

La Junta de Gobierno municipal ha aprobado este jueves someter a consulta pública la OMS para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas, como obliga actualmente la legislación. Se hará a través de cuatro preguntas que serán publicadas en la página de Decide Madrid, donde los ciudadanos podrán expresar sus pareceres. Son las siguientes

  1. ¿Consideras que las restricciones de circulación deben centrarse en los vehículos más contaminantes?
  2. ¿Cómo favorecerías alternativas a la movilidad?
  3. ¿Consideras que las restricciones de circulación deben ser más estrictas en aquellas zonas de la ciudad mayor contaminación?
  4. La legislación estatal obliga a crear zonas de bajas emisiones (ZBE) para cumplir las obligaciones de calidad del aire y de cambio climático. ¿Cómo crees que deberían regularse las ZBE para que protejan eficazmente la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire?

El delegado de Movilidad, Borja Carabante, defiende que las ZBE han tenido “un efecto positivo” sobre la calidad del aire de Madrid y que la capital no puede prescindir de ellas porque “hay un marco normativo que nos obliga” a tenerlas: tanto la Ley de Cambio Climático como el procedimiento comunitario abierto a España por superar los límites de la contaminación exigen medidas como esta.

El Ayuntamiento de Madrid está obligado legalmente a mejorar la calidad del aire y cumplir los objetivos que se establezcan, tal y como recoge la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Tampoco puede reducir la protección de la salud y el medio ambiente alcanzado con la OMS de acuerdo al principio de no regresión medioambiental regulado en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética y el reglamento por el que se regulan las ZBE.

Las multas siguen activas

La sentencia del TSJM no ha tenido ningún efecto sobre el acceso de vehículos contaminantes a Madrid, debido a que ahora que se ha anunciado recurso, el fallo judicial no será firme hasta que el Tribunal Supremo emita un nuevo fallo.

Por lo tanto, las restricciones en Madrid ZBE, y las ZBEDEP de Distrito Centro y Plaza Elíptica siguen como hasta ahora, como ya se avisó hace unos días. Y el próximo 1 de enero se ampliará a prohibir la circulación de los coches sin etiqueta ambiental empadronados en Madrid.

Las multas de 200 euros por acceder sin autorización a estas zonas seguirán interponiéndose y, aunque finalmente hubiera un fallo judicial firme derogando las ZBE, no serán anuladas en ningún caso. El área de Movilidad ya advirtió que existe jurisprudencia sobre esta situación.

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