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La ONU dictamina que España violó los derechos de una familia desahuciada que acabó durmiendo en un coche

Mohamed, el refugiado que ha denunciado a España ante la ONU / OLMO CALVO

Laura Galaup

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha concluido que el desahucio de la familia de Mohamed Ben Djazia “constituyó una violación de su derecho a la vivienda adecuada” por no garantizarle una alternativa habitacional.

Este ciudadano de nacionalidad argelina y residente en el madrileño barrio de Tetuán fue desahuciado por impago de alquiler en 2013 y pasó cuatro días durmiendo en un coche junto a su mujer y sus hijos, que por aquel entonces tenían 8 meses y 2 años. Su abogado, Javier Rubio, denunció al Estado ante este organismo por estos hechos, ya que Ben Djazia no obtuvo ninguna alternativa, a pesar de que lo solicitó por “especial necesidad”. Y llevaba desde 1999 pidiendo una vivienda pública al Ayuntamiento y a la Comunidad de Madrid. En el momento del desahucio Ana Botella era alcaldesa e Ignacio González, presidente de la Comunidad.

Este Comité, en un dictamen emitido el 20 de junio, sentencia que España “violó el derecho” de esta familia a que toda persona tenga “un nivel de vida adecuado” para él y su familia, tal como recoge el artículo 11 del protocolo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. También aseguran que tampoco le han concedido a la familia “la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo”.

Tras evaluar este caso, desde este organismo recuerdan al Estado que “tiene la obligación de proporcionar a los autores una reparación efectiva”. Para que no se vuelva a repetir una situación como la vivida por la familia Ben Djazia, emiten unas recomendaciones en las que aseguran que si los afectados no cuentan con un inmueble adecuado, las administraciones deberían “evaluar la situación actual de los mismos” y “otorgarles vivienda pública u otra medida que les permita vivir en una vivienda adecuada”.

Compensación económica

Además, consideran que el Estado también está obligado a “otorgar a los autores una compensación económica por las violaciones sufridas” y reembolsar a esta familia “los costes legales razonablemente incurridos en la tramitación de esta comunicación”.

Asimismo recomiendan que adopte las “medidas necesarias” para asegurarse de que los desahucios que afecten a familias sin recursos solo se ejecuten después de que “las personas desalojadas tengan una vivienda alternativa, en especial en aquellos casos que involucran a familias, personas mayores, niños/as y/o otras personas en situación de vulnerabilidad”.

“El derecho humano a una vivienda adecuada es un derecho fundamental que constituye la base para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales”, apuntan e inciden en que se debe “garantizar a todos, sean cuales fueren sus ingresos o su acceso a recursos económicos”.

En esta comunicación no se limitan a la administración nacional, también sugieren que se implementen, “en coordinación con las comunidades autónomas”, y “hasta el máximo de los recursos disponibles, un plan comprensivo e integral para garantizar el derecho a la vivienda adecuada de personas con bajos ingresos”.

Cuestionan la venta de vivienda pública

“El Estado parece sostener implícitamente que aunque los autores cumplían con los requisitos para ser receptores de vivienda pública, ésta no les fue adjudicada en el 2012-2013, cuando el desalojo era inminente, debido a que los recursos disponibles eran limitados”, informan los autores de la comunicación. En este escrito han examinado la situación de la vivienda pública en la Comunidad (en ese momento gobernada por Ignacio González), ya que la defensa del denunciante, desempeñada por la cooperativa CAES, ha reseñado el hecho de que esta familia llevaba desde finales de los 90 solicitando un piso de protección oficial.

Ante la argumentación del Estado, el Comité le recuerda que no les han explicado “las razones por las cuales las autoridades regionales de Madrid, por ejemplo el IVIMA, vendieron parte del parque de vivienda pública a sociedades de inversión, reduciendo la disponibilidad de la misma, a pesar de que el número de vivienda pública disponible anualmente en Madrid era considerablemente inferior a la demanda”.

Y sobre la venta de estos inmuebles a fondos buitre en el año 2013, durante el Gobierno del ahora encarcelado Ignacio González, alegando motivos de “equilibrio presupuestario”, desde este apéndice de la ONU advierten que “en periodo de grave crisis económica y financiera, todos los cambios o ajustes propuestos en materia de políticas deben ser, entre otros, una medida: provisional; necesaria y proporcional, y no discriminatoria”.

“El Estado parte debe presentar al Comité, en un plazo de seis meses, una respuesta por escrito, que incluya información sobre las medidas que haya tomado en vista del dictamen y de las recomendaciones del Comité”, finalizan en esta comunicación.

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