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ALERTA ALIMENTARIA
Los dueños de Magrudis culpan ante el juez a Junta y Ayuntamiento de Sevilla de agravar el brote mortal de listeriosis

Sandro José Marín Rodríguez, y su padre, José Antonio Marín Ponce, en los juzgados de Sevilla en septiembre de 2019

Javier Ramajo

20 de febrero de 2023 20:33 h

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La listeriosis acabó en 2019 con la vida de cuatro personas, provocó siete abortos y más de 250 afectados. Las víctimas no olvidan. La jueza abrió a finales del año pasado juicio oral contra seis acusados por aquel brote mortal y dio plazo a las partes para que presentaran sus escritos. Sandro José Marín, administrador único de Magrudis, la empresa de Sevilla donde se originó el mayor brote de listeriosis de la historia de España, así como su padre y administrador de hecho de la entidad (José Antonio Marín), Encarnación Rodríguez (esposa de José Antonio) y su otro hijo, Mario Marín (administrador único de Elaborados Cárnicos Mario) ya han presentado su escrito de defensa conjunto a través de los abogados Hilario Aranda y María Hernández, del despacho Abogasur. En su opinión, la “falta de coordinación” entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla “agravó el brote de listeria”.

“De haber existido coordinación, sólo se hubiera producido un brote, el primero del 5 de agosto, habiéndose podido evitar los posteriores del 12 y 14 de agosto, con la consiguiente reducción de afectados”, apuntan en su escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía. En esta causa, el Ayuntamiento de Sevilla ha sido declarado responsable civil subsidiario de los presuntos delitos contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 245 delitos de lesiones por imprudencia grave imputados a los acusados, cuya lista se completa con Sergio L.G., arquitecto técnico, y María José O.B., inspectora veterinaria municipal.

El propio presidente andaluz, Juan Manuel Moreno, en plena alerta alimentaria, admitió “errores de comunicación” en la gestión de la crisis originada por el consumo de carne mechada contaminada por listeria, la primera del Gobierno de PP y Ciudadanos. Días después, Junta y Ayuntamiento sellaron la paz y culparon a Magrudis como “única responsable” del brote mortal. Ambas administraciones han mantenido ese discurso durante todos estos años cada vez que se les preguntaba tras algún hito judicial.

Pero la representación conjunta de cuatro de los acusados se agarra a aquellos “errores de comunicación” para trasladar al juzgado, antes del juicio, que las administraciones local y autonómica pudieron hacer las cosas mejor. Sus abogados solicitan la libre absolución de los cuatro miembros de la familia Marín Rodríguez y muestran su disconformidad con los escritos de calificación provisional tanto del Ministerio Fiscal como de las acusaciones particulares por acusar “de forma incriminatoria e interesada”, y “sin llegar a señalar la causa concreta del brote y determinar la infracción grave de las normas de seguridad alimentaria de la que sería responsables los acusados”. Tanto el grueso de las personas perjudicadas por el brote como Facua-Consumidores en Acción han solicitado penas de hasta doce años de prisión para los acusados que estaban tras la marca La Mechá.

Recuerda la defensa que, durante la segunda mitad de aquel agosto de 2019, hasta que el día 30 el Ayuntamiento formalizó su denuncia, “todos los denunciantes consideraron, aún sin conocer los hechos y detalles técnicos sanitarios, que el único responsable de la intoxicación era la empresa Magrudis”, preguntándose “por qué se produce una reacción tan coordinada ante el asunto de intoxicación alimentaria con alerta sanitaria” . Y se responden: “sin duda por la importancia del mismo en cuanto al número de afectados, pero también porque la administración reacciona ante las críticas iniciales por la gestión sanitaria, se ha tardado más de 15 días desde que se conoce el brote por los servicios de salud hasta que se identifica el origen y se da la alerta sanitaria y ahora hay que explicar esa dilación”, considera la defensa.

La contención del brote en la primera quincena de agosto

“El estudio y análisis de todo el expediente administrativo, policial y judicial evidencia que los sistemas de alerta sanitaria temprana fueron ineficaces, las inspecciones de los Servicios Veterinarios del Ayuntamiento de Sevilla también y que se produjo una más que evidente falta de coordinación con los servicios de sanidad de la Junta de Andalucía”, concluye la defensa.

El escrito relata que desde finales del mes de julio se venía detectando, hospitalariamente, un aumento de los casos de listeria, “pese a lo cual no se acuerda actuación alguna ni por el Ayto. de Sevilla ni por la Consejería de Salud hasta la notificación del brote de 5 de agosto por una intoxicación en Pilas”. Desde la Unidad de Prevención, Promoción y Vigilancia de la Salud del Ayuntamiento de Sevilla se concluyó que el producto analizado positivo a Listeria monocytogenes pertenecía a la marca Lácteos La Noria de Benaoján (Málaga) “Desde el 5 de agosto que se detecta el brote hasta el 9 de agosto transcurren cuatro días sin actuación alguna por parte de las administraciones” y “las actuaciones que se realizaron en torno a Lácteos La Noria no sirvieron de nada, habida cuenta de que el producto afectado con listeria era el de Magrudis, lo cual permitió que el día 12 y el día 14 de agosto se produjeran otros dos brotes: el primero en San José de la Rinconada (Sevilla) y el segundo, en Alcalá del Río (Sevilla)”. “Fue el azar y no la actuación del laboratorio municipal lo que permitió detectar el error” ya que la aparición de esos dos brotes hizo que el Laboratorio Municipal de Sevilla “se replanteara la analítica realizada a las marcas La Noria y Magrudis” y el 14 de agosto el laboratorio “rectifica” y comunica que la muestra infectada con listeria pertenecía a La Mechá.

Ante ello la defensa dice que “desde que se produjera el primer brote el 5 de agosto hasta que se identificó la procedencia, el 14 de agosto, transcurrieron 11 días sin que por las administraciones competentes se adoptaran medidas tendentes a la contención del brote”. “La mayoría de afectados se infectaron precisamente en el intervalo de tiempo que medió entre el brote y la identificación de la procedencia, lo que permite afirmar que, de haber existido una correcta actuación de las administraciones y una correcta coordinación entre ellas, los dos brotes del 12 y 14 de agosto se habrían evitado”, en concreto hasta 200 de los 254 lesionados personados. “La falta de coordinación entre las distintas administraciones, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Sevilla, agravó el brote de listeria”, asegura la defensa.

“Deficiente forma de proceder”

La “falta de comunicación” entre administraciones “generó duplicidad en las instrucciones dadas a la empresa, llegando en ocasiones a ser contradictorias”. “En el momento en que tanto por el Ayuntamiento de Sevilla como por la Junta de Andalucía se tomó consciencia de que su deficiente forma de proceder y su incapacidad de coordinación permitió que se produjeran los dos brotes posteriores causantes de la mayoría de afectados, ambas administraciones, ahora sí actuando de manera coordinada, adoptaron una posición común responsabilizando de todo lo acontecido a Magrudis, a fin de evitar las responsabilidades en que pudieran haber incurrido”, insisten.

Según el detallado escrito, la relación entre Magrudis y las administraciones comenzaron siendo cordiales y de colaboración mutua “hasta que el Ayuntamiento, al percatarse de sus errores y posibles responsabilidades, acosado por la Junta de Andalucía, pese al cumplimiento de todos los requerimientos efectuados por las inspectoras de veterinaria y de consumo, comienza a poner trabas a la empresa para que no pueda cumplir con los mismos y justificar así su incompetencia”. “No hay más que analizar cronológicamente sus actas y actuaciones para poder comprobarlo”, dice respecto la inspección veterinaria, de la inspección de consumo y de la Junta de Andalucía, donde se hallan “instrucciones contradictorias y duplicidades que evidencia la ocultación de información y su falta de coordinación”, deteniéndose con detalle en las actas de la inspección veterinaria y de consumo del Ayuntamiento de Sevilla desde el 14 de agosto al 23 de septiembre de 2019.

En ese sentido, la “falta de coordinación” entre Ayuntamiento y Junta es “la que genera la desconfianza hacia José Antonio Marín”. “El Ayuntamiento no se percató de que la mercantil Comercial Martínez León S.L. aparecía en el listado de clientes facilitado por Magrudis y decidió actuar como si nunca hubiera tenido esa información, transmitiéndoselo así a los responsables de la Junta de Andalucía. La documentación facilitada por José Antonio a las veterinarias no era reenviada inmediatamente a los responsables sanitarios ni del Ayuntamiento ni de la Junta, sino que se demoraban en el tiempo lo que provocó, la duplicidad de los requerimientos y las contradicciones. A pesar de que las instrucciones dadas por los inspectores veterinarios del Ayuntamiento de Sevilla fueron defectuosas, José Antonio Marín colaboró desde el principio con las autoridades a fin de minimizar las consecuencias del brote”, señala el escrito de la defensa.

El “incidente aislado” de febrero y el papel de José Antonio

En el mes de febrero de 2019, un establecimiento de Gibraleón (Huelva) se puso en contacto con José Antonio Marín para informarle de una posible intoxicación de unos clientes a raíz de consumir su carne mechada. Según la defensa, la acusación considera acreditada las deficientes medidas de seguridad alimentaria y los niveles de recuento de colonias después de la intoxicación, pero “no imputan ninguna actuación concreta que suponga una infracción grave de reglamentos o normas de seguridad alimentaria”. “Al no hallar la causa concreta, inician un recorrido especulativo por todas las obligaciones de seguridad que deben cumplir los productores de alimentos elaborados, cuestionando todos y cada uno de los posibles motivos que son conocidos en la técnica de seguridad alimentaria”, argumentan.

En esa línea dicen los familiares acusados que “sin duda, la listeria llegó a Magrudis a través de la carne fresca adquirida a proveedores cárnicos homologados y controlados por sanidad animal y ésta, precisamente, es la única posibilidad que no ha querido ser investigada, partiendo de la teoría de que da igual como penetre en las instalaciones, deben aplicarse medidas de seguridad que eviten la transmisión al alimento”. A su juicio, “los planes de autocontrol eran adecuados a la normativa en vigor (quizá deficientes o mejorables)” y “se cumplieron las exigencias de los mismos y sobre todo en los puntos críticos de riesgo de intoxicación bacteriológica”. “Como muestra de la inconcreción de las causas o foco de intoxicación, sirva de ejemplo el acta de informe conjunto de los veterinarios del Ayto y Junta de Andalucía en la inspección para averiguación de las causas del brote en la que, tras comprobar la idoneidad del horneado y control de temperatura, señalan como posible causa del foco de intoxicación las especias utilizadas”.

Desde el comienzo de su actividad en 2013, Magrudis dio cumplimiento al sistema de autocontrol elaborado por Microal-Tecoal, revisado posteriormente por Laboratorios Biocontrol, señala la defensa, que informa de que entre 2015 y 2017 Magrudis superó las correspondientes inspecciones de las autoridades sanitarias recibiendo el visto bueno tanto de la Junta de Andalucía como del Ayuntamiento de Sevilla, para seguir adelante con la fabricación y comercialización de todos sus productos, así como la auditoría externa de dos organizaciones independientes en 2017 y 2019.

Medidas correctoras

El escrito también insiste en una cuestión: el padre, José Antonio Marín, tenía el control absoluto de las sociedades, como administrador de facto, siendo él quien adoptaba las decisiones y sumiendo sus hijos y esposa las decisiones adoptadas que aceptaban como acertadas y dentro de la legalidad, sin cuestionar que puedan ser irregulares o ilegales, “pese a la solicitud de condena que realizan de todos ellos sin individualizar su pena ni participación”, concluyendo que “la petición de condena se basa en el hecho de ser familia”.

Magrudis profundizó en la limpieza y continúo con la producción con el convencimiento de que, como su consultor le había informado, el aviso de Gibraleón se trataba de una contaminación cruzada. La empresa vendía en torno a 10.000 kg de carne mechada al mes y esa “fue la única intoxicación que se produjo hasta el mes de agosto 2019”. Precisamente, esa producción y venta tan elevada “hace necesario el desvincular ese incidente aislado de febrero con el primer brote de 5 de agosto de 2019” porque “no se ha demostrado la relación de este incidente puntual con el brote.

“José Antonio Marín, de motu proprio, decidió adoptar una serie de medidas correctoras” y “el resultado de todas las analíticas en el mes de junio 2019, muy posterior a febrero de 2019, fue de ausencia de listeria”. “La mejora del sistema de autocontrol, el aumento de los tiempos de horneado, los estudios de vida útil y las posteriores analíticas con resultado negativo en listeria realizadas en el mes de junio 2019 consolidaron la creencia que tenía José Antonio de que el positivo de febrero se trató de un episodio puntual debido a una contaminación cruzada”. “No existe ninguna vinculación entre el positivo a listeriosis detectado en febrero de 2019 en la analítica de Microal-Tecoal con el positivo detectado en las instalaciones de Magrudis en agosto de 2019 causante de la intoxicación alimentaria”, asegura el escrito, que se remite al informe pericial aportado por la defensa.

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