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Apertura de tribunales: atención a los idus de septiembre

El juez Juan Carlos Peinado, el pasado día 1 de agosto, saliendo de los juzgados.
26 de agosto de 2024 21:53 h

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El activismo político de algunos sectores de la judicatura se ha desatado de forma inusitada y preocupante a partir de la promulgación de la ley de amnistía. La rebelión de las togas en contra de su aplicación ha adquirido unas dimensiones de tal intensidad que afectan profundamente a nuestra estabilidad constitucional y democrática.  

Al margen de esta cuestión, existen dos procedimientos penales cuyo desenlace no ha sido valorado en su verdadera dimensión por los partidos políticos y por la opinión pública. Su desarrollo puede originar una crisis política e institucional hasta ahora desconocida en nuestra historia democrática. Me refiero al procedimiento abierto en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra el Fiscal General del Estado y a las diligencias penales que está llevando a cabo el juez Peinado, teóricamente contra Begoña Gómez, pero que, cada vez con más nitidez, apuntan hacia la persona del presidente del Gobierno. 

La nota informativa cuya publicación ordenó el Fiscal General solo pretendía salir al paso de una noticia tergiversada deliberadamente por parte del jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Su pareja, después de una inspección tributaria minuciosa, terminó reconociendo que había cometido delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental. Anticipándose a las noticias que necesariamente iba a desencadenar la judicialización de estas actividades delictivas, difundió el bulo de que había sido la Fiscalía la que había tomado la iniciativa, hecho insólito, de ofrecer un acuerdo de conformidad para fijar la pena. Además, añadió que el Fiscal General se había opuesto a esta propuesta. La nota de la Fiscalía solo pretendía salir al paso de esta falsa noticia precisando la realidad de lo acontecido. ¿Dónde está el ánimo específico de atentar contra la intimidad, difundir secretos que ya eran conocidos o perjudicar su derecho de defensa? No obstante, el implicado y la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid, presentan sendas querellas por delitos contra la intimidad y de revelación de secretos que por razones de aforamiento, corresponden al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. El Fiscal General del Estado asume la responsabilidad de la publicación de la nota informativa y el magistrado instructor, sin más trámites, eleva una exposición razonada a la Sala Segunda del Tribunal Supremo a la que corresponde la competencia para enjuiciar los hechos que se atribuyen a los altos cargos del Estado. A la vista de todo lo sucedido, solo el retorcimiento de la ley puede llevar a formalizar una acusación. En todo caso, la implicación de tan alta Magistratura exige que sea el Pleno de la Sala el que se pronuncie sobre tan disparatada decisión.  Esperemos los acontecimientos.  

El otro asunto, de más alto impacto político, afecta, por lo menos indirectamente, a la figura del presidente del Gobierno. El juzgado 41 de Madrid, cuyo titular es el juez Peinado, asumió la iniciativa de abrir unas diligencias penales contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, a instancias del prestigioso gabinete jurídico autodenominado Manos Limpias. A ella se han unido otros colectivos no menos renombrados, como Iustitia Europa o Hazte Oír y, como era previsible, el partido político Vox. Todos ellos especialistas en ejercitar, sin tasa ni medida, la acción popular. 

Las excentricidades, por no llamarlas de otra manera, del juez Peinado se han producido en cadena causando la estupefacción del mundo jurídico. Se necesitaría un libreto para comentarlas. Solo unos apuntes. Por su propio imperio, saltándose la ley, decide denegar al presidente del Gobierno el privilegio de contestar por escrito, como testigo, a las preguntas que quiera formular personalmente o las partes. Monta un show mediático invadiendo el Complejo presidencial de la Moncloa y al mismo tiempo, despojando al Presidente de su investidura política reconociéndole solamente la condición de esposo de la investigada con la consecuencia legal de poder negarse a declarar por sus vínculos familiares. 

Su última decisión, por el momento, descalifica a cualquier persona que ostente la condición de juez. Después de pensarlo unos días, adopta una medida que demuestra su desconocimiento de la función judicial o quizá sea un anuncio de las decisiones que pretende adoptar en el futuro. Decide entregar a las partes el vídeo de la no declaración del presidente del Gobierno que, como testigo y esposo de la investigada, se acogió a su derecho a no declarar. Ignorando la jurisprudencia del Tribunal Supremo consolidada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostiene que el silencio puede dar lugar a la formación de inferencias de carácter inculpatorio. Tal argumento penetra en el mundo del esoterismo y constituye un elemento más para llegar a la conclusión de que el juez pretende implicar al presidente del Gobierno contra toda lógica y razón. Espero que por lo menos haya adoptado las medidas técnicas exigibles para detectar de dónde procede la filtración de las imágenes, en el caso de que se produzca.

Por supuesto, una vez más demuestra su ignorancia y tendenciosidad al desconocer los principios más elementales de la valoración de las pruebas. La sentencia de 26 de julio de 2016 sienta la doctrina de que el silencio, como estrategia procesal, no es en abstracto una prueba incriminatoria. No se puede obtener ningún rendimiento probatorio ni siquiera introduciendo las preguntas que se pretendían formular ya que el acusado ha anticipado su voluntad de no responder a ninguna de las preguntas sea cual sea su contenido.

Ante la previsible inadmisión de las querellas presentadas por el Presidente del Gobierno y su esposa Begoña Gómez contra el juez Peinado, este tiene las manos libres para realizar las inferencias que estime oportunas para elevar una imaginaria exposición al Tribunal Supremo solicitando la inculpación del Presidente del Gobierno. A la vista de los antecedentes no me atrevo a pronosticar el resultado. 

Los tiempos y los precedentes me permiten albergar los peores augurios. Hace tiempo que algunos jueces han abandonado la senda de las garantías del debido proceso propio de los principios de seguridad y justicia que imperan en la Unión Europea. Nos acercamos peligrosamente a Bolivia. Pregunten a Evo Morales. Es sabido cómo terminó Julio César. Un augur ciego le advirtió del peligro que le acechaba en el Senado en los idus de marzo. Existen diversas formas de eliminar a los más altos gobernantes. La que he descrito, es simplemente un personal augurio.  Espero y deseo equivocarme. 

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