Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
España tiene más de un millón de viviendas en manos de grandes propietarios
La Confederación lanzó un ultimátum para aprobar parte del proyecto del Poyo
OPINIÓN | Aldama, bomba de racimo, por Antón Losada

Hacienda gana la batalla legal a El Rubius: tributará sus beneficios de 2013 por IRPF y no como empresa

Foto de archivo de El Rubius durante una presentación en el Festival de Sitges

Alberto Pozas

28 de noviembre de 2022 22:47 h

36

En 2013 el joven Rubén Doblas ya era el rey de YouTube en España. Varios años después de su irrupción en la red social con sus vídeos centrados en el mundo de los videojuegos, El Rubius se convirtió en el primer youtuber español en llegar a la cifra de un millón de suscriptores en su canal, trono que ostenta desde entonces con más de 40 millones en la actualidad.

Casi una década después, los tribunales madrileños han dado la razón a Hacienda y han confirmado que la empresa que entonces administraba El Rubius tributó erróneamente sus ingresos de 2013 a través del Impuesto de Sociedades, de tipos más bajos y por debajo de su valor de mercado y cuando, en realidad, los tendría que haber pagado él personalmente como IRPF. “Los rendimientos obtenidos estaban sometidos al IRPF y no al Impuesto sobre Sociedades (...) debiendo ser imputada la cantidad resultante al socio persona física para que tribute por el IRPF”, dice esta sentencia que aún no es firme al ser recurrible ante el Tribunal Supremo. La propia compañía informó de que ya había pagado a falta de resolverse el recurso presentado contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo de Madrid.

La inspección de Hacienda arrancó en 2015 y puso la lupa en ese año 2013, cuando la carrera de El Rubius despegó, alcanzó el millón de suscriptores y empezó a facturar sus beneficios a través de una sociedad, Snofokk SL, de la que era propietario al 98% y que desde 2015 gestiona una tercera persona. Mucho antes, por tanto, de disparar su número de suscriptores por encima de los 40 millones de personas en YouTube, de ingresar más de un millón de euros al año y antes de mudarse a Andorra, como otros youtubers, país mucho más benevolente con las obligaciones tributarias de sus residentes.

Ese año 2013 la sociedad entonces en poder de El Rubius ingresó, en total y en neto, algo más de 230.000 euros, dinero llegado de los vídeos del youtuber, promociones o de su participación en eventos. A su vez, la sociedad Snofokk SL pagó casi 99.000 euros a El Rubius por la prestación de sus servicios. La empresa no tenía ni empleados ni medios materiales, sólo la figura de El Rubius y los contratos que firmaban para que participara en actos, vídeos y promociones.

La inspección de Hacienda concluyó que la comparación entre el precio cobrado por la sociedad a otras empresas por los servicios de El Rubius era notablemente superior al que después había cobrado el youtuber y solo estaba relacionado con su actividad, de manera que la empresa de la que es dueño había tributado erróneamente por el Impuesto de Sociedades y él, personalmente, no lo había hecho como Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Según Hacienda el precio de la operación entre la sociedad y su administrador “no se ajusta al valor normal de mercado” ya que los ingresos cobrados por Snofokk SL por las intervenciones de El Rubius “son notablemente superiores a los que aquella retribuye” al youtuber, aunque eran por el mismo concepto: sus vídeos y participaciones en eventos o campañas publicitarias.

Eso se traduce en que, según Hacienda y según la Justicia, ese año la empresa de El Rubius pagó erróneamente el Impuesto de Sociedades y, además, tras haber valorado sus ingresos muy por debajo del valor de mercado que él mismo había establecido en sus tratos con terceros. La empresa, sin trabajadores ni medios materiales, “no aportaba ningún valor añadido relevante” y cobrar a través de una sociedad no es ilegal, pero valorar sus propios servicios por debajo del precio de mercado se tradujo en pagar menos impuestos. “Con ello se pretende evitar la aplicación de los tipos impositivos progresivos y más elevados del IRPF frente a los del Impuesto sobre Sociedades”, dice la Justicia.

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según ha sabido elDiario.es, ha decidido rechazar el recurso de la empresa que entonces pertenecía a El Rubius y confirmar la liquidación realizada por Hacienda para ese año 2013: Snofokk SL pagó casi 99.000 euros al youtuber por unos servicios que, descontando los gastos, estaban realmente valorados en casi 197.000 euros y por los que él debe pagar pero según los tipos de IRPF. Un total de 14.700 euros de cuota y casi 1.300 más en concepto de intereses para la devolución a la empresa.

La “actividad personalísima” de un youtuber

Desde ese año 2013 en que la carrera de youtuber de Rubén Doblas despegó desde el punto de vista económico, su canal ha multiplicado por 40 su volumen de suscriptores, ha volcado parte de su actividad en la plataforma Twitch y sus ingresos también han aumentado. La propia empresa Snofokk SL explicó que en 2020, por ejemplo, habría facturado 2,6 millones de euros, había registrado unos beneficios de más de 250.000 euros y había gastado más de 100.000 en personal, con dos trabajadores en plantilla.

Hace más de una década la situación era distinta y el mayor youtuber de España funcionaba a través de una sociedad sin trabajadores y sin más medios materiales que el ordenador, la cámara, unos auriculares y los derechos de propiedad intelectual de sus vídeos. Estas circunstancias convierten a esta sentencia del TSJ de Madrid en un debate interesante sobre la economía que gira en torno a YouTube, donde una cámara y un youtuber pueden ser suficiente para arrancar.

Es lo que alegó la empresa de El Rubius, sin éxito, en su recurso. Que hasta 2013 el youtuber no había monetizado su presencia en esta plataforma y que gracias a la aparición de la sociedad limitada y del socio que se encargaba de conseguir los contratos, su despegue económico había sido posible en un ecosistema en el que no es necesario tener la infraestructura de un canal de televisión para generar contenidos que lleguen a millones de personas.

Ni Hacienda ni el Tribunal Superior de Justicia de Madrid han comprado ese argumento. En ese momento, según la sentencia, la sociedad Snofokk SL “no aportaba ningún valor añadido relevante” a lo que movía el dinero: la figura de El Rubius, ya fuera en sus vídeos o en un acto promocional pagado por un tercero. Una “actividad personalísima” que la sociedad no podría haber prestado por su cuenta de ninguna manera sin contar con el youtuber.

La empresa ingresó más de 230.000 euros y pagó 99.000 euros al youtuber. Hacienda descuenta los 33.000 euros en gastos y concluye que, en realidad, los servicios de El Rubius estaban valorados en casi 197.000 euros, lo que implica que ese año se ahorró casi 16.000 euros en impuestos. “Los trabajos fueron llevados a cabo de manera exclusiva por él, razones por las que los rendimientos obtenidos estaban sometidos al IRPF y no al Impuesto sobre Sociedades”, explica el Tribunal Superior de Madrid en una sentencia que el youtuber todavía puede llevar ante el Tribunal Supremo y su sala tercera.

Hacienda y los youtubers

En los últimos años, algunos de los youtubers españoles con más suscriptores han saltado a los titulares pero no por sus vídeos o comentarios, sino por su relación con la Hacienda española. Algunos de ellos como Willyrex, Vegetta, The Grefg o el propio El Rubius han dejado España y se han instalado en Andorra, donde la fiscalidad es mucho más benevolente con estos influencers. “Que llevo, literal, diez años de mi carrera en YouTube pagando aquí. Yo sé que habrá gente que me critique, pero la gente muchas veces habla sin saber. Sé que va a pasar y no me preocupa”, dijo Rubén Doblas cuando anunció su intención de mudarse.

Las autoridades andorranas imponen un 10% único para todas las rentas, mientras que en España el IRPF es progresivo, con los que ingresan más de 300.000 euros al año pagando un 47% en este impuesto, el tipo máximo. Es suficiente con vivir en Andorra al menos 183 días al año para ser considerado residente fiscal en ese país.

Etiquetas
stats