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La ONU admite la demanda de Puigdemont contra España

Carles Puigdemont, ahora en prisión en Alemania, en una imagen en el Palau de la Generalitat

Oriol Solé Altimira

La ONU va camino de estudiar el caso Puigdemont vs Spain. El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha admitido a trámite la demanda que el expresident de la Generalitat presentó a principios de marzo contra España por vulnerar sus derechos políticos. Ahora el Comité ha pedido al Estado español que en un plazo máximo de seis meses se pronuncie sobre si se debe continuar tramitando la denuncia presentada por Puigdemont. La resolución del caso podría alargarse más de un año.

El Comité de Derechos Humanos vela por el cumplimiento del Pacto internacional de derechos civiles y políticos suscrito por 170 países, incluido España. En base al Protocolo facultativo adicional al Pacto, suscrito por España en 1985, el Comité puede recibir quejas de ciudadanos que creen violentados sus derechos en los países que han ratificado el protocolo y dictar medidas que tendrían que ser de obligado cumplimiento.

No obstante, el Comité no tiene capacidad para imponer a los estados miembros sus decisiones, por lo que España podría desoir su resolución. En el equipo jurídico internacional de los dirigentes independentistas consideran que llevar ante la ONU sus reclamaciones influye en la imagen internacional de España y es una manera para forzar al Gobierno a dialogar para resolver la cuestión catalana.

En su demanda, Puigdemont acusó a las autoridades españolas de “frustrar su reelección como president y, por lo tanto, anular la voluntad expresada democráticamente por el pueblo catalán” el 21-D. Los abogados internacionales del expresident consideran que el Estado vulneró hasta tres artículos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en inglés).

En concreto, se trata del artículo 19, que protege el derecho a la expresión política pacífica a favor de la independencia de cualquier territorio; el 21, que reconoce el derecho de reunión pacífica y prohíbe imponer restricciones al ejercicio de este derecho en interés de la seguridad nacional; y el 25, que otorga derecho a todos los ciudadanos de un país a presentarse para ocupar cargos públicos.

A diferencia de Jordi Sànchez, Puigdemont no incluyó en su demanda una petición de medidas cautelares, por lo que el Comité no ha instado a España a garantizar sus derechos políticos, como sí hizo en el caso del exlíder de la ANC. El organismo de la ONU sí ha pedido al expresident que indique “el tipo de medidas” que le gustaría obtener de España en el caso de que finalmente se concluya que se han vulnerado sus derechos políticos.

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