Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Lobato evita la humillación en el congreso del PSOE y allana el camino para Óscar López
Crónica - València, año cero: un retrato tras la hecatombe
Opinión - El bucle de la M-30. Por Neus Tomàs

Multas de hasta 600.000 euros para quienes no cumplan las normas de seguridad para frenar la epidemia

La Comunidad Valenciana extiende el uso obligatorio de la mascarilla

Jesús Conde

22 de julio de 2020 13:03 h

0

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este miércoles un decreto ley que establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas para frenar la propagación de la Covid. Recoge multas de hasta 600.000 euros para quienes pongan en riesgo la salud pública en la pandemia. Incluye sanciones de 100 euros por no llevar la mascarilla y el cierre de locales hasta 5 años para quienes pongan en riesgo la salud.

Se trata de un decreto que deberá ser convalidado en el próximo pleno de la Asamblea de Extremadura, y que modifica la Ley de Salud de 2011 para hacer frente a cualquier crisis epidémica que se pueda registrar en el futuro.

Las sanciones

Se establecen tres tipos de infracciones, la primera de ellas leves con multas de hasta 3.000 euros. También habrá infracciones graves, con una sanción de hasta 60.000 euros; y las muy graves, que pueden acarrear una multa de hasta 600.000 euros. Serán aplicables siempre que se incumplan las recomendaciones de las autoridades sanitarias, con el objetivo de intentar contener la pandemia o la epidemia.

El decreto reconoce a los profesionales sanitarios como agentes de la autoridad e incorpora la colaboración y participación de los cuerpos y fuerzas de seguridad. Será la policía o la Guardia Civil la que inicie con su denuncia el expediente y a partir de ahí se procederá a la resolución de la infracción cometida. En caso de pagarse en los 15 días siguientes, la multa tendrá una rebaja del 40 por ciento.

Cierre cautelar de locales

Además los agentes y fuerzas de seguridad, ante un riesgo inminente para la salud pública, podrán determinar el cierre cautelar de un local de ocio, algo que tendría que ser convalidado posteriormente por la autoridad sanitaria. “Cuando uno pone una sanción por un incumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias, y estas afectan a la salud pública, es necesario que se sea contundente y efectivo”, ha señalado el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles.

En una rueda de prensa, Vergeles ha explicado que resulta fundamental controlar cuatro focos fundamentales de propagación del coronavirus, que incluyen al ocio nocturno y a las reuniones familiares. También presta especial atención a los velatorios, por ser lugares en los que se congregan muchas personas, y a los contextos laborales en los que no se controla el aforo, por ejemplo en las campañas agrícolas.

Sobre el uso de la mascarilla, ha aclarado que la sanción por no llevarla dependerá de la incidencia que este gesto tenga en la salud pública, de modo que será una infracción leve para quienes sí respeten la distancia de seguridad. No será así en el caso de alguien que se encuentra en un local nocturno, sin respetar la distancia, y que está poniendo en riesgo la salud del conjunto de la ciudadanía.

Se permiten las verbenas

En materia sanitaria el Consejo de Gobierno ha modificado algunas de sus recomendaciones, siendo ya obligatorio el uso de mascarillas, al mismo tiempo que se abre el aforo de los mercados libres al cien por cien.

También se permite la celebración de verbenas en poblaciones de menos de 5.000 habitantes, siempre de manera cultura a los actos culturales. Deberán ser en espacios abiertos, aforo limitado y son baile social, junto con un circuito de entrada y salida y el resto de medidas de seguridad, que incluyen el, uso de mascarilla.

Etiquetas
stats