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La Audiencia Nacional condena a Rubiales a pagar 10.800 euros de multa por el beso a Jenni Hermoso y le absuelve de coacciones

Luis Rubiales, a su salida de la Audiencia Nacional.

Elena Herrera

20 de febrero de 2025 13:23 h

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La Audiencia Nacional ha condenado a Luis Rubiales a 18 meses de multa —10.800 euros en total— por el beso que impuso a Jenni Hermoso en la ceremonia de entrega de medallas del Mundial celebrado en agosto de 2023 en Sidney (Australia).

El magistrado otorga “plena credibilidad” al relato de la jugadora y de sus compañeras de la selección, pero absuelve a Rubiales del delito de coacciones al considerar que las maniobras que urdió después en la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para minimizar el impacto del beso no incluyeron los elementos de “violencia” e “intimidación” que exige el Código Penal. El fallo le prohíbe acercarse a Hermoso en un radio de 200 metros y comunicarse con ella durante un año. Además, le deberá pagar 3.000 euros.

En su sentencia, el juez José Manuel Fernández-Prieto también absuelve del delito de coacciones a los otros tres acusados: el exseleccionador femenino Jorge Vilda, el exdirector de Fútbol de la sección masculina Albert Luque y el que fuera responsable de marketing de la Federación Rubén Rivera. Lo hace al considerar que se presionó a la jugadora para que saliera pública a restar importancia al beso, pero que no se ha podido probar que ninguno de ellos —tampoco Rubiales— ejerciera “ningún acto de violencia ni de intimidación” sobre la jugadora. Y, en consecuencia, no se dan los requisitos para la existencia del delito de coacciones.

“Sin su consentimiento ni aceptación”

En su resolución, el juez considera probado que Rubiales “sujetó” su cabeza con ambas manos y, de manera sorpresiva y “sin su consentimiento ni aceptación”, “propinó” a Jenni Hermoso un beso en los labios con “una clara connotación sexual”. No obstante, opta por imponer a Rubiales una pena de multa dada la “entidad” de la agresión: un beso que supone un “acto esporádico” del acusado y que no precisa de “una especial rehabilitación”. Y al considerar que Rubiales no se prevaleció de su “condición” de presidente ni de su “relación de superioridad” cuando le propinó ese beso.

El magistrado recuerda que la declaración de los testigos es apta para apuntalar una condena siempre que sea verosímil y no concurran contradicciones en la incriminación, como ocurre en el caso de la deportista. Y apunta que “nada más bajar de la tarima” ya comentó a sus compañeras el “disgusto” por el beso recibido, tal y como confirmaron las jugadoras que comparecieron como testigos.

La resolución explica que dar un beso en la boca “no es la forma normal de saludar a las personas con quienes no se mantiene una relación de afectividad”. Lo hace después de recordar que la propia jugadora dejó “claro” durante su declaración que “nunca da besos en los labios a las personas con las que no tiene una especial relación de afectividad” y que Rubiales tampoco lo hizo con el resto.

Recuerda, en este sentido, que el acusado no fue capaz de explicar “mínimamente” por qué tuvo ese “cambio de trato” con Jenni Hermoso —al resto de jugadoras las abrazó y les dio dos besos en la cara— y dice que es un hecho que “difícilmente” puede verse justificado por el hecho de la jugadora hubiera fallado un penalti, tal y como él trató de justificar durante el juicio. “Tal hecho se ve (...) transformado en una anécdota por el éxito deportivo finalmente conseguido (...). Nada había que consolar”, dice la sentencia.  

La Fiscalía estudia recurrir

La sentencia echa por tierra lo que la defensa de Rubiales defendió como las “dos pruebas” que acreditan que Jenni Hermoso dio su consentimiento: un vídeo en el que supuestamente dijo “vale, vale” cuando una compañera supuestamente le preguntó en el vestuario “¿y tú qué has dicho?” mientras hablaban sobre el beso; y el informe pericial aportado por la defensa que afirma que Rubiales le preguntó “¿te puedo dar un besito?” antes de consumar la agresión sexual.  

Respecto al vídeo, el juez dice que “resulta imposible saber a qué se refiere con esos vales” por la confusión voces, pero sostiene que también “claramente” se ve y escucha a Jenni Hermoso manifestar que el beso no le ha gustado. En relación al informe pericial sostiene que “no acredita nada” sobre el consentimiento porque se desconoce qué pudiera haber contestado la jugadora. Además, da relevancia al hecho de que Rubiales hubiera hablado primero de “piquito” y, después, de “besito”.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional había solicitado una condena total de dos años y medio de cárcel para Rubiales, de los cuales un año era por el delito de agresión sexual y otro año y medio por las coacciones. Por este último tipo penal, la representante del Ministerio Público había pedido la pena de un año y medio para los otros tres acusados. La Fiscalía se encuentra estudiando el fallo y cuando termine de hacerlo decidirá si interpone recurso.

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