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La justicia condenó al fichaje estrella de Ciudadanos Marcos de Quinto por intentar saltarse un contrato de compra de un chalé

El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, abraza al ex vicepresidente de Coca Cola Marcos de Quinto en su presentación como número 2 de la lista de candidatos de Ciudadanos en Madrid a las Elecciones Generales.

Antonio M. Vélez / Rodrigo Ponce de León

Un juzgado de Madrid condenó en junio de 2013 a una empresa de Marcos de Quinto, número 2 de Ciudadanos por Madrid, a cumplir con lo estipulado en un contrato de compraventa de un chalé que había firmado en marzo de 2006 a través de una empresa dedicada a la producción de vino de la que el exejecutivo y ahora candidato al Congreso es el único accionista. “La vivienda se compró como inversión de la sociedad para alquilar y está alquilada”, según fuentes de la empresa del político de la formación naranja.

El 17 de junio de 2013, el Juzgado de Primera Instancia 97 de Madrid condenó a Iniciativas Qvintvs SL, que según el Registro Mercantil es 100% propiedad de Marcos de Quinto, a abonar más de 200.000 euros –el precio pactado más los intereses– a la promotora madrileña Recasa Construcciones, Viviendas y Urbanizaciones SA, por la adquisición de una vivienda unifamiliar en la urbanización Cañada Molina, en el municipio de Arcas (1.665 habitantes), a 8 kilómetros de Cuenca capital.

La empresa de Marcos de Quinto había firmado la compra sobre plano de ese inmueble en marzo de 2006, en pleno boom inmobiliario. Posteriormente, una vez reventada la burbuja, intentó desentenderse de la operación, alegando desperfectos y retrasos en la entrega, y no pagar. La sociedad logró en segunda instancia que la Audiencia Provincial de Madrid rebajase la contraprestación a abonar hasta 180.484,3 euros, al reconocer la existencia de varios defectos constructivos. Pero la justicia confirmó el resto de la sentencia y le obligó a pagar y quedarse con la casa a cuya compra se había comprometido por contrato.

Ciudadanos, que en septiembre pasado, a raíz del caso del chalé en Jávea que el ministro de Ciencia, Pedro Duque, tiene a través de una empresa de su propiedad, calificó de “inmoral” el “uso personal de sociedades interpuestas para pagar menos impuestos”, no ha querido hacer ningún comentario sobre la condena de su nuevo fichaje ni sobre la compra de un chalé a través de una sociedad. El propio Albert Rivera censuró esta práctica calificándola como “opacidad con Hacienda” cuando señaló la compra de viviendas mediante sociedades por ministras como Nadia Calviño o Isabel Celáa.

En el momento en el que la empresa de De Quinto pactó la compra de esa vivienda, España estaba en la cúspide de la burbuja inmobiliaria: como contaba en marzo de 2006 el semanario The Economist, era el cuarto país (tras Sudáfrica, Irlanda y Reino Unido) donde más se había encarecido la vivienda entre 1997 y 2005, con un incremento acumulado del 157%.

Las obras de esa vivienda cerca de Cuenca debían estar culminadas, según la demanda civil que presentó la promotora contra Qvintvs en noviembre de 2012, “antes de treinta y seis meses” desde la firma del contrato (en marzo de 2009). Procasa, actualmente inactiva, argumentó que a octubre de 2007, cuando empezó a pedir en vano a De Quinto que escriturase la compra y con la crisis de las hipotecas basura empezando a dar la cara en Estados Unidos, ya tenía la obra “totalmente terminada, en plazo contractual”, si bien carecía de licencia de primera ocupación.

Esta contingencia no se solventó hasta marzo de 2010 y podría deberse, según fuentes del Ayuntamiento de Arcas, a que la ley castellano-manchega permite construir y urbanizar de manera simultánea, pero impide otorgar esa licencia a un inmueble si el entorno del mismo no está debidamente urbanizado. “Nunca se tardan tres años en otorgar una primera ocupación a no ser que concurran algunos de los preceptos de los que habla la ley”, resumen esas fuentes.

El contrato de compraventa establecía una salvaguarda a favor del comprador: de no entregarse la vivienda en la fecha prevista, este habría podido resolver el contrato y recuperar “todas las cantidades entregadas hasta entonces a cuenta del precio y representadas en este contrato, con el interés legal de las mismas”. Sin embargo, “la compradora demandada nunca ejercitó la opción de la indicada cláusula”, según recogía la demanda civil con la que Procasa acabó forzando a la empresa de De Quinto a escriturar, pagar, quedarse la casa y cumplir lo firmado.

Según la sentencia de la Audiencia, tras la presentación de la demanda, Qvintvs “opuso el incumplimiento del plazo de entrega de la vivienda puesto que la licencia de primera ocupación no se concedió hasta el año 2010” y argumentó asimismo el cumplimiento “defectuoso” del contrato, “dada la existencia de numerosas deficiencias y vicios en la construcción”.

Sin embargo, el juez de primera instancia estimó en parte la demanda de Recasa y “condenó a Qvintvs a otorgar la escritura pública de compraventa respecto del contrato privado suscrito entre las partes el 1 de marzo de 2006 y al pago de la cantidad de 205.600 euros”, más los intereses legales a partir de la fecha de presentación de la demanda y los impuestos correspondientes, según se lee en la sentencia de la Audiencia de Madrid, fechada el 30 de junio de 2014.

La empresa de De Quinto asumió que debía lograr ese pago pero logró que la Audiencia estimase parcialmente su recurso de apelación y rebajase esa cuantía hasta los citados 180.484,3 euros, más intereses (entonces fijados en el 4%). De ese importe, 160.000 euros correspondían a la subrogación a una hipoteca previa que Qvintvs se había comprometido a asumir una vez se escriturase la compra.

Fuentes de la empresa del político de Ciudadanos señalan que “la empresa constructora no entregó ni en tiempo ni en las condiciones acordadas la vivienda. La entregó a los 5 años en lugar de a los dos pactados y con defectos en las construcción reconocidos por el juez. Ante esas condiciones la sociedad decidió no terminar la compra. El juzgado dictaminó que había que comprarla pero a un precio inferior debido a las deficiencias en la construcción y la sociedad así lo hizo”.

Deficiencias constructivas

Para reconocer ese descuento sobre el precio de la casa, la Audiencia reconoció la existencia de una serie de deficiencias constructivas achacables a la promotora, recogidas en un informe pericial fechado en mayo de 2013 y aportado por la empresa de De Quinto.

Entre otras, “inadecuada o deficiente instalación de los tragaluces o ventanas de buhardilla”; “grave deterioro” de las escaleras exteriores, “falta de canalones y aceras perimetrales”; “figuras y desprendimiento del material en las fachadas” o “deficiente ejecución del cerramiento realizado con bloques huecos prefabricados, en cuyo lomo de cemento se aprecian fisuras y base hueca de agarre en algunos puntos”.

A pesar de la insistencia de eldiario.es por recabar la posición de Ciudadanos, la formación naranja no ha querido dar una opinión sobre la operación inmobiliaria de su candidato, un antiguo ejecutivo que se define como “pirata” en su cuenta de twitter y al que Albert Rivera citó el pasado fin de semana como posible ministro de Industria en un hipotético gobierno “de los mejores”.

El chalé pertenece a una urbanización donde hoy pueden encontrarse a la venta casas independientes de segunda mano con 300 metros cuadrados de superficie útil por poco más de 200.000 euros. En alquiler, las hay con 400 metros útiles de superficie por unos 850 euros mensuales.

Las cuentas de Qvintvs del ejercicio 2014 recogen la entrada de 218.082,94 euros en el inmovilizado material de la sociedad que corresponderían a la incorporación de ese activo a su balance, una vez ejecutada la sentencia.

La empresa fue constituida el 18 de abril de 2005 y su socio único ha sido siempre De Quinto, que fue su administrador único hasta diciembre de 2015. Domiciliada en el lujoso chalé del empresario en Torrelodones (Madrid), Qvintvs ha tenido principalmente por objeto social la elaboración y compraventa “de uvas, vino y alcoholes”, entre otros.

Fuentes de la empresa aseguran que “la sociedad incluye entre su objeto social la compraventa de bienes inmuebles en general, la edificación en todas sus modalidades y la compraventa de materiales de construcción. La explotación de los inmuebles en sus distintas formas y la prestación de servicios de conserjería y guardería de inmuebles”.

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