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Anticorrupción discute a Alaya la necesidad de acudir al Parlamento en la investigación del caso ERE

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Javier Ramajo

La Fiscalía Anticorrupción ha puesto en duda la necesidad de que los peritos de la Intervención General del Estado tengan que analizar la numerosa documentación solicitada este miércoles por Alaya en relación al caso de los ERE. De hecho, ha solicitado que se deje sin efecto los nuevos requerimientos de la jueza de obtener información emanada del Parlamento, vía Junta de Andalucía, acerca del presunto mal uso de las transferencias de financiación para el pago de subvenciones sociolaborales y de si algún parlamentario llegó a levantar la voz en alguna sesión parlamentaria.

Entiende la Fiscalía que no es esa la función de la Intervención General y que, además, con una “detallada lectura” de los diarios de sesiones se podría conocer si algún parlamentario puso de manifiesto posibles irregularidades en la concesión de subvenciones, sin necesidad de que un perito lo contraste.

En un recurso de apelación fechado este mismo jueves, Anticorrupción no está de acuerdo con que los peritos de la Intervención General del Estado tengan que informar sobre qué pudo conocer la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz sobre “las irregularidades que se estaban produciendo” al margen de la Intervención General. La propia Intervención indicaba a Alaya hace unos días que no le corresponde ampliar otra de sus periciales para comprobar la participación que pudiera haber tenido la Cámara de Cuentas de Andalucía “en el mantenimiento a lo largo del tiempo” de los hechos investigados pues entendía, como ahora respalda Anticorrupción, que supondría “sobrepasar claramente” su ámbito competencial.

“No entendemos cuáles son esos especiales conocimientos cientificos que se han de poseer para concluir del estudio documental el posible conocimiento de los parlamentarios -ciudadanos a los que no se exige una cualificación especial- de los aspectos que se han señalado. Y ello porque entendemos que con una detallada lectura de las sesiones -numerosas y extensas en cuanto a las materias que tratan- se puede tener el conocimiento de si en ellas se ha abordado o no alguna cuestión relacionada con las transferencias de financiación del programa 31L o de si se ha puesto de manifiesto por algún parlamentario que hubiera irregularidades en la concesión de las subvenciones laborales”, explica la Fiscalía en su recurso.

“La Intervención General del Estado no tiene ni competencias ni funciones sobre la labor encomendada a las cámaras legislativas, ni estatal ni autonómicas, estando dicha materia fuera del ámbito de competencias y funciones definidas” en la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda, argumenta la Fiscalía, que concluye que “no es ajustada a derecho” la solicitud de ampliación interesada a los peritos designados por la Intervención General del Estado.

La Fiscalía va más allá cuando señala que la petición “nos podría llevar a interesar en la presente instrucción cualquier acto parlamentario relativo a los conflictos sociolaborales que subyacen en los pagos efectuados mediante el denominado 'procedimiento específico', pretendiendo con ello amparar la actuación de los ahora imputados bajo la confianza en su legítimo actuar al amparo del hacer parlamentario bien arrojar indicios de la necesaria cooperación, por acción u omisión, de los diputados en su realización”.

Y señala que, “de existir dichos actos”, cualquiera de las defensas “debieran aportarlo a las actuaciones de forma precisa y atendiendo al hecho objeto de la imputación de forma que pueda ser valorada por la magistrada, añadiendo por otra parte un artículo del Estatuto de Autonomía que señala que ”los diputados gozarán, aun después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo“.

Anticorrupción pide a la Audiencia Provincial la estimación del recurso, “dejando sin efecto los requerimientos de documentación y traslados a los peritos designados de la Intervención para ampliación de la pericia”.

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