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La Inspección de Trabajo sanciona a Ryanair por vulnerar el derecho a huelga de sus tripulantes de cabina

La Inspección de Trabajo se pronuncia después de cuatro meses investigando a la compañía aérea de bajo coste Ryanair. El organismo falla a favor de los tripulantes de cabina de la aerolínea y constata –entre otros aspectos– que la empresa irlandesa vulneró el derecho de huelga de los trabajadores el pasado mes de julio y septiembre, además de ejercer “un uso abusivo de su poder mediante la asignación de guardias a trabajadores que estaban en situación de descanso o de días libres”, según recoge la resolución.

Los sindicatos USO y SITCPLA –que interpusieron las denuncias tras las jornadas de huelga del 25 y 26 de julio y 28 de septiembre– acusan a la compañía de coaccionar a los tripulantes de cabina mediante correos electrónicos y llamadas de teléfono en los que les preguntaban si iban a ejercer o no el derecho a huelga. Ahora, Trabajo da la razón a los trabajadores de la aerolínea confirmando que hubo lesión de este derecho fundamental protegido por la Constitución.

Trabajo acredita que durante los días previos a la huelga “la empresa modificó la planificación sin respetar los plazos de preaviso y la previsión de días libres de sus TCPs”. Subraya que Ryanair ejerció “un uso abusivo de su poder mediante la asignación de guardias a trabajadores que estaban en situación de descanso o de días libres”, notificando estos cambios “el día anterior o con unas horas de antelación”. La resolución recoge que el objetivo de estos hechos fue “limitar el ejercicio del derecho a huelga de los trabajadores”.

Sanciones por vulnerar la seguridad y salud de los TCPs

El incremento del número de guardias sin respetar la planificación provocó durante las jornadas de huelga “hacinamientos en los locales destinados a la realización de guardias”. En esta línea, Trabajo pudo comprobar la insuficiencia de espacio y de mobiliario adecuado en los locales de descanso de los empleados.

El organismo dependiente del Ministerio de Trabajo también propone sancionar a la empresa por “obstruir a la labor inspectora”. Considera que Ryanair retrasó e impidió el ejercicio de las funciones de los inspectores al dificultarles las “labores de comprobación de la documentación laboral y de prevención de riesgos laborales”.

“Esta resolución de la Dirección Especial de Inspección de Trabajo supone un paso importantísimo para regularizar la situación de los tripulantes de cabina de Ryanair así como las reivindicaciones que llevamos meses defendiendo”, afirma Pedro Alzina, portavoz de USO. SITCPLA, por su parte, valora de manera positiva el fallo de Trabajo y señala que “esto es lo que debe ocurrir en democracias con un máximo de exigencia legal”.

La Inspección de Trabajo –que envió inspectores provinciales a las bases de Ryanair en Valencia, Alicante, A Coruña, Gran Canaria, Tenerife, Málaga, Sevilla, Madrid, Barcelona, Girona y Mallorca– concluye que tras la vulneración del derecho de huelga, la obstrucción a la autoridad y la transgresión de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales penalizará a la compañía de acuerdo con lo recogido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.