Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La derecha arrasa en los puestos de responsabilidad que eligen los jueces
La pareja de Ayuso pagó por un renting a nombre de la esposa de su jefe en Quirón
OPINIÓN | Elige tu propia desventura, por Isaac Rosa
Sobre este blog

Contrapunto es el blog de opinión de eldiario.es/navarra. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de la sociedad navarra. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continua transformación.

Sobre el ozono contaminante de la Ribera

Imagen aérea del curso del Arga y el Ebro en la zona de la Ribera de Navarra.

1

El pasado 14 de enero se publicaba la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que ha estimado la demanda presentada por la Asociación Ecologistas en Acción de la Ribera (Landazuría) y en la que se insta al Gobierno foral a que elabore y ponga en marcha “a la mayor brevedad”, y en todo caso, antes de un año, los preceptivos planes de calidad del aire para la mejora del nivel de ozono `malo´, por llamarle de alguna forma, el contaminante, en la Ribera.

En el procedimiento, según exponen los magistrados, ha quedado acreditado, mediante el informe emitido por el Servicio de Economía Circular y Agua, que se superaron los valores, en lo que respecta a la protección de la vegetación, en el quinquenio 2011-2016 en las mediciones realizadas en Funes, Tudela y Olite; y también se rebasó el “valor objetivo para la protección de la salud humana” entre 2011 y 2015 en Funes, Tudela y Olite, durante la legislatura que gobernó Yolanda Barcina (UPN).

Según ha explicado el TSJN en una nota de prensa, este pleito tiene su origen en un recurso presentado por la citada asociación contra la desestimación, por silencio administrativo, de una solicitud que presentó el 24 de mayo de 2019 al Gobierno foral para que adoptara “de manera urgente” el Plan de Mejora de la calidad del aire en la Ribera.

Hasta aquí la información sobre la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), que considero de mucha importancia, ya que entre otras cuestiones permitirá dar la importancia debida a la contaminación del ozono troposférico, que a juicio de Ecologistas en Acción “pone en riesgo la salud de los riberos, así como la conservación de la vegetación, los cultivos y los ecosistemas”.

De todas formas, convendría hacer algunas precisiones. La sentencia viene a decir que se rebasaron los valores objetivos para la protección humana y de la vegetación durante la legislatura que gobernó Yolanda Barcina (UPN), pero también hay que decir que se ha ido produciendo en las siguientes legislaturas. Por otra parte, si se tuvieran en cuenta los valores que plantea la Organización Mundial de la Salud (OMS), se hubieran rebasado todavía con mayor amplitud dichos valores. La normativa vigente, es decir, la comunitaria, estatal, y por tanto la de Navarra, establece para el ozono un valor para la protección humana (Real Decreto 102/2011, de 28 de enero). Éste fija que las máximas diarias de las medias móviles octohorarias de ozono no pueden superar los 120 µg/m3; en más de 25 días por año. Además, la normativa dispone que el número de días de superación debe calcularse como promedio de los últimos tres años. La OMS es mucho más exigente y propone bajar este umbral a los 100 µ/m3.

Acerca del ozono “malo”, también hay que hacer una serie de consideraciones. En primer lugar, el ozono malo o troposférico (O3) -por diferenciarlo del de la estratosfera, que protege el planeta- es un contaminante muy complejo que no es generado directamente por el ser humano: se forma en la baja atmósfera por la radiación solar combinada con otros contaminantes -denominados precursores- emitidos por el transporte -en especial los vehículos diésel-, las grandes centrales termoeléctricas y determinadas actividades industriales.

En segundo lugar, la contaminación por ozono no es un caso exclusivo de Navarra. Así, por ejemplo, según un Informe de Ecologistas en Acción, “un 25% de la ciudadanía del Estado español ha respirado aire contaminado por ozono en 2018”. Por otra parte, “la mayor parte del territorio europeo tienen problemas de contaminación por el ozono”, según asegura Xavier Querol, investigador del CSIC y una de las personas más eminentes en materia de contaminación del aire.

En tercer lugar, habría que decir que el ozono (O3) no entiende de fronteras. Es un gas que viaja kilómetros y kilómetros arrastrado por el viento y dispara las mediciones en zonas alejadas de donde se originó. 

En cuarto lugar, cabe decir que, aunque la ley obliga a elaborar planes de mejora de calidad del aire contra el ozono, muchas comunidades afectadas (un total de doce, entre ellas Navarra), no los han elaborado. Si bien esto es cierto sobre la necesidad de elaborar planes autonómicos de mejora de calidad del aire contra el ozono, considero muy importante realizar acciones a una mayor escala, como elaborar planes de acción a nivel estatal y coordinarlos incluso a nivel europeo, ya que de los niveles que se detectan en Navarra, y más concretamente en la zona de la ribera del Ebro, la mayor parte del ozono procede de otras localizaciones fuera de la región. En el peor de los escenarios, al ámbito local/regional solo se le puede achacar un 10% de la contribución a la superación, según un estudio del Gobierno de Navarra.

Y, también es muy importante exigir a Europa para que las referencias legales fuesen las de la OMS, porque se hacen con criterios sanitarios y científicos demostrados. 

En resumen, en mi opinión estamos ante un tipo de contaminación de la que existe poca información, a diferencia de otros contaminantes, a pesar de ser el contaminante más extendido y el tercero más perjudicial para la salud, por detrás de las partículas en suspensión y el dióxido de nitrógeno. Según la UE, las muertes prematuras atribuidas al ozono O3, son 1800 al año en el Estado español. 

Es fundamental elaborar planes de mejora de calidad del aire contra el ozono (O3), por el propio Gobierno español, ya que debe abordarse desde una perspectiva global, y también por las CCAA. Para reducir los niveles de ozono (O3) es necesario disminuir las emisiones de gases precursores: óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles, benceno, etcétera, a través de la reducción del tráfico motorizado, adoptar mejores técnicas industriales, el ahorro y la eficiencia energética y penalizar los vehículos diésel.

Sobre este blog

Contrapunto es el blog de opinión de eldiario.es/navarra. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de la sociedad navarra. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continua transformación.

Etiquetas
stats